{"id":8075,"date":"2016-09-08T20:43:18","date_gmt":"2016-09-08T18:43:18","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.deia.com\/anasagasti\/?p=8075"},"modified":"2016-09-08T20:43:18","modified_gmt":"2016-09-08T18:43:18","slug":"la-formula-de-investidura-vasca-impide-el-bloqueo-de-la-legislatura-como-en-espana","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/2016\/09\/08\/la-formula-de-investidura-vasca-impide-el-bloqueo-de-la-legislatura-como-en-espana\/","title":{"rendered":"LA F\u00d3RMULA DE INVESTIDURA VASCA IMPIDE EL BLOQUEO DE LA LEGISLATURA COMO EN ESPA\u00d1A"},"content":{"rendered":"<p><strong>Jueves 8 de septiembre de 2016<\/strong><\/p>\n<h4>\u00b7\u00a0El reglamento vasco no contempla la opci\u00f3n de que se disuelva la C\u00e1mara y se repitan los comicios, como ocurre en el Estado<\/h4>\n<h4>\u00b7\u00a0La votaci\u00f3n nominal, en contraste con la del Congreso, garantiza la designaci\u00f3n de un aspirante<\/h4>\n<p>La sentencia, abanderada en los \u00faltimos d\u00edas por el PNV, de que en Euzkadi no habr\u00e1 bloqueo tras el 25 de septiembre por mucho que las urnas dejen un escenario igual de endiablado que el estatal, no es solo un anhelo. Es una realidad. El sistema parlamentario para investir al lehendakari es m\u00e1s garantista que el reglamento del Congreso, y asegura la designaci\u00f3n de un candidato, el m\u00e1s votado en las urnas o uno alternativo, con un proceso de votaci\u00f3n nominal entre los aspirantes. I\u00f1igo Urkullu, de hecho, sali\u00f3 investido en 2012 solo por los 27 votos de su grupo, el del PNV. Algo m\u00e1s de un tercio de la C\u00e1mara de Vitoria.<\/p>\n<p>La previsi\u00f3n de que el 25 de septiembre depare un nuevo reparto de esca\u00f1os sin mayor\u00edas absolutas y con una aritm\u00e9tica dif\u00edcil de encajar, dificultar\u00e1, probablemente, la gobernabilidad de los siguientes cuatro a\u00f1os, para los que s\u00ed se requerir\u00e1n pactos. Pero, de inicio, no impedir\u00e1 investir a un candidato, que en primera o segunda votaci\u00f3n -como le ocurri\u00f3 al actual lehendakari-, contar\u00e1 con el respaldo al menos de los suyos. El sistema, que de hecho no recoge la posibilidad de que no se produzca investidura y de que se repitan los comicios, como ha ocurrido y puede volver a hacerlo en el Estado, permite la presentaci\u00f3n de m\u00e1s de un aspirante a ese pleno que convoca la Presidencia de la C\u00e1mara \u00abo\u00edda la Mesa y la Junta de Portavoces\u00bb.<\/p>\n<p>Ha ocurrido tras las \u00faltimas citas electorales. En la m\u00e1s reciente, la de hace cuatro a\u00f1os, la candidata de EH Bildu Laura Mintegi opt\u00f3 por confrontar su programa con el de Urkullu en aquel pleno del 12 de diciembre. Tras la primera votaci\u00f3n fallida por requerirse mayor\u00eda absoluta, Urkullu fue designado al d\u00eda siguiente por mayor\u00eda simple del grupo nacionalista. Mintegi cosech\u00f3 los 21 votos de la coalici\u00f3n abertzale y el resto de la C\u00e1mara se abstuvo. No hay m\u00e1s opciones. Los 75 parlamentarios solo pueden decantarse, tras llamamiento p\u00fablico y de viva voz, por uno de los candidatos propuestos, o abstenerse. No existe el voto en contra.<\/p>\n<p>Las dos legislaturas anteriores fueron Juan Jos\u00e9 Ibarretxe y Patxi L\u00f3pez los que se midieron en el pleno. Aunque, en ambos casos, 2005 y 2009, el resultado se conoc\u00eda de antemano, los aspirantes se valieron de los 90 minutos de intervenci\u00f3n que concede la C\u00e1mara para exponer su proyecto. El candidato jeltzale se impuso en la primera ocasi\u00f3n en segunda vuelta, con 34 votos sobre 33. Y el socialista consigui\u00f3 cuatro a\u00f1os m\u00e1s tarde la mayor\u00eda absoluta gracias a los votos del PP.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 165 del reglamento del hemiciclo es el que regula una f\u00f3rmula que desde 2009 es completamente transparente, ya que se cambiaron las papeletas por un sistema de voto p\u00fablico, a viva voz desde cada esca\u00f1o, que adem\u00e1s de agilizar los tiempos evita apoyos &#8216;secretos&#8217; o &#8216;inesperados&#8217; como esos diez votos (a\u00fan sin due\u00f1o reconocido) que permitieron hace unas semanas al PP hacerse con la mayor\u00eda de la Mesa del Congreso.