{"id":1591,"date":"2011-09-25T15:49:53","date_gmt":"2011-09-25T13:49:53","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.deia.com\/inutilmanual\/?p=1591"},"modified":"2011-09-25T15:54:21","modified_gmt":"2011-09-25T13:54:21","slug":"la-iglesia-como-sacramento-en-la-perspectiva-de-piet-ninot","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.deia.eus\/inutilmanual\/2011\/09\/25\/la-iglesia-como-sacramento-en-la-perspectiva-de-piet-ninot\/","title":{"rendered":"La Iglesia como Sacramento en la perspectiva de Piet Ninot"},"content":{"rendered":"<p>LA IGLESIA COMO SACRAMENTO EN LA PERSPECTIVA DE PIET NINOT<\/p>\n<p>Vaticano II, reaccion\u00f3 contra la desafecci\u00f3n espiritual contenida en la expresi\u00f3n \u201cCreer sin pertenecer\u201d presentando una Eclesiolog\u00eda novedosa de corte Comunal-Sacramental que incide en el hecho de que nada de lo humano permanece si no se institucionaliza: Inicialmente forjada en la cotidianidad eclesial sin otro aval que la Tradici\u00f3n y la costumbre, previo esbozo sint\u00e9tico de la Teolog\u00eda acad\u00e9mica del XII al abrigo de las incipientes escuelas Franciscana y Dominica, no adquirir\u00eda identidad separada de aquella hasta el XIV cuando fue trabajada por expertos como Romano y Vitervo, cuyo potencial empero, se diluir\u00eda entre los distintos avatares hist\u00f3ricos. <\/p>\n<p>Y es que, aquellos incipientes tratados nacidos entre las tensiones medievales del Poder regio con el Papal de Bonifacio VIII con Felipe El Hermoso heredadas de la Reforma Gregoriana y la amenaza espiritual de C\u00e1taros y Husitas, adoptaron un marcado tono justificador apolog\u00e9tico para fortalecer el estatus Teol\u00f3gico-Pol\u00edtico de Roma, fundamentado en el Derecho Romano y la redescubierta Pol\u00edtica de Arist\u00f3teles que relegaron la apertura sacramental sine die, como la \u201cEclesi\u00e1stica potestate\u201d de Romano donde se identifica la Iglesia con el Papa, los textos de Vitervo quien apoyado en las tesis agustinianas de la Primac\u00eda del Reino de Dios y la Aristot\u00e9licotomista del Derecho Natural del Estado, elev\u00f3 al Papa a la categor\u00eda de Vicario de Cristo, o la c\u00e9lebre ocurrencia de Triunfo que asign\u00f3 al Papado nombre de jurisdicci\u00f3n, f\u00f3rmulas que unidas a las \u201cDecretales\u201d de Graciano (XII) confiri\u00f3 a Roma la forma de una monarqu\u00eda jurisdiccional en detrimento de su imagen como Cuerpo de Cristo. A ello contribuy\u00f3 tambi\u00e9n, el Cisma de Occidente, pues la controversia entre el Papa y los Pr\u00edncipes, ahora se reeditar\u00eda en clave interna frente al Concilio para reforzar su figura ante la colegialidad postulada por Oriente. Y aunque hubo esfuerzos para buscar cierta mutua comprensi\u00f3n y reconocimiento (Lyon, Florencia) tras la ca\u00edda de Constantinopla (1453) el asunto se enquist\u00f3 definitivamente, abri\u00e9ndose paso las tesis papistas de autores como Torquemada y sonando sospechosa toda obra conciliarista como la de Segovia. Con la Reforma, aquellas tensiones pasaron a la esfera interconfesional donde la Eclesiolog\u00eda centrar\u00eda sus esfuerzos apolog\u00e9ticos en determinar la Iglesia verdadera en su visibilidad frente a la invisibilidad Protestante, como se aprecia en Belarmino quien en \u201cDe controversias\u201d subraya esta caracter\u00edstica precisando las condiciones sine qua non para la pertenencia como, participar de una misma Fe, de unos mismos Sacramentos y someterse a la jerarqu\u00eda Romana. As\u00ed, apostando por la formulaci\u00f3n Niceno-constantinopolitana, jerarquizando todav\u00eda m\u00e1s su estructura con medidas como la organizaci\u00f3n de la Curia (1588) la Oficialidad de la Vulgata (1592)\u2026que a la postre arribar\u00edan a un Papa separado de los Obispos en el XVIII, la Eclesiolog\u00eda discurri\u00f3 por la triple v\u00eda de la historicidad, el empirismo y las notas que fue la de mayor aceptaci\u00f3n, culminando el proceso la publicaci\u00f3n del C\u00f3digo 1917 que asum\u00eda plenamente la corriente codificadora napole\u00f3nica y donde la espiritualidad aparecer\u00eda del todo disociada del derecho. <\/p>\n<p>Es esta trayectoria, la que interrumpe Vaticano II con su Eclesiolog\u00eda Sacramental de Comuni\u00f3n que nos remite a la Iglesia de Ignacio de Antioquia, concebida como Comunidad de Santos, donde aparecen primeramente citados los tres Grados del Orden, a saber: Obispo, Presb\u00edtero y Di\u00e1cono, as\u00ed como la Catolicidad de la Iglesia en su doble sentido: frente a localismos y de totalidad, y a  Roma presidiendo la Comunidad del Amor, exenta de judicialismos adoptados con la Reforma Gregoriana, aportaciones en las que puede apreciarse cierta l\u00ednea colegial del episcopado posteriormente truncada;  Y a la Segunda Carta de Clemente a los Corintios o al Pastor de Herbas, donde la imagen de la \u201cIglesia Madre\u201d ya aparec\u00eda esbozada