{"id":9952,"date":"2018-02-07T16:43:36","date_gmt":"2018-02-07T14:43:36","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.deia.com\/anasagasti\/?p=9952"},"modified":"2018-02-07T16:43:36","modified_gmt":"2018-02-07T14:43:36","slug":"identidad-nacional-base-legal-y-mas-garantias-para-el-autogobierno-claves-de-la-propuesta-de-eaj-pnv","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/2018\/02\/07\/identidad-nacional-base-legal-y-mas-garantias-para-el-autogobierno-claves-de-la-propuesta-de-eaj-pnv\/","title":{"rendered":"Identidad nacional, base legal y m\u00e1s garant\u00edas para el autogobierno, claves de la propuesta de EAJ-PNV"},"content":{"rendered":"<p><strong>Mi\u00e9rcoles 7 de febrero de 2018<\/strong><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/blogs.deia.com\/anasagasti\/2018\/02\/07\/identidad-nacional-base-legal-y-mas-garantias-para-el-autogobierno-claves-de-la-propuesta-de-eaj-pnv\/escudo-2\/\" rel=\"attachment wp-att-9954\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft  wp-image-9954\" src=\"http:\/\/blogs.deia.com\/anasagasti\/files\/2018\/02\/Escudo-1.jpg\" alt=\"\" width=\"317\" height=\"357\" \/><\/a>Los Derechos Hist\u00f3ricos, amparados y reconocidos por la Disposici\u00f3n Adicional Primera de la Constituci\u00f3n y por el Estatuto de Gernika, ser\u00e1n la base de una relaci\u00f3n singular y bilateral con el Estado basada en el pacto y el reconocimiento de la realidad nacional de ambas partes<\/p>\n<p>El texto articulado que se elabore reconocer\u00e1 que Euskadi es una naci\u00f3n y regular\u00e1 el ejercicio pactado del derecho democr\u00e1tico de la ciudadan\u00eda vasca a decidir su estructura pol\u00edtica y su r\u00e9gimen de convivencia, es decir, a decidir sobre su futuro<\/p>\n<p>El Nuevo Estatus deber\u00e1 renovar nuestro haber competencial a trav\u00e9s de un Concierto Pol\u00edtico homologable al Econ\u00f3mico; reconocer el derecho a establecer v\u00ednculos pol\u00edticos y de cooperaci\u00f3n con Navarra, Lapurdi, Zuberoa y Baxe-Nafarroa; y profundizar en Derechos Sociales<\/p>\n<p>EAJ-PNV ha presentado este mi\u00e9rcoles, en el transcurso de la reuni\u00f3n que la Ponencia de Autogobierno ha celebrado en el Parlamento Vasco, el documento que recoge su propuesta de bases y principios para la actualizaci\u00f3n del Autogobierno Vasco a trav\u00e9s de una reforma del Estatuto de Autonom\u00eda de Gernika. Se trata de una propuesta legal, abierta y democr\u00e1tica que eleva el Autogobierno Vasco a un estatus nacional. El reconocimiento de la identidad nacional del Pueblo vasco; el derecho democr\u00e1tico de la ciudadan\u00eda vasca a decidir su estructura pol\u00edtica y su r\u00e9gimen de convivencia a trav\u00e9s de la actualizaci\u00f3n de los Derechos Hist\u00f3ricos que reconocen y amparan la Disposici\u00f3n Adicional Primera de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola y la Disposici\u00f3n Adicional \u00danica del Estatuto de Gernika; una nueva y clara delimitaci\u00f3n competencial, basada en la singularidad y bilateralidad que consagre una nueva figura, la de las competencias concertadas; el establecimiento de un verdadero y efectivo sistema concertado de garant\u00edas; la profundizaci\u00f3n de los derechos sociales con la ampliaci\u00f3n de derechos y deberes de la ciudadan\u00eda; el afianzamiento de relaciones econ\u00f3micas, financieras y tributarias sobre la base del respeto mutuo y garantizadas a trav\u00e9s del sistema de Concierto Econ\u00f3mico; o la representaci\u00f3n de Euskadi en las instituciones y organismos europeos e internacionales son los pilares sobre los que descansa la propuesta jeltzale. EAJ-PNV afronta la pr\u00f3xima fase de la Ponencia de Autogobierno con mentalidad abierta y constructiva y desde su caracter\u00edstica vocaci\u00f3n de di\u00e1logo y acuerdo.<\/p>\n<p>Para EAJ-PNV, los Derechos Hist\u00f3ricos, amparados y reconocidos por la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola y por el Estatuto de Gernika, deben ser la base de una nueva relaci\u00f3n singular y bilateral con el Estado basada en el pacto y el reconocimiento de la realidad nacional de ambas partes. Desde el punto de vista jeltzale, el texto articulado que se elabore sobre estas bases y principios deber\u00e1 ser la formulaci\u00f3n jur\u00eddico-positiva de un ejercicio pactado del derecho democr\u00e1tico de la ciudadan\u00eda vasca a decidir su estructura pol\u00edtica y su r\u00e9gimen de convivencia, es decir, a decidir sobre su futuro, para lo cual habr\u00e1 de dot\u00e1rsele a la voluntad mayoritaria de la ciudadan\u00eda de un valor normativo relevante. El texto articulado que actualice el Autogobierno Vasco deber\u00e1, en opini\u00f3n