<\/p>\n<p><strong>Nombre o abstenci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>En caso de que solo haya un aspirante, como ocurri\u00f3 en 2001 con Ibarretxe, el procedimiento es similar. Los aforados deben optar entre su nombre o la abstenci\u00f3n, una f\u00f3rmula que por ejemplo en aquella ocasi\u00f3n llev\u00f3 al candidato del PNV a obtener, en primera vuelta, m\u00e1s votos en blanco que a favor. Al d\u00eda siguiente, en segunda, sum\u00f3 tres apoyos m\u00e1s de Ezker Batua y logr\u00f3 superar por la m\u00ednima la abstenci\u00f3n del resto de la C\u00e1mara (salvo Euskal Herritarrok, que como desde el a\u00f1o 80 hab\u00eda hecho HB, no vot\u00f3). Tampoco hubiera importado que se diera ese escenario, ya que el voto en blanco no puede interpretarse legalmente como una mayor\u00eda de bloqueo. De este modo, en los plenos con un \u00fanico candidato, \u00e9ste tiene garantizado su nombramiento, cuente con los apoyos que cuente. Y solo si hay m\u00e1s de uno, cada aspirante deber\u00e1 procurarse respaldos previos para que en la votaci\u00f3n el nombre de su rival no sea pronunciado m\u00e1s veces que el suyo.<\/p>\n<p>Ni siquiera el empate entre dos aspirantes es sin\u00f3nimo de par\u00e1lisis. El reglamento recoge que \u00abde persistir el empate, la presidencia (&#8230;) establecer\u00e1 el calendario para las sucesivas votaciones\u00bb hasta que uno logre inclinar la balanza y salga designado.<\/p>\n<p><strong>Sorpresas<\/strong><\/p>\n<p>El sistema de elecci\u00f3n vasco, no obstante, no cierra del todo la puerta a las sorpresas. En dos de las diez legislaturas desarrolladas hasta ahora no ha sido nombrado el candidato m\u00e1s votado. La primera vez, en 1986. El PSE con Ram\u00f3n J\u00e1uregui a la cabeza renunci\u00f3 a presentarse pese a ganar los comicios en favor de Ardanza, con quien estableci\u00f3 una coalici\u00f3n de gobierno. Y, m\u00e1s recientemente, en 2009, el socialista Patxi L\u00f3pez con el apoyo del PP desaloj\u00f3 a Ibarretxe de Ajuria Enea pese a quedar por detr\u00e1s suyo en las urnas.<\/p>\n<p>La posibilidad de que varios candidatos midan sus fuerzas al mismo tiempo en el debate obliga a atar pactos de antemano o, al menos, a asegurar la ausencia de mayor\u00edas alternativas, si los aspirantes quieren evitar sobresaltos de \u00faltima hora. Ibarretxe, en su caso, fue plenamente consciente d\u00edas antes de que sus apoyos no bastar\u00eda para reeditar otro mandato, como as\u00ed se constat\u00f3.<\/p>\n<p><strong>S\u00e1nchez hubiera salido<\/strong><\/p>\n<p>La f\u00f3rmula empleada en el Parlamento Vasco desde la segunda legislatura -en la primera, a\u00fan sin reglamento aprobado, se vot\u00f3 &#8216;s\u00ed&#8217;, &#8216;no&#8217; o abstenci\u00f3n- difiere ostensiblemente del m\u00e9todo empleado en el Congreso, donde solo un candidato se somete en cada sesi\u00f3n a la votaci\u00f3n de investidura en la que los diputados tienen la opci\u00f3n de darle su apoyo, neg\u00e1rselo o abstenerse. El sistema vasco, por ejemplo, habr\u00eda posibilitado un &#8216;cara a cara&#8217; tras el 20 de diciembre entre Mariano Rajoy y Pedro S\u00e1nchez, en el que seg\u00fan el pacto cerrado entonces por el l\u00edder socialista con Ciudadanos hubiera sido investido. Tambi\u00e9n facilitar\u00eda, en el contexto actual -en el que pocos se atreven a descartar unas terceras elecciones-, que el candidato del PP fuera designado presidente con el respaldo m\u00ednimo de sus 137 esca\u00f1os, en caso de ser el \u00fanico aspirante.