en una Iglesia presentada como mujer en paralelo con Jes\u00fas var\u00f3n, idea sintetizada por Tertuliano en la f\u00f3rmula \u201cLa Se\u00f1ora Madre Iglesia\u201d de la que Cipriano concluir\u00e1 que los herejes est\u00e1n hu\u00e9rfanos, abriendo con ello la dimensi\u00f3n eclesi\u00f3logica de la Fraternidad. Mas, es a San Agust\u00edn, a quien debemos su m\u00e1s elaborada difusi\u00f3n: Sin perder de vista su referente hist\u00f3rico-biol\u00f3gico de su madre Santa M\u00f3nica, presenta a la Iglesia como engendradora de hijos trazando el paralelo con la Virgen Mar\u00eda, pensamiento posteriormente enriquecido por Isidoro de Sevilla o Veda el Venerable que observ\u00f3 que la Iglesia engendra a la Iglesia y que llevar\u00eda a Gregorio VII a proclamarla \u201cMater et Magistra et Domina\u201d En cuanto a la Sacramentalidad, tiene su origen en Jn 19,34 donde el agua y la sangre mana del costado del Cristo crucificado, s\u00edmbolos del Bautismo y la Eucarist\u00eda. Ya en Ef 4, se relacionan Unidad eclesial con Bautismo. Este permite ingresar en el Arca de Noe, identificaci\u00f3n que permiti\u00f3 a Jer\u00f3nimo exclamar \u00a1Fuera de la Iglesia no hay Salvaci\u00f3n! Especial relevancia tuvo la advertencia agustiniana a los donatistas de que es Cristo y no los m\u00e9ritos humanos qui\u00e9n da valor al Sacramento. Pero ser\u00e1 el sello escol\u00e1stico el que dote a los fieles bautizados de derechos como participar en los Sacramentos, vivir en la Fe, etc. Por lo que concierne a la Eucarist\u00eda en relaci\u00f3n con la Comuni\u00f3n eclesial ya recogida en la Primera Carta a los Corintios es contemplada por diversos autores como una relaci\u00f3n causa-efecto, medio-fin, hasta cristalizar en la expresi\u00f3n \u201cCuerpo M\u00edstico de Cristo\u201d a la que Santo Tom\u00e1s adjudicar\u00eda la realidad \u00faltima sacramental de la Eucarist\u00eda en la que opera y significa. Finalmente, pero que no alcanzar\u00e1 su inmediata explicaci\u00f3n por lo comentado anteriormente; Respecto a la Ordenaci\u00f3n, es Hip\u00f3lito quien transmite el primer ritual de Tradici\u00f3n Apost\u00f3lica donde los obispos son presentados como sucesores leg\u00edtimos directos de los Ap\u00f3stoles, dotados de la misma Gracia con la que aquellos fueron investidos por Jes\u00fas. Hasta Santo Tom\u00e1s, el Orden todav\u00eda apuntaba a la acci\u00f3n sacramental; Sin embargo, tras la furia nominalista, dicha ligadura ontol\u00f3gica se perdi\u00f3, siendo precisamente reclamada por Lutero. Y as\u00ed fue, mientras el endurecimiento progresivo de la perspectiva jurisdiccional imposibilit\u00f3 su normal desarrollo, hasta bien entrado el XIX, momento en el que distintos autores como M\u00f6hler o Mewman rescataron para la reflexi\u00f3n la naturaleza humano-divina de Cristo, introdujeron el debate de la presencia laica en la Iglesia, labor continuada por Sheeben y Gr\u00e9a que rese\u00f1aron el Misterio que representa la realidad eclesial y que en conjunto, permitieron que durante el XX en periodo interconciliar, se arribara a una situaci\u00f3n madura y receptiva para con una Eclesiolog\u00eda trabada en el Cuerpo M\u00edstico de Cristo, Pueblo de Dios y Sacramento como la emergida en Vaticano II.<\/p>\n<p>Vaticano II Doctrina verdadera e inmudable para Juan XXIII y Pablo VI, acontecimiento cat\u00e1rtico para Alb\u00e9rigo, Concilio de transici\u00f3n para Potmayer, fin y comienzo de una etapa eclesial para Bl\u00e1zquez\u2026el caso es que permiti\u00f3 el entendimiento entre las distintas sensibilidades teol\u00f3gicas de j\u00f3venes como Razzinger o K\u00fcng con autores consagrados como Congar, Rahner y Philips, cuyo resultado alumbr\u00f3 cuatro Constituciones que tienen como sujeto a la Iglesia pudi\u00e9ndose sintetizar su contenido en la opci\u00f3n por una Iglesia comunal (LG) la primac\u00eda de la palabra de Dios en la Iglesia (DV) la centralidad de la Liturgia y la Eucarist\u00eda (SC) y el di\u00e1logo amistoso con el mundo contempor\u00e1neo (GS) que ha de interpretarse bajo la clave eclesiol\u00f3gica conciliar de la \u201cComuni\u00f3n Jer\u00e1rquica\u201d f\u00f3rmula precedida en el texto por la Ordenaci\u00f3n y consagraci\u00f3n episcopal explicitando con ello la causa-origen y la condici\u00f3n de su ejercicio, integrando y superando la Subordinaci\u00f3n Jer\u00e1rquica ofrecida por Vaticano I, aunque para autores como Kasper, la soluci\u00f3n sea de compromiso e insatisfactoria, opini\u00f3n que no comparto. B\u00fasqueda de renovaci\u00f3n para Benedicto XVI, el Concilio dej\u00f3 camino por recorrer durante el Tercer Milenio para su antecesor Juan Pablo II como la Eclesiolog\u00eda de Comuni\u00f3n, Colegialidad, ejercicio del Primado, Eclesialidad de otras Iglesias, Evangelizaci\u00f3n, laicado, Vida Consagrada, Mariolog\u00eda, Sinodalidad y Relaci\u00f3n Iglesia Mundo, d\u00f3nde Vaticano II funciona como br\u00fajula.