{"id":34,"date":"2012-02-24T18:56:37","date_gmt":"2012-02-24T17:56:37","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.deia.com\/historiasdelosvascos\/?p=34"},"modified":"2014-01-20T17:22:56","modified_gmt":"2014-01-20T16:22:56","slug":"la-matxinada-de-1718-en-bizkaia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.deia.eus\/historiasvascas\/2012\/02\/24\/la-matxinada-de-1718-en-bizkaia\/","title":{"rendered":"La Matxinada de 1718 en Bizkaia"},"content":{"rendered":"<figure style=\"width: 540px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" \" alt=\"\" src=\"http:\/\/static.deia.com\/images\/2011\/12\/10\/import_10971318_11.jpg\" width=\"540\" height=\"402\" \/><figcaption class=\"wp-caption-text\">Romer\u00eda en torno a Bego\u00f1a en el siglo XVIII<\/figcaption><\/figure>\n<p><strong>Luis de Guezala<\/strong><\/p>\n<p>Cuando al finalizar el siglo XVII, el 14 de diciembre de 1700, las Juntas Generales de Bizkaia proclamaron como su Se\u00f1or a Felipe V de Castilla, lo hicieron por primera vez con un monarca Borb\u00f3n. Venido de Francia, su concepto de la autoridad mon\u00e1rquica distaba mucho de la de los antiguos Se\u00f1ores de la casa de Austria. Ten\u00eda como modelo a su abuelo, Luis XIV, que gobernaba como monarca absoluto con base a la teor\u00eda del derecho divino de los reyes.<\/p>\n<p>Felipe V, considerando que no deb\u00eda existir limitaci\u00f3n alguna para su autoridad, intentar\u00eda trasladar a los territorios que hab\u00eda heredado en la pen\u00ednsula Ib\u00e9rica el mismo modelo absolutista y centralista que se iba implantando en el Reino de Francia, sin tener en cuenta las diferentes realidades nacionales y pol\u00edticas que se daban en ellos.<\/p>\n<p>El consenso pol\u00edtico secular mantenido en torno a los Fueros vascos, \u00abcartas magnas\u00bb o \u00abconstituciones\u00bb que regulaban las relaciones, deberes y derechos del monarca y sus s\u00fabditos vascos, quedar\u00eda pronto roto. El absolutismo hab\u00eda llegado ya a todo el Pa\u00eds Vasco. Durante los primeros a\u00f1os del reinado de Felipe V se dio una larga serie de violaciones de la letra y el esp\u00edritu establecidos en los ordenamientos forales vascos.<\/p>\n<p>Son los a\u00f1os en los que se abolieron, tras el final de la guerra de Sucesi\u00f3n, los Fueros de la Corona de Arag\u00f3n, que hab\u00eda apostado por el archiduque Carlos, pretendiente austr\u00edaco al trono espa\u00f1ol que acab\u00f3 siendo derrotado por el franc\u00e9s. En este proceso, en Bizkaia se fue viendo claramente que, mientras que los junteros elegidos por las diferentes localidades manten\u00edan la defensa del Fuero, la \u00e9lite pol\u00edtica dirigente del Se\u00f1or\u00edo se posicionaba en clara connivencia con el corregidor y los intereses de la Corona. Nada nuevo bajo el sol. Y menos entonces, cuando estos personajes colaboradores estaban cada vez m\u00e1s necesitados del favor real para mantener su estatus social, con premios, t\u00edtulos o nombramientos en la administraci\u00f3n civil o en el ej\u00e9rcito real.<\/p>\n<p>A los contrafueros mon\u00e1rquicos, las Juntas vizcainas respond\u00edan con la aplicaci\u00f3n de lo establecido en el Fuero de Bizkaia. Recordaron que las \u00f3rdenes del monarca deb\u00edan ser trasladadas, antes de ser cumplidas, a los s\u00edndicos del Se\u00f1or\u00edo, para que estos dictaminaran si respetaban lo establecido por el ordenamiento foral vizcaino. Y que, en caso contrario, deb\u00edan ser devueltas para que se reformularan de acuerdo al Fuero. Procedimiento conocido como Pase Foral.