<\/p>\n<p>En Euzkadi, la elecci\u00f3n del jefe del Ejecutivo vasco no garantiza, no obstante, la gobernabilidad durante los cuatro a\u00f1os de mandato. Un asunto, esta vez s\u00ed, que depender\u00e1 -tambi\u00e9n a partir del 25-S- de los acuerdos que alcance el futuro lehendakari, en una C\u00e1mara con nuevas fuerzas pol\u00edticas y con un reparto de esca\u00f1os no apto para cinturas poco flexibles. Ser\u00e1 la hora de demostrar que esa \u00abcultura de pacto\u00bb que tanto el PNV como el resto de fuerzas pol\u00edticas presumen de tener interiorizada en Euskadi desde los a\u00f1os 80, sigue vigente y servir\u00e1 para que, ya que el bloqueo no puede llegar por la v\u00eda normativa, tampoco lo haga por la v\u00eda pol\u00edtica.<\/p>\n<h3>Sistemas de investidura<\/h3>\n<p>PARLAMENTO VASCO<\/p>\n<p><strong>Candidato.<\/strong>\u00a0Los grupos del Parlamento Vasco deben proponer, 72 horas antes del pleno, a sus candidatos.<\/p>\n<p><strong>Pleno.<\/strong>\u00a0El art\u00edculo 165 recoge que el o los candidatos exponen su programa de gobierno, y se abre el debate con el resto de grupos.<\/p>\n<p><strong>Votaci\u00f3n.<\/strong>\u00a0Es nominal y p\u00fablica, a viva voz. Los parlamentarios deben optar entre el nombre de un candidato y la abstenci\u00f3n. Si ninguno alcanza la mayor\u00eda absoluta, en el plazo de 24 horas ser\u00e1 elegido\/a el que obtenga el mayor n\u00famero de votos. En caso de empate entre las candidaturas m\u00e1s votadas, se volver\u00e1 a votar 24 horas despu\u00e9s. Si persiste, la presidencia, con la Mesa y la Junta de Portavoces, establecer\u00e1 un calendario para las sucesivas votaciones.<\/p>\n<p>CONGRESO<\/p>\n<p><strong>Candidato.<\/strong>\u00a0Previa reuni\u00f3n con los grupos, el Rey nombra a un candidato a la investidura.<\/p>\n<p><strong>Pleno.<\/strong>\u00a0Seg\u00fan el art\u00edculo 171 del reglamento, el candidato expone su programa y solicita la confianza.<\/p>\n<p><strong>Votaci\u00f3n.<\/strong>\u00a0La \u00faltima se realiz\u00f3 de viva voz, y los diputados tienen opci\u00f3n de elegir entre el &#8216;s\u00ed&#8217;, el &#8216;no&#8217; o la abstenci\u00f3n al candidato propuesto. Si en ella el aspirante obtuviera el voto de la mayor\u00eda absoluta del Congreso, se entender\u00e1 otorgada la confianza. Si no, se proceder\u00e1 a una nueva votaci\u00f3n 48 horas despu\u00e9s, y se requerir\u00e1 mayor\u00eda simple.<\/p>\n<p><strong>Investidura fallida.<\/strong>\u00a0El art\u00edculo 172 recoge que si la primera investidura es fallida, se tramitar\u00e1n sucesivas propuestas. Y si en dos meses nadie obtiene apoyos suficientes, se convocan elecciones. Amaia Chico.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Jueves 8 de septiembre de 2016 \u00b7\u00a0El reglamento vasco no contempla la opci\u00f3n de que se disuelva la C\u00e1mara y se repitan los comicios, como ocurre en el Estado \u00b7\u00a0La votaci\u00f3n nominal, en contraste con la del Congreso, garantiza la designaci\u00f3n de un aspirante La sentencia, abanderada en los \u00faltimos d\u00edas por el PNV, de &hellip; <a href=\"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/2016\/09\/08\/la-formula-de-investidura-vasca-impide-el-bloqueo-de-la-legislatura-como-en-espana\/\" class=\"more-link\">Sigue leyendo <span class=\"screen-reader-text\">LA F\u00d3RMULA DE INVESTIDURA VASCA IMPIDE EL BLOQUEO DE LA LEGISLATURA COMO EN ESPA\u00d1A<\/span><\/a><!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>\n","protected":false},"author":19,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-8075","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-general"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8075","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/users\/19"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8075"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8075\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":8076,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8075\/revisions\/8076"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8075"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8075"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8075"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}