<\/p>\n<p>La relaci\u00f3n entre Jes\u00fas y la Iglesia, cuesti\u00f3n fundamental para el Cristianismo, ya aparece tratada  en los Evangelios y el NT con el acontecimiento de Pentecostes y sobre todo en los testos Paulinos. Sin embargo, es a partir de Ambrosio y Agust\u00edn, cuando el tema cobra relieve teol\u00f3gico de corte sacramental a la luz de Jn con el agua y la sangre manando del costado del se\u00f1or, imagen simb\u00f3lica cuya fuerza a perdurado hasta el mism\u00edsimo VtII. M\u00e1s adelante, se suma la discusi\u00f3n sobre la elecci\u00f3n de los Ap\u00f3stoles y sobre todo la elecci\u00f3n de Pedro como iniciadores de la Jerarqu\u00eda eclesi\u00e1stica.  A su vera, por influencia del pensamiento jur\u00eddico, apareci\u00f3 el Derecho Divino que garantizaba la transmisi\u00f3n de la Fe. Mas no fue hasta el periodo Ilustrado que Jes\u00fas apareciera como Principio fundante de la Iglesia aunque debi\u00f3 esperar a los documentos magisteriales de 1907 cuando se afirmase con rotundidad  que la Iglesia fue instituida directa e inmediatamente por Cristo mismo, mientras viv\u00eda hist\u00f3ricamente entre nosotros.. VtII le imprimi\u00f3 un sentido salv\u00edfico y tras el Concilio, nuevos documentos versan sobre la cuesti\u00f3n intentando determinar d\u00f3nde y cu\u00e1ndo aconteci\u00f3 el hecho fundante; En lo que ata\u00f1e a la relaci\u00f3n Escritura e Iglesia, la misma fue discutida en Trento y retomada en VtII donde las Escrituras se bastan y la Tradici\u00f3n ejerce s\u00f3lo funci\u00f3n interpretativa, mas para normas y costumbres, las Escrituras deben ser completadas por la Tradici\u00f3n.  Interpretaci\u00f3n de Trento, que permiti\u00f3 a VtII  superar los dualismos de las dos fuentes contrapuestas a la fuente \u00fanica de las escrituras de los Protestantes. En cuanto a la relaci\u00f3n del derecho Divino y Eclesi\u00e1stico, para Agust\u00edn, el primero viene atestiguado en la Escritura, que pese a provenir de la Gracia no suprime el humano procedente de la raz\u00f3n natural como enfatiz\u00f3 Santo Tom\u00e1s. En cualquier caso no deben entenderse estas expresiones de modo restringido a la acci\u00f3n directa del Se\u00f1or que tambi\u00e9n la Iglesia en su acci\u00f3n guiada por el Esp\u00edritu Santo goza de Gracia al respecto la Divina Providencia. Para evitar ambig\u00fcedades, Miller propuso reservar la f\u00f3rmula  Derecho Divino para  los estudios hist\u00f3ricos, Instituci\u00f3n Divina para  la funci\u00f3n Petrina y  Orden Divino para la realizaci\u00f3n hist\u00f3rica del Papado. En este orden de cosas, cobra especial relevancia la fundaci\u00f3n de la Iglesia por Jes\u00fas: Reimarus inici\u00f3 el debate sobre el Jes\u00fas hist\u00f3rico manteniendo que no fue objetivo suyo fundar una Iglesia, sino reestablecer el Reino Dav\u00eddico en Palestina. Ante su fracaso, se propag\u00f3 la otra idea. Ya en el XX para los modernistas del Primer consenso hist\u00f3rico-liberal (1932) con Harmack a la cabeza,  la iglesia apareci\u00f3 como fen\u00f3meno global por influjo de la cultura grecolatina ante la tardanza de la Parus\u00eda. Niegan cualquier iniciativa en este sentido durante la vida de Jes\u00fas; El Nuevo consenso Escatol\u00f3gico-neotestameentario (1942) de autores como Schmidt establece que, el C\u00edrculo Apost\u00f3lico de los Doce, anuncia antes de Pascua la realidad eclesial. entend\u00eda como reuni\u00f3n del Pueblo de Dios por el Mes\u00edas, confirmada por su Resurrecci\u00f3n y Pentecost\u00e9s; A partir de los 60 la Nueva s\u00edntesis habla del Proto-Catolicismo de K\u00e4semann; Ya dentro del Catolicismo, aparece el Nuevo planteamiento que prefiere hablar de Iglesia tras Pentecost\u00e9s, aunque entroncando su realidad con las palabras y hechos de Jes\u00fas; La Nueva s\u00edntesis exeg\u00e9tico-teol\u00f3gica, promulga la Eclesiolog\u00eda impl\u00edcita de Jes\u00fas. Y finalmente, la Iglesia como restauraci\u00f3n del \u00fanico Pueblo de Dios, que subraya la iglesia prePascual con la Iglesia naciente. Del conjunto de esta reflexi\u00f3n, se obtiene una m\u00e1s fiel respuesta a la cuesti\u00f3n de la fundaci\u00f3n que la ofrecida en t\u00e9rminos jur\u00eddicos. En esta l\u00ednea, VtII ofrece un amplio planteamiento teol\u00f3gico de la relaci\u00f3n fundante de Jes\u00fas en LG  bajo el influjo de Cipriano para quien la Iglesia nace de la unidad trinitaria. Tambi\u00e9n se descubre a si misma como designio de salvaci\u00f3n en un proceso hist\u00f3rico de cinco etapas, a saber: convocatoria prefigurada desde el inicio del mundo, preparada en la historia de Israel;  constituida en los tiempos \u00faltimos; manifestada por el esp\u00edritu; Y se consumar\u00e1 al final de los siglos. Pasados veinte a\u00f1os, en el 85, la CTI estableci\u00f3 que: el proceso fundacional de la Iglesia se observa en las promesas del AT, los llamamientos de Jes\u00fas a la oraci\u00f3n, la instauraci\u00f3n de os doce,  diferenciando el rango de Pedro, el rechazo de Jes\u00fas por parte de Israel, la instauraci\u00f3n de la cena, la reedificaci\u00f3n de la comunidad por resurrecci\u00f3n,  el env\u00edo del Esp\u00edritu santo, la misi\u00f3n con los paganos y la ruptura con el juda\u00edsmo.  