{"id":191,"date":"2012-10-22T23:09:07","date_gmt":"2012-10-22T21:09:07","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.deia.com\/historiasdelosvascos\/?p=191"},"modified":"2012-10-22T19:12:27","modified_gmt":"2012-10-22T17:12:27","slug":"30-anos-de-amejoramiento-del-fuero-la-transicion-en-navarra","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.deia.eus\/historiasvascas\/2012\/10\/22\/30-anos-de-amejoramiento-del-fuero-la-transicion-en-navarra\/","title":{"rendered":"30 a\u00f1os de Amejoramiento del Fuero. La transici\u00f3n en Navarra."},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignright\" src=\"http:\/\/static.deia.com\/images\/2012\/10\/20\/presisnavarros_1.jpg\" alt=\"\" width=\"614\" height=\"346\" \/><\/p>\n<p>Por <strong>\u00c1lvaro Baraibar<\/strong><\/p>\n<p>La Ley Org\u00e1nica del 16 de agosto de 1982 hizo posible la incorporaci\u00f3n de Navarra a la Espa\u00f1a de las autonom\u00edas a trav\u00e9s de una v\u00eda propia que actualizaba el r\u00e9gimen foral del viejo Reino<\/p>\n<p>EL pasado 16 de agosto la Ley Org\u00e1nica de Reintegraci\u00f3n y Amejoramiento del R\u00e9gimen Foral de Navarra (LORAFNA), conocida como Amejoramiento, cumpli\u00f3 30 a\u00f1os de vida. Tres d\u00e9cadas desde que entrara en vigor el que sin lugar a dudas es el estatuto de autonom\u00eda m\u00e1s original del Estado espa\u00f1ol. El Amejoramiento fue la forma en que fragu\u00f3 esa peculiar v\u00eda navarra a la democracia en el marco de la nueva Espa\u00f1a de las autonom\u00edas.<\/p>\n<p>Tras la muerte de Franco, en el marco del proceso de institucionalizaci\u00f3n de la democracia espa\u00f1ola, uno de los problemas a resolver era el encaje de los nacionalismos -sobre todo vasco y catal\u00e1n, pero tambi\u00e9n el gallego- en la naciente democracia. Si Espa\u00f1a quer\u00eda dotarse de un sistema pol\u00edtico s\u00f3lido, estable y duradero que sucediera a la dictadura, deb\u00eda incorporar al consenso a las fuerzas nacionalistas vasca y catalana. El rechazo de vascos y catalanes a la nueva Constituci\u00f3n hubiera supuesto una falta de legitimidad dif\u00edcil de superar en aquellos dubitativos primeros a\u00f1os de la transici\u00f3n.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s de que el proyecto de Adolfo Su\u00e1rez fuera respaldado por una important\u00edsima mayor\u00eda de espa\u00f1oles en el refer\u00e9ndum de la Ley para la Reforma Pol\u00edtica de finales de 1976 y de que la voz soberana de los ciudadanos y ciudadanas se pronunciara en junio de 1977 en las elecciones generales, hab\u00eda llegado el momento, antes incluso de que se aprobara la Constituci\u00f3n, de poner en marcha los reg\u00edmenes pre-auton\u00f3micos del Pa\u00eds Vasco y Catalu\u00f1a, de modo que las fuerzas nacionalistas vieran una disposici\u00f3n favorable por parte del Gobierno de Madrid de cara a tener en cuenta algunas de sus reivindicaciones.<\/p>\n<p>En este contexto, Navarra pas\u00f3 completamente desapercibida y cuando el Gobierno Su\u00e1rez quiso negociar con el PNV el r\u00e9gimen pre-auton\u00f3mico, lo hizo para las cuatro provincias. A la altura de noviembre de 1977, el acuerdo estaba ya casi ultimado, pero fue frenado por la UCD de Navarra, que oblig\u00f3 a una nueva negociaci\u00f3n, en la que el viejo Reino <!