de EAJ-PNV, expresar que Euskal Herria es un pueblo con identidad propia, y cuyo patrimonio ling\u00fc\u00edstico, cultural y jur\u00eddico-institucional propio y el sentido de pertenencia a una misma comunidad pol\u00edtica forjan su identidad nacional. El reconocimiento de unos Derechos Hist\u00f3ricos previos al marco constitucional y la voluntad colectiva expresada en el Art\u00edculo Primero del Estatuto de Gernika hacen que Euskadi pueda identificarse como una nacionalidad de car\u00e1cter hist\u00f3rico. El Pueblo Vasco es Naci\u00f3n porque cumple con todos los par\u00e1metros establecidos en el Derecho Comparado y porque, adem\u00e1s, as\u00ed lo reconoce e identifica una mayor\u00eda de su ciudadan\u00eda. Su car\u00e1cter hist\u00f3rico y su singularidad institucional est\u00e1n amparados y reconocidos por la propia Disposici\u00f3n Adicional Primera de la Constituci\u00f3n espa\u00f1ola.<\/p>\n<p>El nuevo texto pol\u00edtico deber\u00e1 plantear un nuevo acuerdo convivencial con el Estado espa\u00f1ol, una relaci\u00f3n que, siguiendo la tradici\u00f3n foral, se asiente en el concepto de interdependencia. Dicho concepto se sustenta en el principio del reconocimiento y acuerdo mutuo, y constituye un intento de modernizar y adaptar a los nuevos tiempos la operatividad de esa forma de relaci\u00f3n bilateral caracter\u00edstica de nuestros Derechos Hist\u00f3ricos. Se configurar\u00e1 as\u00ed el sujeto pol\u00edtico-jur\u00eddico titular, sobre la base de un sistema de Concierto tanto Econ\u00f3mico como Pol\u00edtico, bien para la regulaci\u00f3n de las relaciones intracomunitarias, bien para las relaciones hacia fuera, es decir, hacia el Estado y la Uni\u00f3n Europea en su conjunto. Esta actualizaci\u00f3n del Autogobierno Vasco ha de abocar, asimismo, a una verdadera renovaci\u00f3n y fortalecimiento de la naturaleza pactada de nuestras instituciones p\u00fablicas, pues no hay pacto sin un sistema rec\u00edproco de garant\u00edas. Dicho de otro modo, la interpretaci\u00f3n y el cumplimiento de lo acordado no pueden quedar al arbitrio de una de las partes, ni en lo econ\u00f3mico ni en lo pol\u00edtico. Por ello, el proceso negociador ha de concretarse en un pacto regido por la bilateralidad efectiva, provisto de garant\u00edas y condiciones de lealtad. El acuerdo ser\u00e1 requisito imprescindible para que cada norma en cuesti\u00f3n adquiera vigencia en el territorio vasco.<\/p>\n<p>La actualizaci\u00f3n del Autogobierno debe incluir una renovaci\u00f3n de nuestro haber competencial. Con el fin de garantizar que el poder pol\u00edtico asumido por el sujeto pol\u00edtico-jur\u00eddico titular cuente con la necesaria cobertura normativa, el fundamento jur\u00eddico-constitucional de los \u00edtems atributivos de competencia al sujeto pol\u00edtico-jur\u00eddico titular residir\u00e1 en la Disposici\u00f3n Adicional Primera de la Constituci\u00f3n, si bien, dado el modelo relacional con el Estado que se propone, tambi\u00e9n el principio democr\u00e1tico ser\u00eda fuente del nuevo haber competencial. As\u00ed, el texto articulado que se elabore configurar\u00e1 una suerte de Concierto Pol\u00edtico, un haber competencial exclusivo y reservado que sea homologable al vigente Concierto Econ\u00f3mico en concepci\u00f3n, estructura y operatividad. A tal efecto, las competencias previstas en el Estatuto de Gernika deben experimentar una importante transformaci\u00f3n. En un primer bloque deber\u00e1n figurar las \u201cmaterias concertadas\u201d, aquellas que, siendo sectoriales, expresan con especial intensidad la preservaci\u00f3n del hecho diferencial e identitario vasco: lengua y cultura vascas, educaci\u00f3n, seguridad, empleo p\u00fablico, derecho civil, r\u00e9gimen del Concierto Econ\u00f3mico, la organizaci\u00f3n institucional propia de los tres niveles institucionales forales vascos (com\u00fan, territorial y municipal) y la Administraci\u00f3n de Justicia (en este \u00faltimo caso, con los condicionantes de la integraci\u00f3n en el Poder Judicial unitario espa\u00f1ol). En dichos \u00e1mbitos la virtualidad del Concierto Pol\u00edtico \u00fanicamente se ver\u00e1 condicionada por el contenido pactado de los derechos fundamentales y las normas estatutarias de armonizaci\u00f3n. Un segundo grupo reconocer\u00e1 a las instituciones vascas la titularidad demanial y\/o patrimonial de los recursos naturales de su \u00e1mbito territorial \u2013que se extiende hasta el mar territorial\u2013 y de las infraestructuras sitas en el mismo. En tercer lugar, atribuir\u00e1 a los poderes p\u00fablicos vascos todas las facultades relacionadas con los sistemas de relaciones laborales y de protecci\u00f3n o de seguridad social, que deben incluir la capacidad legislativa plena de Euskadi. Finalmente, definir\u00e1 un espacio concertado con el Estado espa\u00f1ol en relaci\u00f3n con el r\u00e9gimen jur\u00eddico y relacional de las Administraciones p\u00fablicas (en particular, respecto a las relaciones con el Estado) y asimismo la necesidad de definir ese espacio concertado a fin de que se respeten las relaciones transfronterizas de Euskadi y su participaci\u00f3n en el entorno europeo e internacional.