Ahora bien, que en el \u00e1nimo de Jes\u00fas estuviera una eclesiolog\u00eda impl\u00edcita, no significa que el desarrollo de la misma fuera prefigurado en todos sus extremos. Todo ello permite a la Iglesia mantener que, la instituci\u00f3n en Cristo, el signo externo y la Gracia se corresponden sacramentalmente con la fundaci\u00f3n, el origen y la fundamentaci\u00f3n de la Iglesia en Jes\u00fas. Por ello mismo, la etapa Apost\u00f3lica es decisiva para la Fe y la Eclesiolog\u00eda, relevancia no abordada de modo magisterial hasta que Trento afirmara que la revelaci\u00f3n fue entregada por medio de los Ap\u00f3stoles y conservada por sucesi\u00f3n continua dentro de la Iglesia Cat\u00f3lica perspectiva asentada en Vt I. Pero Vt II le imprimir\u00e1 una visi\u00f3n crsitol\u00f3gica al afirmar que Cristo es mediador y plenitud de toda la Revelaci\u00f3n. y en Dv sin llegar a mantener que la Revelaci\u00f3n est\u00e9 cerrada, en cambio, si se dice que la misma se consuma en Cristo. A la novedad del empleo del t\u00e9rmino Plenitud, Vt II suma hablar de Varones ap\u00f3stoles para no limitar el Apostolado a los doce. Ya sobre el propio t\u00e9rmino de Ap\u00f3stol, conviene resaltar que tiene sentido a partir de la Resurrecci\u00f3n. Hasta entonces se habla de Disc\u00edpulos.  En cualquier caso, el periodo del Apostolado, coincidente en parte con la perge\u00f1anza del NT es de capital importancia para comprender la realidad eclesial. Curiosamente la palabra Iglesia aparece s\u00f3lo tres veces en los Evangelios y siempre en boca de Jes\u00fas, pero puede hablarse sin miedo a anacronismos de una Iglesia Apost\u00f3lica primitiva marcada inicialmente por los tres grandes Ap\u00f3stoles Santiago, Pedro y Pablo a\u00f1os 30-65 y una etapa inmediata post apost\u00f3lica que se cerrar\u00eda a comienzos del siglo II con la Segunda Carta de Pedro.<\/p>\n<p>Vt II observa en la Iglesia Apost\u00f3lica el fundamento y norma para el advenimiento de la entera Cristiandad. Ya durante el periodo Apost\u00f3lico, tras la colecci\u00f3n de nombres asociados a los seguidores de Jes\u00fas como los Disc\u00edpulos, los santos o el Camino, se perfilaba que los mismos participaban de una Com\u00fan Unidad de reminiscencias qunr\u00e1micas la expresi\u00f3n, cuya condici\u00f3n era transmitida por el Bautismo, imponi\u00e9ndose finalmente el uso de Iglesia para su designaci\u00f3n tanto local como general, si bien, sin perder todav\u00eda su marcado car\u00e1cter judeo-cristiano como puede apreciarse en Hch 2,42, donde ya aparecen la oraci\u00f3n, la fracci\u00f3n del pan, la ense\u00f1anza de los Ap\u00f3stoles y la Comunidad de bienes que introdujo la Fraternidad. De ah\u00ed las dificultades de incorporar a gentiles que debi\u00f3 subsanarse con una f\u00f3rmula de compromiso en Pentecost\u00e9s entre las posturas digamos m\u00e1s conservadoras de Santiago y aperturistas de Pablo entre quienes medio Pedro. As\u00ed apareci\u00f3 la diversidad en la Unidad, pues los jud\u00edos cristianos pod\u00edan ser fieles a la Ley y a las ense\u00f1anzas de Jes\u00fas, mientras los gentiles estaban exonerados de aquella. Ello supuso un r\u00e1pido crecimiento de la poblaci\u00f3n gentil, dejando en minor\u00eda a la secci\u00f3n de corte judaica, menguanza que se agudizar\u00eda tras la muerte de los tres Ap\u00f3stoles y la destrucci\u00f3n del Templo y la expulsi\u00f3n de Jerusal\u00e9n, tras la revueltas contra Roma, en las que los cristianos, no participaron muy activamente. Todo ello condujo a que la secta cristiana, apareciera como algo muy distinto y ya atestigua Juan que los cristianos fueron expulsados de las sinagogas.<\/p>\n<p>El desarrollo hist\u00f3rico y comprender que la Parus\u00eda iba para largo, trajo consigo un proceso progresivo de institucionalizaci\u00f3n en la Iglesia Apost\u00f3lica que primero construye a trav\u00e9s del carisma como sucede con Pablo y sus textos, luego desaparecidos los tres Ap\u00f3stoles que estabiliza para organizar la sucesi\u00f3n de autoridad y la transmisi\u00f3n de Fe como puede apreciarse en cartas deuteropaulinas, y que protege  las comunidades como aparece reflejado en las Cartas Pastorales de Timoteo y Tito, preservando la transmisi\u00f3n de la Fe seg\u00fan el formulado por Ireneo Principio de Tradici\u00f3n por sucesi\u00f3n que cristalizar\u00eda en el Ministerio episcopal cuya primera funci\u00f3n ser\u00eda la supervisi\u00f3n y vigilancia que por si sola habla de la transici\u00f3n del apostolado misionero a la estabilizaci\u00f3n postapost\u00f3lica local.