{"id":399,"date":"2013-11-05T20:27:43","date_gmt":"2013-11-05T19:27:43","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.deia.com\/historiasdelosvascos\/?p=399"},"modified":"2013-11-05T18:30:11","modified_gmt":"2013-11-05T17:30:11","slug":"voto-para-las-mujeres-papeletas-con-genero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.deia.eus\/historiasvascas\/2013\/11\/05\/voto-para-las-mujeres-papeletas-con-genero\/","title":{"rendered":"Voto para las mujeres: papeletas con g\u00e9nero"},"content":{"rendered":"<h1><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter\" alt=\"\" src=\"http:\/\/static.deia.com\/images\/2013\/11\/02\/votantes_200_1.jpg\" width=\"614\" height=\"347\" \/><\/h1>\n<div>\n<p><strong>ASIER MADARIETA JUARISTI <\/strong><\/p>\n<\/div>\n<p>EN nuestra sociedad actual gozamos de una serie de derechos de los que nos creemos dotados desde siglos, cuando no desde milenios atr\u00e1s. Sin embargo, algunos de esos derechos de los que disponemos tienen todav\u00eda un corto recorrido, cort\u00edsimo, si hemos de compararlo con la Historia de la humanidad.<\/p>\n<p>El derecho de la mujer al voto es uno de esos casos: la pionera, Nueva Zelanda, en 1893; o Noruega, que lo hab\u00eda aprobado en 1913, muestran que la aprobaci\u00f3n del voto femenino es un caso de este siglo pasado, de apenas hace 100 a\u00f1os.<\/p>\n<p>En el Estado espa\u00f1ol, las mujeres votaron por primera vez en abril de 1933, si bien estas elecciones solo afectaron a un peque\u00f1o n\u00famero de municipios, en concreto unos 2.500, en los que deb\u00eda elegirse a los miembros del consistorio una vez se hab\u00eda modificado la ley electoral. Es por ello que tiende a considerarse que en el Estado espa\u00f1ol el voto femenino de forma generalizada no se ejerci\u00f3 hasta el 19 de noviembre de 1933.<\/p>\n<p>En cuanto a las mujeres vascas, salvo en el caso de Araba, en alguno de cuyos municipios tambi\u00e9n se hab\u00eda votado en abril, el derecho se ejerci\u00f3 de forma generalizada el 5 de noviembre de 1933, cuando pudieron votar por vez primera en parte de los territorios vascos del sur de los Pirineos. Este martes se cumplir\u00e1n 80 a\u00f1os de esta efem\u00e9ride.<\/p>\n<p>\u00abpu\u00f1alada a la Rep\u00fablica\u00bb El reconocimiento del derecho al voto femenino en el Estado espa\u00f1ol se va a dar en el contexto de la 2\u00aa Rep\u00fablica. Esto no quiere decir que anteriormente no hubiera intentos e incluso avances hacia el voto femenino, pero estos fueron de poca entidad y siempre muy mediatizados por un mayoritario funcionamiento machista de la pol\u00edtica que llevaba a C\u00e1novas del Castillo a afirmar: \u00abContent\u00e9monos los varones por haber regido el mundo por tantos siglos, sin otras que cort\u00edsimas excepciones de reinas, y con frecuencia desdichadas por cierto\u00bb.<\/p>\n<p>La dictadura de Primo de Rivera posibilit\u00f3 el voto para viudas y solteras que acreditaran ser cabezas de familia, pero la efectividad de esta medida fue m\u00e1s bien nula. Se avanz\u00f3 m\u00e1s tarde en la posibilidad de que las mujeres fueran elegibles pero no electoras. De este modo accedieron al poder algunas concejalas, como por ejemplo, Rene Castell\u00f3n en Bilbao en 1926, o Concha P\u00e9rez y Carmen Resines en Donostia, en 1928.<\/p>\n<p>Es cierto tambi\u00e9n que las reivindicaciones femeninas en cuestiones de derecho a voto estuvieron en un segundo orden de prioridades, frente a las reivindicaciones sociales y el cuestionamiento de la separaci\u00f3n r\u00edgida entre la esfera privada y la p\u00fablica que sufr\u00edan las mujeres y que tan desafortunadas consecuencias tra\u00eda, principalmente, la invisibilidad p\u00fablica de la mujer. Quiz\u00e1 por esto, las asociaciones como la decana conservadora Asociaci\u00f3n Nacional de Mujeres de Espa\u00f1a, creada en 1918, o la organizaci\u00f3n femenina de la UGT, apenas movilizaron al \u00e1mbito femenino, a diferencia de lo que suced\u00eda en otros pa\u00edses europeos.<\/p>\n<p>En este contexto republicano es donde se resolver\u00e1 finalmente a nivel del Estado espa\u00f1ol el debate del voto femenino, pero lo har\u00e1 tambi\u00e9n con dificultades, incluso a pesar de las mayor\u00edas pol\u00edticas de izquierda imperantes.