<\/p>\n<p>Las Juntas llegaron, por esta cuesti\u00f3n, a desautorizar expresamente a los diputados generales y a la Diputaci\u00f3n, cuyo fundamento, como un Gobierno actual respecto a los Parlamentos democr\u00e1ticos modernos, era precisamente ser una comisi\u00f3n ejecutiva de las Juntas mientras estas no estuviesen reunidas. El conflicto era cada vez m\u00e1s evidente <!--more-->entre la monarqu\u00eda espa\u00f1ola y los vascos, que entend\u00edan y se basaban en dos fuentes distintas y enfrentadas de legitimidad: la divina, por parte del monarca absolutista, y la democr\u00e1tica, por parte de las Juntas vascas.<\/p>\n<p>El 31 de agosto de 1717 un nuevo real decreto acab\u00f3 con el precario equilibrio que todav\u00eda se manten\u00eda al establecer que las aduanas vascas, que hasta entonces hab\u00edan estado situadas en la frontera con Castilla, deb\u00edan trasladarse a los puertos de la costa y a la frontera con Francia. Se orden\u00f3 as\u00ed trasladar, en el caso de Bizkaia, las aduanas de Ordu\u00f1a y Balmaseda al puerto de Bilbao. Por si hac\u00eda falta ser m\u00e1s expl\u00edcito, el real decreto indicaba literalmente que el cambio se ordenaba \u00abno obstante los Fueros\u00bb. Esta fue la primera ocasi\u00f3n en que un Se\u00f1or de Bizkaia reconoc\u00eda expresamente que no respetaba el Fuero.<\/p>\n<p>Para que no faltara nada, y presumiendo que los vizcainos pod\u00edan no acatar el contrafuero, el real decreto amenazaba con que, en caso de incumplimiento del traslado de las aduanas, se pasar\u00eda el comercio de lana y otros g\u00e9neros del puerto de Bilbao al de Santander, urgi\u00e9ndose r\u00e1pida contestaci\u00f3n. Otra vez, nada nuevo bajo el sol.<\/p>\n<p>La respuesta de las Juntas Generales no pudo ser m\u00e1s clara y contundente. Si el monarca quer\u00eda desviar el tr\u00e1fico comercial a Santander, el Se\u00f1or\u00edo de Bizkaia le contestaba que aunque \u00abla manutenci\u00f3n del Comercio en mi distrito es apreciable, y aun preciso para la conservaci\u00f3n de mis hijos (\u2026) padecer\u00e9 gustoso el perjuicio que contemplo, hasta \u00faltima desolaci\u00f3n, por no experimentar lastimado y empa\u00f1ado lo m\u00e1s apreciable de mi honor con la herida de mis Fueros.\u00bb<\/p>\n<p>La respuesta de Felipe V a esta petici\u00f3n fue enviar nuevamente la orden del traslado de las aduanas al Se\u00f1or\u00edo. En respuesta, las Juntas Generales acordaron enviar un comisionado al monarca para defender el mantenimiento de las aduanas en sus emplazamientos tradicionales. Este comisionado argument\u00f3 as\u00ed que el Se\u00f1or de Bizkaia no ten\u00eda la potestad de vulnerar el Fuero: \u00ab(\u2026) tiene la limitaci\u00f3n de no proceder en Reyno, Provinzia, Rep\u00fablica o Ciudad que no traslad\u00f3 en el Pr\u00edncipe absoluta y llanamente su poder sino es que en el acto mismo de sujeci\u00f3n hizo pactos o Leyes, porque en tal caso el Pr\u00edncipe queda precisamente obligado a la observancia y no tiene la facultad para la contravenci\u00f3n a ellas\u00bb.<\/p>\n<p>El nieto de Luis XIV no pod\u00eda ni quer\u00eda entender estos argumentos, pensando que su autoridad no deb\u00eda tener ninguna limitaci\u00f3n, as\u00ed como que la nueva estructura estatal que estaba construyendo no ten\u00eda porqu\u00e9 reflejar su realidad pol\u00edtica y nacional. Y el traslado de aduanas se consum\u00f3 porque a Felipe V le dio la real gana.