--more-->estuviera presente con voz propia. Fruto de aquellas conversaciones, finalmente se lleg\u00f3 a un acuerdo entre UCD, PSOE y PNV en la forma de los Reales Decretos Ley 1 y 2 de enero de 1978 que aprobaban el r\u00e9gimen pre-auton\u00f3mico vasco y que preve\u00edan la posibilidad de que en el futuro Navarra, si as\u00ed lo quer\u00eda, pudiera incorporarse a Euskadi. El acuerdo inclu\u00eda el compromiso de que aquella f\u00f3rmula se recogiera tambi\u00e9n en la futura Constituci\u00f3n. Ser\u00eda la Disposici\u00f3n Transitoria Cuarta.<\/p>\n<p><strong>Dos v\u00edas<\/strong><\/p>\n<p>Resuelta, o pospuesta m\u00e1s bien, la cuesti\u00f3n de la territorialidad, la Comunidad Aut\u00f3noma Vasca y Navarra siguieron sus propias v\u00edas de acceso a la autonom\u00eda. Sin embargo, curiosamente, una f\u00f3rmula ideada como manera de intentar incorporar al nacionalismo vasco al consenso constitucional ser\u00eda finalmente la que abrir\u00eda la puerta al Amejoramiento del Fuero, que tiene su base en la Disposici\u00f3n Adicional Primera no en el T\u00edtulo VIII de la Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>En el debate constitucional, el PNV present\u00f3 una enmienda al anteproyecto de Carta Magna: la n\u00famero 689. En ella se solicitaba la derogaci\u00f3n de las leyes de 1837, 1839 y 1876; la devoluci\u00f3n a las cuatro provincias de sus instituciones y poderes originarios; la renovaci\u00f3n de un pacto con la Corona; as\u00ed como la posible conformaci\u00f3n de un \u00e1mbito territorial \u00fanico para las cuatro regiones forales. Se trataba de una propuesta en clave de soberan\u00eda: los Fueros representaban la soberan\u00eda originaria del pueblo vasco que voluntariamente ced\u00eda parte de sus competencias para sumarse al Estado espa\u00f1ol, pero conservando su capacidad para, en un futuro, poder cambiar de opini\u00f3n y reclamar lo que por derecho era suyo. UCD, PSOE y PNV llegaron finalmente a una redacci\u00f3n de consenso que ser\u00eda aprobada como Disposici\u00f3n Adicional Primera. El texto, junto a art\u00edculos como el 2 que hablaba de la \u00abindisoluble unidad de la Naci\u00f3n espa\u00f1ola, patria com\u00fan e indivisible de todos los espa\u00f1oles\u00bb, hac\u00eda imposible un reconocimiento de la soberan\u00eda del pueblo vasco, motivo por el que el PNV se abstendr\u00eda en el refer\u00e9ndum constitucional.<\/p>\n<p>Aprobada la Constituci\u00f3n de 1978, hab\u00eda llegado el momento de convocar nuevas elecciones, generales primero (marzo de 1979), y locales despu\u00e9s (abril del mismo a\u00f1o). Antes, era necesario que se democratizaran las instituciones forales. La Diputaci\u00f3n Foral de Navarra segu\u00eda siendo la elegida en vida del dictador y el nuevo proceso de debate del Amejoramiento del Fuero precisaba de unas instituciones legitimadas democr\u00e1ticamente. El Decreto-ley 121\/1979 de 26 de enero defin\u00eda una Diputaci\u00f3n como poder ejecutivo compuesta por 7 diputados, acompa\u00f1ada por un Parlamento Foral (con 70 representantes) en el que se dar\u00edan los debates sobre la autonom\u00eda navarra. La redacci\u00f3n final de la Constituci\u00f3n provocar\u00eda la escisi\u00f3n de UCD de un grupo, liderado por Jes\u00fas Aizp\u00fan, que dar\u00eda lugar a un nuevo partido, cuya primera actuaci\u00f3n ser\u00eda pedir el NO en el refer\u00e9ndum constitucional. Se trataba de Uni\u00f3n del Pueblo Navarro. La aparici\u00f3n de UPN en el escenario pol\u00edtico, junto al giro navarrista del socialismo navarro (que terminar\u00eda por abandonar el PSE para configurarse como PSN ya a la altura de 1982), ser\u00edan dos elementos clave en la configuraci\u00f3n final del Amejoramiento del Fuero.