<\/p>\n<p>Como se ha dicho, los cristianos fueron designados con infinidad de nombres, antes de referirles a la Iglesia que significa convocatoria en activa y Comunidad en pasiva. Puede decirse que son Pablo y Lucas quienes consagran la expresi\u00f3n pero su acepci\u00f3n desde sus inicios se manej\u00f3 en polisemia pues tanto apuntaba a la comunidad local de una ciudad, como a un conjunto de Iglesias, como a la Iglesia de Dios\u2026Lo de Cat\u00f3lica que significa \u201cseg\u00fan el todo\u201d, se lo debemos a Ignacio de Antioqu\u00eda quien lo manejara con su doble sentido de extensi\u00f3n geogr\u00e1fica de Universal frente a las Iglesias locales y de verdad frente a sectas u herej\u00edas, con sentido de totalidad y completad. La expresi\u00f3n hace fortuna y es recogida por el Credo Nicenoconstantinopolitano, tradici\u00f3n en la que redundar\u00e1n Agust\u00edn, Alberto Magno y Santo Tom\u00e1s, hasta que en el XVI se acent\u00faa m\u00e1s el aspecto geogr\u00e1fico. El Vt II recupera el segundo sentido cualitativo de la Catolicidad al comprender que todos los Pueblos est\u00e1n llamados constituir el Pueblo de Dios, ecumenismo que se aprecia en el documento Catolicidad y Apostolicidad 1979 que matiza la catolicidad no como nota exclusiva de la Iglesia de Roma, sino como cualidad del ser mismo de la Iglesia que existe por y en Cristo. Aunque queda mejor explicado en LG 8 donde la catolicidad como cualidad remite a la Iglesia de Cristo seg\u00fan el s\u00edmbolo, y como confesi\u00f3n que la distingue de otras realidades, como la \u00fanica gobernada por el sucesor de &gt;Pedro en quien Jes\u00fas fundara su Iglesia, lo que no es \u00f3bice para apreciar rasgos de catolicidad en otras Iglesias a parte de la Romana. En cuanto a lo de Iglesia Universal, especialmente desde Gregorio Magno, se distingue entre la Iglesia del inicio de los tiempos y la aparecida desde pentecost\u00e9s a la que nos incorporamos por el bautismo, noci\u00f3n posteriormente enriquecida por la Escol\u00e1stica y que llegar\u00e1 hasta Vt II donde LG habla de la Iglesia Universal como dise\u00f1o divino-trinitario de la Salvaci\u00f3n de toda la humanidad, realidad hist\u00f3rica presente que tiene al Papa como exponente de su unidad y como conjunto de elementos y bienes que conforman y dan vida a la instituci\u00f3n eclesial. En este sentido, es aqu\u00ed donde se materializa y constata la expresi\u00f3n \u201cSubsiste en\u201d que posibilita la Salvaci\u00f3n, pero que tambi\u00e9n constata el hecho de que, ciertamente la separaci\u00f3n confesional de las Iglesias cristianas no es un obst\u00e1culo para su Unidad, pero s\u00ed para su tarea Universal. Esta l\u00ednea ha sido ratificada por la Unum Sint (1995) donde declara abiertamente que fuera de la unidad cat\u00f3lica, no existe el vac\u00edo eclesial.<\/p>\n<p>Vt II ancla su eclesiolog\u00eda en destacados nombres recibidos por la Iglesia en la Tradici\u00f3n, a saber: Pueblo de Dios, f\u00f3rmula pr\u00f3diga en el NT que hunde sus ra\u00edces en la alianza del AT \u201c Vosotros ser\u00e9is mi pueblo y yo ser\u00e9 vuestro Dios\u201d  Fue tambi\u00e9n empleada con profusi\u00f3n por la Patri\u00f3tica antenicena, luego por Agust\u00edn\u2026hasta Lutero la tomar\u00eda como caracter\u00edstica de su eclesiolog\u00eda para reforzar el sacerdocio de todos los bautizados. Por su aprte, Vt II retoma la expresi\u00f3n con fuerza situando en LG el cap\u00edtulo dedicado al Pueblo de Dios, por delante del dedicado a la Jerarqu\u00eda, hecho revolucionario que seg\u00fan la CTI (1985) ha designado la Eclesiolog\u00eda del Concilio; Respecto a la expresi\u00f3n Cuerpo de Cristo, fue creada por Pablo para significar la participaci\u00f3n y Comuni\u00f3n en la Fe de Cristo, cosa posible a trav\u00e9s del Bautismo, que hace del fiel perteneciente al cuerpo de Cristo que hace de cabeza, como explica en Col1,18 y Ef 1,23 y aplicada desde la Carta de Clemente e Ignacio de Antioqu\u00eda. Es a partir del IX cuando se le a\u00f1ade el adjetivo \u201cM\u00edstico\u201d y a partir de los tratados de Vitervo y compa\u00f1\u00eda, la idea de una Iglesia como cuerpo empieza a sonar casi a corporaci\u00f3n\u2026contra la que reaccionaron corrientes espiritualistas protestantes. La LG de Vt II retoma esta vertiente; Finalmente, la Iglesia Comuni\u00f3n de Santos, halla su fundamento mas que en textos en el quehacer diario de una fraternidad en el amor de Cristo. La f\u00f3rmula aparece por primera vez en el Credo Apost\u00f3lico que posteriormente Santo Tom\u00e1s traducir\u00eda por Comunidad de bienes, que la Contrareforma remitir\u00eda a Jn 1,3, siendo su primera menci\u00f3n expl\u00edcita en el Magisterio de manos de Leon XIII a comienzos del XX, pues era una expresi\u00f3n sospechosa por ser cara a la ortodoxia oriental. Tras Vt II Pablo VI la limita al \u00e1mbito eclesiol\u00f3gico y el Catecismo de 1992 que abunda en su doble acepci\u00f3n de Comunidad de bienes y de personas Santas. De hecho el creyente se realiza en la Fe basnado su