<\/p>\n<p>El domingo 4 de septiembre se celebr\u00f3 en la anteiglesia de Bego\u00f1a una asamblea de sus vecinos para tratar de esta cuesti\u00f3n. Decidieron que el traslado de las aduanas era contrario a los Fueros, as\u00ed como marchar, precedidos por su fiel o alcalde, a Bilbao, donde se encontraban las m\u00e1ximas autoridades del Se\u00f1or\u00edo, para conminarles a que firmasen un escrito contrario al traslado, as\u00ed como para saber qui\u00e9nes eran los vizcainos c\u00f3mplices en el traslado de las aduanas.<\/p>\n<p>El Corregidor, Carlos Saracoiz Ayala, ante cuya residencia en Bilbao se presentaron, consigui\u00f3 con promesas y buenas palabras zafarse de ellos sin necesidad de firmar el escrito. Los bego\u00f1eses se dirigieron despu\u00e9s a la casa del diputado general o\u00f1acino, Enrique de Arana, que huy\u00f3 antes de su llegada, tratando de encontrar refugio entre sus vecinos, que se lo negaron. Su casa fue asaltada y registrada, al igual que las colindantes para detenerlo, pero sin \u00e9xito, ya que Arana consigui\u00f3 finalmente refugiarse en el colegio de los Jesuitas.<\/p>\n<p>Los bego\u00f1eses, a los que se les unieron numerosos vecinos de Bilbao, y, m\u00e1s tarde, otros quinientos vecinos de la anteiglesia de Abando, se dirigieron despu\u00e9s a la casa de otro destacado miembro de la elite dirigente vizcaina, el marqu\u00e9s de Bargas, que hab\u00eda sido regidor del Se\u00f1or\u00edo en el mandato anterior. Su hijo result\u00f3 malherido intentando contenerles, y tuvo que refugiarse en la iglesia de San Ant\u00f3n. El marqu\u00e9s, con parte de su familia, escap\u00f3 tambi\u00e9n, escondi\u00e9ndose donde alg\u00fan vecino. Su casa fue tambi\u00e9n asaltada.<\/p>\n<p>Estos asaltos y registros ten\u00edan como principal objetivo averiguar el nombre de los c\u00f3mplices en el contrafuero, el traslado de las aduanas. Resulta muy significativo que en una de las casas asaltadas, la de Lorenzo de Sierralta, a su secretario Domingo de Zaldua se le obligara a firmar una n\u00f3mina de \u00abtraidores a la Patria\u00bb. Un segundo registro en la casa de Arana propici\u00f3 la detenci\u00f3n de su t\u00edo y administrador, el sacerdote Francisco de Zarraga, que fue conducido a Bego\u00f1a para que confesara los nombres de los c\u00f3mplices en el traslado de aduanas, calificados como \u00abenemigos de la Patria\u00bb.<\/p>\n<p>Los amotinados se hicieron con el dep\u00f3sito de p\u00f3lvora que el Se\u00f1or\u00edo ten\u00eda en Abando e hicieron un llamamiento a las anteiglesias de Bizkaia para que se les unieran en su defensa del Fuero. En respuesta a este llamamiento se congregaron en Bilbao al d\u00eda siguiente, lunes 5 de septiembre de 1718, m\u00e1s de 5.000 hombres armados procedentes de Bego\u00f1a, Abando, Deusto, Galdakao, Arrigorriaga, Basauri, Lezama, Etxabarri, Erandio, Sondika y otras localidades de la costa de Bizkaia. Una aut\u00e9ntica multitud, especialmente si tenemos en cuenta que la poblaci\u00f3n de Bilbao entonces apenas superaba los 6.000 habitantes.