<\/p>\n<p>En concreto en las Cortes constituyentes de 1931, de un total de 465 diputados s\u00f3lo tres eran mujeres: Victoria Kent, del Partido Radical Socialista; Clara Campoamor, del Partido Republicano Radical; y Margarita Nelken, del Partido Socialista. Las dos primeras protagonizar\u00edan los debates en las sesiones de las Cortes que discutieron el derecho a voto para la mujer. En estos debates, mientras Clara Campoamor defend\u00eda sin ambages el voto para la mujer, sin embargo, Victoria Kent, tambi\u00e9n desde postulados progresistas, se opon\u00eda al mismo, pidiendo su aplazamiento por no considerar a las mujeres en ese momento suficientemente maduras e independientes para huir de los cors\u00e9s conservadores, sobre todo impuestos por la Iglesia cat\u00f3lica mayoritaria. \u00abNo es el momento de otorgar el voto a la mujer espa\u00f1ola. (\u2026) es necesario aplazar el voto femenino\u00bb, dec\u00eda la diputada en su intervenci\u00f3n del 30 de septiembre de 1931.<\/p>\n<p>Otros diputados, como el gallego catedr\u00e1tico de patolog\u00eda de la Universidad de Madrid y diputado por la Federaci\u00f3n Republicana Gallega Roberto Novoa Santos, afirmaban: \u00ab\u00bfPor qu\u00e9 hemos de conceder a la mujer los mismos t\u00edtulos y los mismos derechos pol\u00edticos que al hombre? (&#8230;) La mujer es toda pasi\u00f3n, toda figura de emoci\u00f3n, es toda sensibilidad; no es, en cambio, reflexi\u00f3n, no es esp\u00edritu cr\u00edtico, no es ponderaci\u00f3n\u00bb, por lo que abogaba porque la mujer \u00abfuese siempre elegible por los hombres; pero en cambio, que la mujer no fuese electora\u00bb.<\/p>\n<p>Mientras los partidos de centro y derecha ve\u00edan con buenos ojos la generalizaci\u00f3n del voto femenino, los partidos de izquierda se mostraban pesimistas ante los resultados de la incorporaci\u00f3n de las nuevas electoras. La mayor\u00eda de los republicanos de izquierdas del Pa\u00eds Vasco votaron en contra. No as\u00ed los socialistas, quienes, si bien con fuertes divisiones internas, votaron a favor cumpliendo el compromiso que hab\u00edan adquirido con la Internacional de Mujeres Socialistas. Valga como ejemplo de estas divisiones la postura de la agrupaci\u00f3n socialista de Bilbao, que por boca de uno de sus m\u00e1s significativos dirigentes, Indalecio Prieto, consider\u00f3 la aprobaci\u00f3n de este derecho como \u00abuna pu\u00f1alada trapera a la Rep\u00fablica\u00bb.<\/p>\n<p>Finalmente, tras una primera votaci\u00f3n en comisi\u00f3n, el 1 de octubre de 1931, y otro intento de aplazamiento del voto femenino formulado por Victoria Kent, que se rechaz\u00f3 por un escaso margen de 4 votos, el 9 de diciembre de 1931 el Congreso de los Diputados aprobaba la Constituci\u00f3n que reconoc\u00eda a las mujeres el derecho a ejercer el voto, todo ello gracias, sobre todo, a la ausencia en la C\u00e1mara de los diputados de tendencia conservadora que, meses antes, hab\u00edan anunciado su boicot al legislativo por el tratamiento que la Constituci\u00f3n prestaba a las \u00f3rdenes religiosas cat\u00f3licas.<\/p>\n<p>El voto de las vascas Ante la nueva situaci\u00f3n, los partidos pol\u00edticos vascos mostraron la necesidad de aglutinar mecanismos para favorecer la participaci\u00f3n de las mujeres en los diferentes partidos pol\u00edticos si bien desde esferas y con competencias muy diversas.<\/p>\n<p>Como dec\u00edamos anteriormente, las mujeres vascas de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa tuvieron oportunidad de votar por vez primera y de forma masiva el 5 de noviembre de 1933. Ese d\u00eda amaneci\u00f3 lloviendo y no fue nada propicio para ejercer el voto y animar a hacerlo. Sin embargo, los partidos pol\u00edticos vascos se movilizaron para que el refer\u00e9ndum por el Estatuto Vasco tuviera el mayor apoyo posible. Algunas de las personas que acudieron a votar, especialmente las mujeres, recordar\u00edan durante mucho tiempo el coche que las vino a buscar para facilitar el ejercicio a voto. Para muchas de estas mujeres del \u00e1mbito rural, este acontecimiento supondr\u00eda el bautismo de voto y tambi\u00e9n su bautismo automovil\u00edstico.<\/p>\n<p>El PNV, uno de los partidos mayoritarios, hab\u00eda apoyado el sufragio femenino, viendo en \u00e9l una bolsa para la captaci\u00f3n de votos. Pero hemos de a\u00f1adir tambi\u00e9n que esta primera decisi\u00f3n t\u00e1ctica, por as\u00ed llamarla, fue producto de una serie de cambios que el propio PNV conocer\u00eda durante los a\u00f1os 20 y sobre todo durante la \u00e9poca de la Rep\u00fablica. En concreto, y en cuanto a la presencia femenina dentro de este partido, obedece a la eclosi\u00f3n de Emakume Abertzale Batza, que signific\u00f3 para el PNV responder a una nueva capa de la sociedad con sus propias inquietudes y reivindicaciones, aunque estas se hicieran desde el m\u00e1s absoluto de los respetos a la situaci\u00f3n y legalidad del propio partido. De este modo, es de destacar entre otras la figura de Julia Fern\u00e1ndez Zabaleta, creadora e impulsora de EAB en Navarra quien, en palabras de Ana Urkiza, \u00abcre\u00eda que el problema no radicaba en el feminismo, sino en la dignidad de la mujer. Ten\u00eda claro que las mujeres eran capaces de hacer los mismos trabajos que hac\u00edan los hombres, y adem\u00e1s sosten\u00eda que pod\u00eda estudiar e incluso llegar a desarrollar labores intelectuales; por tanto, llegaba a la conclusi\u00f3n de que tambi\u00e9n pod\u00eda participar en la pol\u00edtica\u00bb. Ya en su primer discurso, que pronunci\u00f3 bajo el t\u00edtulo <i>Emakumien etorkizuna<\/i> en el a\u00f1o 1924, Julia Fern\u00e1ndez defendi\u00f3 todo este ideario.