<\/p>\n<p>La actualizaci\u00f3n del Autogobierno Vasco tambi\u00e9n debe reconocer el derecho a establecer v\u00ednculos pol\u00edticos y las relaciones internas de cooperaci\u00f3n, tanto a nivel municipal como de cualquier otro \u00e1mbito territorial, que se consideren m\u00e1s adecuadas con la Comunidad Foral de Navarra y con los territorios vascos de Iparralde, Lapurdi, Zuberoa y Baxe-Nafarroa, para el desarrollo del bienestar social, econ\u00f3mico y cultural, sin m\u00e1s limitaci\u00f3n que la voluntad de la ciudadan\u00eda y las decisiones de sus instituciones representativas. Asimismo, la actualizaci\u00f3n del Autogobierno Vasco deber\u00e1 reconocer la capacidad de representaci\u00f3n de Euskadi en la Uni\u00f3n Europea, en las instituciones y organizaciones internacionales, as\u00ed como la proyecci\u00f3n internacional y de relaciones externas.<\/p>\n<p>El proyecto pol\u00edtico que impulsa esta iniciativa de actualizaci\u00f3n, reforma y renovaci\u00f3n del pacto estatutario tiene asimismo por objeto la protecci\u00f3n y el desarrollo de los ciudadanos y ciudadanas vascas, avanzando en el logro de la cohesi\u00f3n social y la igualdad de oportunidades, lo que supone la lucha permanente contra las desigualdades basadas en la injusticia. Para ello, la relevante dimensi\u00f3n de los Derechos Sociales ha de integrar toda una serie de principios rectores de la pol\u00edtica social y econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>En el documento de bases y principios, EAJ-PNV utiliza la expresi\u00f3n \u201csujeto pol\u00edtico-jur\u00eddico\u201d para referirnos al ente depositario del Nuevo Estatus Pol\u00edtico. Ese sujeto jur\u00eddico-pol\u00edtico debe tener un nombre que acompa\u00f1e y defina a Euskadi, una cuesti\u00f3n de alto valor simb\u00f3lico. Es nuestra voluntad compartir con los grupos pol\u00edticos los diversos conceptos con los que hemos trabajado en el proceso de gestaci\u00f3n de esta propuesta:<\/p>\n<p>-Comunidad Foral Vasca: remite a los Derechos Hist\u00f3ricos y a la foralidad que inspiran toda nuestra propuesta.<\/p>\n<p>-Comunidad Nacional Vasca: pone de relieve la identidad nacional del Pueblo Vasco, el reconocimiento de la Naci\u00f3n vasca.<\/p>\n<p>-Estado Aut\u00f3nomo Vasco: definici\u00f3n utilizada en el proyecto de Estatuto de 1931, nos remite al concepto estatal propio de los modelos federales o confederales que han sido propuestos por diversos partidos.<\/p>\n<p>-Estado Foral: a\u00fana el concepto estatal con nuestra singularidad foral hist\u00f3rica que ahora quiere actualizarse.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Mi\u00e9rcoles 7 de febrero de 2018 Los Derechos Hist\u00f3ricos, amparados y reconocidos por la Disposici\u00f3n Adicional Primera de la Constituci\u00f3n y por el Estatuto de Gernika, ser\u00e1n la base de una relaci\u00f3n singular y bilateral con el Estado basada en el pacto y el reconocimiento de la realidad nacional de ambas partes El texto articulado &hellip; <a href=\"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/2018\/02\/07\/identidad-nacional-base-legal-y-mas-garantias-para-el-autogobierno-claves-de-la-propuesta-de-eaj-pnv\/\" class=\"more-link\">Sigue leyendo <span class=\"screen-reader-text\">Identidad nacional, base legal y m\u00e1s garant\u00edas para el autogobierno, claves de la propuesta de EAJ-PNV<\/span><\/a><!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>\n","protected":false},"author":19,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-9952","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-general"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9952","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/users\/19"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=9952"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9952\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":9956,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9952\/revisions\/9956"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=9952"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=9952"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/anasagasti\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=9952"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}