relaci\u00f3n con Dios en la Com\u00fan participaci\u00f3n de los Sacramentos; Por \u00faltimo, la Dei Verbum, habla de la Iglesia como Tradici\u00f3n viviente en el sentido de Trento de transmitir todo cuanto no est\u00e1 atestiguado en la Escritura, pero introduce la novedad de tomar la Tradici\u00f3n tambi\u00e9n como la transmisi\u00f3n de toda la Revelaci\u00f3n, de cuyo dep\u00f3sito la Iglesia Cat\u00f3lica es su custora, transmitiendo todo lo que ella es por medio del Magisterio, la administraci\u00f3n de los Sacramentos, la catequesis\u2026<\/p>\n<p>Vt II, pas\u00f3 de una eclesiolog\u00eda societaria est\u00e1tica a una Sacramental en clave relacional, recuperando la Sacramentalidad eclesial por su condici\u00f3n mediadora de Salvaci\u00f3n, idea apuntada ya en la Didaj\u00e9 oriental del 70 que habla de \u201cEl Misterio c\u00f3smico de Cristo\u201d idea en la que redunda Agust\u00edn designando a Cristo como \u00fanico Misterio o Sacramento y a la misma Iglesia como Gran Sacramento. Esta perspectiva llega hasta Santo Tom\u00e1s y Lutero. Ya en Vt I,  Duchamps incide en que el signo universalmente reconocible es la Iglesia. Con todo, pese al uso del modismo, mucho se debi\u00f3 trabajar antes y durante el Concilio para sacar adelante el planteamiento en sus tres formulaciones; Iglesia como Sacramento de Cristo, de Unidad y Universal de Salvaci\u00f3n de la Humanidad y el Mundo, que trasluce una Eclesiolog\u00eda relacional con diversas sensibilidades teol\u00f3gicas como la cristol\u00f3gica, escatol\u00f3gica, soteriol\u00f3gica, universal\u2026expresando la doble dimensi\u00f3n eclesial humana y divina, visible e invisible, haciendo m\u00e1s inteligible la funci\u00f3n mediadora de la Iglesia y por ende, su Sacramentalidad, de cara a la Salvaci\u00f3n. As\u00ed, se recupera tambi\u00e9n en positivo el axioma \u201cFuera de la Iglesia no hay Salvaci\u00f3n\u201d a la que todo el g\u00e9nero humano est\u00e1 llamado, pues todos estamos invitados a pertenecer sin reservas al Pueblo de Dios. es m\u00e1s la Salvaci\u00f3n llega a quienes sin culpa suya, no conocen todav\u00eda a Cristo pero se conducen en la vida buscando a Dios con coraz\u00f3n sincero\u2026doctrina de Amor que se fundamenta en que Jes\u00fas muri\u00f3 en la Cruz por todos los hombres. Pero la Sacramentalidad salifica universal tiene car\u00e1cter escatol\u00f3gico propio del \u00a1Ya! Pero todav\u00eda no, cuya tensi\u00f3n entre la historia de Salvaci\u00f3n y la universal autores como Von Baltasar han buscado superar al hablar de Cristo como Universal concreto, que es extensible a la Sacramentalidad de la Iglesia, por otra parte, categor\u00eda teol\u00f3gica hermen\u00e9utica que permite expresar la econom\u00eda reveladora centrada en Jes\u00fas, Sacramento originario, a trav\u00e9s de su Iglesia, Sacramento fundamental y de cada uno de los Sacramentos concretos, cuyas caracter\u00edsticas son: part\u00edcipe de una epistemolog\u00eda realista y mediata basadas en la transcendencia e inmanencia; de una ontolog\u00eda relacional que une los aspectos hist\u00e9rico-hist\u00f3ricos de la Iglesia procedente de Dios y la formada por hombres; y cuenta con las tres dimensiones del Sacramento, esbozadas por Santo Tom\u00e1s, cu\u00e1les son, el signo exterior, la realidad teol\u00f3gica \u00faltima y el signo interior, si bien a la hora de interpretarlo hay distintos pareceres como el de Martimort, Congar, Tena, Veinert, etc, que ponen el acento sobre tal o cual aspecto. De sus matizaciones ha bebido la LG donde se recogen elementos para las tres dimensiones de la Sacramentalidad, como realidad de filiaci\u00f3n divina, como Comunidad de creyentes en Cristo y como sociedad eclesial. <\/p>\n<p>Trento que defini\u00f3 el Sacramento como la forma visible de la Gracia invisible respondi\u00f3 magistralmente al subjetivismo luterano con la f\u00f3rmula Por la misma obra realizada que la presencia salv\u00edfica de Cristo se da en todos los Sacramentos, posici\u00f3n actualizada a comienzos del XX por la Teolog\u00eda de los Misterios de O Casel que introdujo el concepto de Presencia que habla de Sacramento sin necesidad de enredarse con su tradici\u00f3n significativa, asumiendo l\u00edneas personalistas fenomenol\u00f3gicas que subrayan la proximidad generada, acepci\u00f3n reflejada en la Enc\u00edclica Mediator Dei de Pio XII (1947) y se recogi\u00f3 en Vt II al tratar la liturgia y en LG. Fue en la Enc\u00edclica Mysterium Fidei de Pablo VI donde se apunt\u00f3 que aun siendo real la presencia de Cristo en todos y cada uno de los Sacramentos, es por antonomasia la Eucarist\u00eda donde acontece m\u00e1s expl\u00edcitamente. Los modos en que Cristo est\u00e1 presente en su iglesia que ruega, rogando por nosotros cual sacerdote, en su Iglesia que realiza buenas obras, haciendo \u00e9l a trav\u00e9s nuestro, en su Iglesia peregrina habitando en nuestros corazones por la Fe, en la Iglesia que