<\/p>\n<p>Los congregados redactaron un decreto en contra del traslado de las aduanas, en el que se nombraban los c\u00f3mplices en su admisi\u00f3n, que obligaron a firmar al corregidor y al diputado general Arana. \u00c9ste firm\u00f3 el documento en el colegio de los Jesuitas donde se hab\u00eda refugiado, pero los amotinados le obligaron a hacerlo p\u00fablicamente en el Arenal bilbaino, junto a otros cargos p\u00fablicos del Se\u00f1or\u00edo, que fueron maltratados. A la llegada de Enrique de Arana al Arenal toda la atenci\u00f3n se centr\u00f3 en \u00e9l, consider\u00e1ndosele el principal c\u00f3mplice en el traslado de las aduanas tras hab\u00e9rsele interceptado un mensaje enviado a la Corte el d\u00eda anterior pidiendo el env\u00edo de 10.000 hombres armados para aplastar la rebeli\u00f3n. Mientras se encontraba firmando los documentos que le entregaban, el Diputado General acab\u00f3 asesinado.<\/p>\n<p>Los disturbios y asaltos de domicilios continuaron en los d\u00edas posteriores por numerosas localidades vizcainas, organizados los sublevados como las milicias populares locales que normalmente constitu\u00edan en tiempo de guerra, llegando a movilizarse entre seis mil y siete mil hombres armados. El s\u00e1bado 10 de septiembre un grupo proveniente de Gernika, Murueta, Busturia, Ibarrangelua y Mundaka, que obligaba al teniente del corregidor a que les encabezara, asalt\u00f3 la c\u00e1rcel de Bermeo, en la que se encontraban apresados cinco personas acusadas de c\u00f3mplices del traslado de las aduanas, matando a todos ellos.<\/p>\n<p>Ese mismo d\u00eda el Corregidor reuni\u00f3 en su casa de Bilbao a los miembros del regimiento general, titulares o suplentes que quedaban para reconstituir esta instituci\u00f3n y la Diputaci\u00f3n, intentando reconducir la situaci\u00f3n. Los incidentes disminuyeron hasta que el 11 de noviembre entr\u00f3 en Bilbao, sin encontrar resistencia, una tropa del ej\u00e9rcito real compuesta por 3.000 soldados, con un regimiento de caballer\u00eda.<\/p>\n<p>En enero de 1719 se dict\u00f3 la sentencia contra los participantes en la Matxinada de 1718, que supuso muchas penas de prisi\u00f3n y diecis\u00e9is condenas a muerte que se ejecutaron en la c\u00e1rcel de Bilbao con garrote, exhibi\u00e9ndose p\u00fablicamente las cabezas de los ajusticiados en varios pueblos de Bizkaia. Cinco de los ejecutados eran de Otxandio, uno de Eskoriatza, tres de Abando, uno de Barakaldo, otro de Galdakao, otro de Lezama, dos de Murueta, uno de Busturia y otro de Portugalete.<\/p>\n<p>El 16 de diciembre de 1722, tras constatar la Hacienda Real que con el nuevo sistema aduanero los ingresos eran menores que con el sistema anterior, otro decreto real orden\u00f3 que las aduanas volvieran a sus lugares tradicionales. Se retorn\u00f3 as\u00ed a la situaci\u00f3n anterior, pero nada era ya como antes. Se hab\u00eda iniciado un nuevo proceso, liderado por la monarqu\u00eda espa\u00f1ola, de vulneraci\u00f3n de su vinculaci\u00f3n tradicional con los territorios forales vascos, unific\u00e1ndolos con los otros territorios de la corona sin tener en cuenta la identidad ni la voluntad de sus habitantes, y por el recurso de la fuerza, superior, del ej\u00e9rcito espa\u00f1ol. Un proceso que, como ya auguraron nuestros mayores, aquellos vizcainos que se amotinaron en 1718 en defensa de su Fuero, no traer\u00eda a este Pa\u00eds nada bueno.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El traslado de las aduanas a los puertos y a la frontera con Francia acab\u00f3 con el precario equilibrio entre el pueblo vasco y la monarqu\u00eda espa\u00f1ola. 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