<\/p>\n<p><strong>V\u00eda de encaje<\/strong><\/p>\n<p>El tercer elemento no fue otro que la figura de Jaime Ignacio del Burgo, l\u00edder de la UCD de Navarra y presidente de la Diputaci\u00f3n elegida en abril de 1979. Con el objetivo de alejar a Navarra de Euskadi, Del Burgo cre\u00f3 una v\u00eda de encaje del viejo Reino en la Constituci\u00f3n y en el mapa auton\u00f3mico espa\u00f1ol a partir de la Disposici\u00f3n Adicional Primera. Desde el punto de vista de Del Burgo, en virtud de las leyes de 1839 y 1841, Navarra manten\u00eda vigente su r\u00e9gimen foral, luego no necesitaba de un Estatuto de autonom\u00eda para asumir las competencias que el Estado le transfiriera. Navarra ya era una comunidad aut\u00f3noma antes de que la Constituci\u00f3n se aprobara. Por ello, lo que el viejo Reino necesitaba era \u00fanicamente una actualizaci\u00f3n, una puesta al d\u00eda, de sus instituciones y sus competencias por medio de un Amejoramiento del Fuero. La Ley de 1841 hab\u00eda quedado obsoleta. El nuevo Amejoramiento servir\u00eda, desde el punto de vista de Del Burgo, para adaptar la autonom\u00eda navarra a los nuevos tiempos, consolidar un encaje constitucional para la foralidad navarra y mantener al antiguo Reino como comunidad pol\u00edtica diferencia, distinta del resto, y, sobre todo, alejada de Euskadi.<\/p>\n<p>Al hilo de los debates del Amejoramiento en el Parlamento tom\u00f3 forma lo que yo he llamado en alguna otra ocasi\u00f3n un <em>consenso a la navarra<\/em> entre UCD, UPN, PSOE y EKA. Se fij\u00f3 la idea oficial de la identidad de Navarra, muy en la l\u00ednea del foralismo m\u00e1s tradicionalista encarnado en ese momento por UPN, y se excluy\u00f3 de las negociaciones a todo aquel que no hubiera firmado ese consenso. Todas las fuerzas abertzales presentes en el parlamento foral (PNV, HB y Amaiur), fueron apartadas de la comisi\u00f3n negociadora que el 16 de diciembre de 1980 quedar\u00eda conformada por 4 representantes de UCD (Juan Manuel Arza Mu\u00f1uzuri, \u00c1ngel Lasunci\u00f3n Go\u00f1i, Pedro S\u00e1nchez de Muni\u00e1in Corera y Javier Moscoso del Prado), 2 del PSOE (Gabriel Urralburu Tainta y Jes\u00fas Mal\u00f3n Nicolao) y 1 de UPN (Jes\u00fas Aizp\u00fan Tuero).<\/p>\n<p>A partir de este momento y hasta la aprobaci\u00f3n de la LORAFNA el 16 de agosto de 1982 hubo un total de 12 reuniones para la negociaci\u00f3n del Amejoramiento. M\u00e1s de un a\u00f1o de encuentros y desencuentros para fijar un texto que ser\u00eda tramitado por el sistema de lectura \u00fanica en las Cortes, tratando de imitar lo ocurrido en la Ley de 1841, desde una interpretaci\u00f3n navarrista, y aprobado sin refer\u00e9ndum del pueblo navarro. Los debates en torno al Amejoramiento y, sobre todo, el proceso negociador con la comisi\u00f3n designada por el Estado se alargaron, entre otras cosas, porque el Estado no estaba dispuesto a que la palabra pacto apareciese en el texto del Amejoramiento. Sin embargo, se trataba de una cuesti\u00f3n clave para el navarrismo: Navarra, desde la posici\u00f3n que le otorgaba su vigente r\u00e9gimen foral, firmaba un nuevo pacto con Espa\u00f1a que se plasmaba en la forma de un Amejoramiento. Finalmente, la palabra pacto desapareci\u00f3 del articulado del Amejoramiento y la expresi\u00f3n empleada pas\u00f3 a ser la de una necesidad de acuerdo entre la Diputaci\u00f3n Foral y la Administraci\u00f3n del Estado. La \u00fanica referencia al pacto se dej\u00f3 para el Pre\u00e1mbulo. La LORAFNA fue publicada por el BOE el 10 de agosto de 1982 sin el texto del pre\u00e1mbulo. Un <em>despiste<\/em> repleto de significado.