predica, siendo Evangelio y palabra de Dios \u2013 esta es una novedad introducida por Vt II -, en la Iglesia que gobierna al Pueblo de Dios, siendo Pastor de Pastores, y de forma sublime est\u00e1 presente en la eucarist\u00eda. De todo lo anterior se sigue en s\u00edntesis que, la Iglesia es Sacramento por la presencia sacramental de Cristo en, las personas bautizadas y ordenadas en ella, y los diversos signos eclesiales,  Finalmente se ha de observar que Vt II no cae en una concepci\u00f3n nominalista justamente denunciada por Lutero, antes hunde sus ra\u00edces en la visi\u00f3n patr\u00edstica de Cipriano, no d\u00e1ndose en ella la uni\u00f3n hipost\u00e1tica, pues como bien advirtiera Agust\u00edn, en la Iglesia hay pecado, mientras en Jes\u00fas, no es posible tal.<\/p>\n<p>La filiaci\u00f3n divina ampliamente desarrollada por Pablo y Juan as\u00ed como atestiguada por los sin\u00f3pticos, tambi\u00e9n apuntada por Trento y la fraternidad humana, conforman la realidad teologal \u00faltima de la Iglesia Sacramento que distingue y articula el signo, con su realidad significada, adem\u00e1s de su sentido y efecto teologal \u00faltimo que es el Don de Dios. En este sentido, conviene tener presente la observaci\u00f3n de los Padres que se refer\u00edan a la Iglesia como Luz de Luz, o sea, Cristo en cuanto Luz de las naciones, ilumina a la Iglesia que como la Luna refleja dicha luz. De este modo, Vt II pudo hablar de Cristo como mediador rescatando el enfoque de Alberto Magno y Santo Tom\u00e1s y plenitud de Revelaci\u00f3n cuya \u00fanica menci\u00f3n Magisterial se remonta escasamente a la Enc\u00edclica contra el nazismo de Pio XI  donde se dice expresamente \u201c Cristo es la plenitud de la Revelaci\u00f3n divina.<\/p>\n<p>Vt II tambi\u00e9n recurre al tema tradicional desde el justo Abel hasta el \u00faltimo elegido para ilustar la acci\u00f3n salv\u00edfica del Padre, haciendo frente as\u00ed a la tendencia creciente por intentar separar el reino de Dios de la historia de la Iglesia, porque para Vt II la Iglesia constituye el germen y comienzo del Reino en la Tierra, al que por su condici\u00f3n Sacramental est\u00e1 subordinada y a su servicio.<\/p>\n<p>La Eclesiolog\u00eda Teol\u00f3gica de Santo Tom\u00e1s desde el punto de vista de Dios por tener en \u00e9l su principio y fin, capacita para tomar la Iglesia como obra y efecto de la Gracia, concretamente la del Esp\u00edritu Santo que la gu\u00eda en la Ley Nueva a la que remite la Comuni\u00f3n de los Santos y no tanto su organizaci\u00f3n externa secundaria, planteamiento posteriormente asumido por Lutero que apuntaba m\u00e1s hacia una Eclesiolog\u00eda espiritual. <\/p>\n<p>Precisamente, con la Eclesiolog\u00eda Sacramental de Vt II se introduce un equilibrio entre el aspecto visible y el espiritual de la Iglesia permitiendo la v\u00eda ordinaria de Salvaci\u00f3n en la historia Enc\u00edclica Redemptoris Missio (1990) cuya realidad se presenta necesaria dado que nada de lo humano permanece si no se institucionaliza como ocurre en el caso de la transmisi\u00f3n de la Fe donde la categor\u00eda eclesiol\u00f3gica de Comuni\u00f3n Kehl la enmarca desde un enfoque habermasiano de la Acci\u00f3n comunicativa que como subraya LG, 8, est\u00e1 al servicio del Esp\u00edritu de Cristo que vivifica las instituciones eclesiales. Y ciertamente, como observa Congar, la desafecci\u00f3n comentada en cap\u00edtulos anteriores, tiene mucho de cr\u00edtica hacia el plano institucional, aspecto sociol\u00f3gico fundamental que pone en relaci\u00f3n al individuo con el mundo, cuyos tres rasgos concretos de la Iglesia instituci\u00f3n son: como signo identificador, integrador y liberador del esp\u00edritu de Cristo, realidad visible que libera al creyente de tener que confeccionarse en todo momento su propia realidad religiosa experiencial, realidad teologal que es raz\u00f3n de ser \u00faltima de su Misi\u00f3n expresada en su doble dimensi\u00f3n  de comunidad y sociedad partiendo de la filiaci\u00f3n y Fraternidad en Cristo &#8211; ya comentadas en otros cap\u00edtulos \u2013 relevancia apreciada por Vt II en su calificaci\u00f3n de la Iglesia como Comunidad que remite a una Eclesiolog\u00eda de Comuni\u00f3n, en la que el Pueblo de Dios articula su pertenencia en forma y grado como aparece en LG 9-17 comenzando por los cat\u00f3licos cuyos miembros est\u00e1n ligados por tres v\u00ednculos, cu\u00e1les son: 1\u00ba el simb\u00f3lico o profesi\u00f3n de Fe, inspirado en Carta a los Romanos donde se aborda la dimensi\u00f3n externa por la boca o interna en el coraz\u00f3n, tomando como paradigma la confesi\u00f3n del mismo Jes\u00fas ante Poncio Pilatos que finalmente cristaliza en el Credo cuyo contenido es contemplado en Vt II bajo la \u00fatil \u00f3ptica de la Jerarqu\u00eda de verdades que permitir\u00e1 un debate posterior sobre f\u00f3rmulas breves de Fe y a Pablo VI reformular un nuevo Credo; 2\u00ba el lit\u00fargico