<\/p>\n<p>En el caso de Acci\u00f3n Nacionalista Vasca, escisi\u00f3n del PNV creada en 1930 y con cierta presencia en los \u00e1mbitos m\u00e1s urbanos del entorno de Bilbao, la presencia de mujeres no fue relevante por cuanto muchas de ellas, atra\u00eddas por el ideal nacionalista, se integraron en EAB, una organizaci\u00f3n con mayor potencial e implantaci\u00f3n en el territorio vasco.<\/p>\n<p>Otra asociaci\u00f3n en avance durante estos a\u00f1os fue la Asociaci\u00f3n de Margaritas, referenciada en la Comuni\u00f3n Tradicionalista, de ideolog\u00eda carlista. Se trataba de una organizaci\u00f3n con cada vez menor implantaci\u00f3n en el Estado espa\u00f1ol, pero que en los territorios vascos de este lado de la muga resurgi\u00f3 con fuerza en la d\u00e9cada de los a\u00f1os treinta.<\/p>\n<p>Entre los partidos de ideolog\u00eda de izquierda, el Partido Comunista ten\u00eda entre sus filas a la conocida Dolores Ibarruri, claramente favorable al voto femenino (de hecho era la \u00fanica vasca que figuraba como candidata en las elecciones de 1931 aunque no lograra el acta de diputada) y que intent\u00f3 atraer a las mujeres a trav\u00e9s incluso de la creaci\u00f3n de diversos grupos sat\u00e9lite, como por ejemplo Mujeres Antifascistas, semejantes a los que destac\u00e1bamos en la Comuni\u00f3n tradicionalista y el PNV, pero cuyo \u00e9xito fue muy relativo.<\/p>\n<p>Finalmente, el bloque republicano socialista, vivi\u00f3 las elecciones y el derecho del voto a la mujer como un elemento de fuerte divisi\u00f3n interna y ello se traslad\u00f3 tambi\u00e9n a esta parte de Euskal Herria, como lo muestra el ejemplo de la agrupaci\u00f3n socialista de Bilbao antes expuesto. Una vez aprobado el voto femenino, ante el temor de que dicho voto fuera mayoritariamente hacia las entidades cat\u00f3licas ya creadas anteriormente, por ejemplo la potente Acci\u00f3n Cat\u00f3lica, o el voto nacionalista, estos grupos crearon asociaciones como la Uni\u00f3n Femenina Republicana o Fraternidad de Mujeres Modernas pero apenas tuvieron mayor eco.<\/p>\n<p>En cuanto a las consecuencias del voto femenino en estas primeras elecciones en las que la mujer pudo acudir a votar, la repercusi\u00f3n fue m\u00ednima por cuanto los resultados del refer\u00e9ndum del Estatuto fueron mayoritariamente favorables a este, por lo que no es posible deducir la incidencia de dicho voto femenino. En las siguientes elecciones a las que las vascas tuvieron que acudir, en concreto el 19 de noviembre, eran cuatro las candidatas existentes, si bien ninguna de ellas accedi\u00f3 al esca\u00f1o. Finalmente, no ser\u00eda hasta 1936, cuando dos mujeres vascas obtuvieron acta de diputadas: la vizcaina Dolores Ibarruri y la navarra Julia \u00c1lvarez Resano, si bien elegidas por Oviedo y Madrid, respectivamente.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se cumplen 80 a\u00f1os del reconocimiento del derecho a voto para las mujeres vascas<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1544],"tags":[],"class_list":["post-399","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-sin-categoria"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/historiasvascas\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/399","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/historiasvascas\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/historiasvascas\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/historiasvascas\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/historiasvascas\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=399"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/historiasvascas\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/399\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":402,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/historiasvascas\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/399\/revisions\/402"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/historiasvascas\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=399"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/historiasvascas\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=399"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/historiasvascas\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=399"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}