<\/p>\n<p><strong>Un pacto<\/strong><\/p>\n<p>El car\u00e1cter de pacto jur\u00eddico que el navarrismo quiere dar al Amejoramiento, as\u00ed como el hecho de que no fuese aprobado por refer\u00e9ndum no son cuestiones menores. Para el navarrismo la cuesti\u00f3n de la identidad queda fuera de la pol\u00edtica y la opini\u00f3n: Navarra es Navarra al margen de lo que los navarros piensen. Por ello, el Amejoramiento no pod\u00eda ser sometido a refer\u00e9ndum. El miedo no era al resultado, sino al hecho mismo de que la identidad pudiera someterse a la opini\u00f3n de los navarros. Para el navarrismo el status milenario de Navarra, una identidad forjada por la Historia y el Derecho durante siglos, desde el principio de los tiempos, no pod\u00eda ser sometido a plebiscito. En definitiva, la interpretaci\u00f3n que los mitos del navarrismo hacen de la historia limita y anula el derecho a decidir, ya que s\u00f3lo hay una cosa que los navarros y navarras podr\u00edan ser: espa\u00f1oles.<\/p>\n<p>En este a\u00f1o cargado de conmemoraciones, 30 a\u00f1os despu\u00e9s de que se aprobara el Amejoramiento, \u00e9ste sigue sin haber sido refrendado por la poblaci\u00f3n. Ello, unido al hecho de que el texto aprobado se basara en la exclusi\u00f3n de una de las sensibilidades de Navarra, la nacionalista, que no compart\u00eda esa visi\u00f3n monocolor de la Comunidad, debilita claramente su legitimidad. Pero el Amejoramiento, adem\u00e1s, no respet\u00f3 el mandato del Parlamento en un aspecto que ha tenido gran trascendencia como es la zonificaci\u00f3n del euskera. El texto consensuado en la c\u00e1mara navarra fijaba el euskera como lengua oficial, junto al castellano, en todo el territorio foral. Fue en el \u00e1mbito de la comisi\u00f3n negociadora navarra, al margen de la voluntad del Parlamento como se estableci\u00f3 la zonificaci\u00f3n del euskera.<\/p>\n<p>A pesar de todo, el Amejoramiento es una herramienta \u00fatil a la hora de desarrollar el autogobierno de Navarra. No existe conflicto entre los derechos hist\u00f3ricos y el derecho a decidir, sino todo lo contrario: los derechos hist\u00f3ricos son base y garant\u00eda del derecho a decidir en la medida en que suponen un reconocimiento (a trav\u00e9s de la Disposici\u00f3n Adicional Primera) de los navarros y navarras como sujeto pol\u00edtico. Hoy, como hace 30 a\u00f1os, la decisi\u00f3n corresponde a la ciudadan\u00eda navarra. Construir Navarra desde Navarra es el punto de partida para cualquier proyecto pol\u00edtico, sea \u00e9ste el mantenimiento del status quo o un mayor desarrollo de los v\u00ednculos con el resto de Euskalerria, pero siempre respetando, como no puede ser de otro modo, la voluntad mayoritaria de la poblaci\u00f3n, \u00fanico term\u00f3metro real en democracia.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por \u00c1lvaro Baraibar La Ley Org\u00e1nica del 16 de agosto de 1982 hizo posible la incorporaci\u00f3n de Navarra a la Espa\u00f1a de las autonom\u00edas a trav\u00e9s de una v\u00eda propia que actualizaba el r\u00e9gimen foral del viejo Reino EL pasado 16 de agosto la Ley Org\u00e1nica de Reintegraci\u00f3n y Amejoramiento del R\u00e9gimen Foral de Navarra &hellip; <a href=\"https:\/\/blogs.deia.eus\/historiasvascas\/2012\/10\/22\/30-anos-de-amejoramiento-del-fuero-la-transicion-en-navarra\/\" class=\"more-link\">Sigue leyendo <span class=\"screen-reader-text\">30 a\u00f1os de Amejoramiento del Fuero. 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