o Sacramental tambi\u00e9n con fuerte raigambre Neotestamentaria en la \u00faltima cena o el cap\u00edtulo de Jn del agua y la sangre, contemplados por Vt II como la principal comunicaci\u00f3n de vida y Salvaci\u00f3n a los creyentes, incluido el Misterio de la Palabra, pero preservando a la Eucarist\u00eda un lugar central junto al Bautismo en la Unidad; y 3\u00ba el jer\u00e1rquico o de Comuni\u00f3n que en el NT es referido a la Diacon\u00eda o servicio remitida a los Ap\u00f3stoles, Profetas, Doctores\u2026y que encuentra en San Agust\u00edn su resoluci\u00f3n cuando afirma eso de \u201cPara vosotros soy Obispo, con vosotros cristiano\u201d o la esclarecedora sentencia de Bernardo de Claraval \u201cPreside para servir\u201d pudi\u00e9ndose encontrar los mismos en la base Neotestamentaria ofrecida por Hechos de los Ap\u00f3stoles al tratar la unidad en la Fe en la ense\u00f1anza apost\u00f3lica, en la forma de vida comunitaria y en la fracci\u00f3n del pan, motivos igualmente subrayados Tertuliano y con posterioridad por Bernardo de Claraval, entre muchos otros\u2026siguiendo con los cristianos no cat\u00f3licos que adolecen de alguna de las notas \u2013 comentadas en otro cap\u00edtulo &#8211; luego los no cristianos descritos como quienes todav\u00eda no han recibido el Evangelio, para concluir con la Misi\u00f3n global de la Iglesia \u2013 ya tratada en otro cap\u00edtulo. <\/p>\n<p>El nuevo enfoque de Vt II con la Eclesiolog\u00eda de Comuni\u00f3n que habla de plena, \u00edntegra, no plena, no perfecta, as\u00ed como ordenaci\u00f3n, orientaci\u00f3n, integraci\u00f3n y pertenencia, que sustituyen la est\u00e1tica palabra \u201cMiembro\u201d infunde dinamismo y car\u00e1cter procesal al conjunto eclesial. Como puede apreciarse, los diversos grados de plenitud hacia la Comuni\u00f3n eclesial, describe un esquema de c\u00edrculos conc\u00e9ntricos, posteriormente enriquecido con la novedosa aportaci\u00f3n de Pablo VI al hablar de Pertenec\u00eda inicial o parcial a la Iglesia, l\u00ednea en la que merece ser mencionada la tipolog\u00eda elaborada por los Obispos de Navarra y Pa\u00eds vasco que hablan de adhesi\u00f3n renovada, fiel, silenciosa, cr\u00edtica, tensa, dolorida, nost\u00e1lgica, (separada), desvanecida, inexistente, as\u00ed como los cinco sectores que describe Gabriel, a saber: el fundamentalista, parroquista, latente, organizado y movimentista. En este sentido, varios autores han reflexionado para hallar salidas que reconcilien las distintas formas de vivir la Iglesia y la espiritualidad, as\u00ed Rahner habla de la necesidad de una Iglesia abierta, Congar apunta hacia una Iglesia Umbral catecumenal y Dianich redunda en la Jerarqu\u00eda de verdades y la Fe impl\u00edcita de Santo Tom\u00e1s, para postular una Pertenencia d\u00e9bil. <\/p>\n<p>Vt II subraya que para la Iglesia, en virtud de nuestro nuevo nacimiento en Cristo, todos tenemos la misma dignidad, lo que no es \u00f3bice, para que se conduzca con diversos Dones jer\u00e1rquicos y carism\u00e1ticos de las que se siguen distintas condiciones de vida como la del laicado, el Ministerio pastoral o la consagrada. As\u00ed, LG10, distingue el Sacerdocio com\u00fan enraizado en el Bautismo del Ministerial o Jer\u00e1rquico, si bien, como apunta la CTI complement\u00e1ndose ya que se ordenan el uno al otro: La Teolog\u00eda del laicado fue decisiva en Vt II pues al enmarcarse en el Pueblo de Dios, pas\u00f3 de objeto-s\u00fabdito a sujeto-protagonista, trayendo consigo la aparici\u00f3n de nuevos movimientos neocatecumenales como los Kikos, Focolares, etc, cuya com\u00fan caracter\u00edstica es englobar la entera vida de sus miembros bajo el carisma fundacional integrando tanto a ordenados, como a consagrados y laicos, abriendo el debate del papel de estos \u00faltimos en la Iglesia ya planteado con anterioridad conciliar por Congar y Philips que posibilit\u00f3 la definici\u00f3n en LG31 del laico como todo cristiano excepto ordenado o consagrado siendo la \u00edndole secular de suyo propio potenciada en lo que se ha dado en llamar Iglesia dom\u00e9stica para englobar la familia y el Sacramento del matrimonio mas, participando en el triple Ministerio salvifico de Cristo, Profeta, Sacerdote y Rey-Se\u00f1or al igual que sucediera en el caso episcopal, presbiteral y diaconal, encontrando en el Nuevo C\u00f3digo de Derecho Can\u00f3nico su plasmaci\u00f3n conciliar m\u00e1s significativa.<\/p>\n<p>La anterior Teolog\u00eda del laicado, estaba muy ligada al asociacionismo apost\u00f3lico de Acci\u00f3n Cat\u00f3lica en todas las esferas de la vida tanto escolar, como sindical, pol\u00edtico, cultural\u2026porque como dir\u00eda Gramsci \u201cEn la actualidad la Iglesia no puede contentarse con tener s\u00f3lo sacerdotes\u201d en pos de su misi\u00f3n evangelizadora, dar mayor protagonismo a los creyentes de base, fortalecer su estructura asociativa y relaci\u00f3n armoniosa con la Jerarqu\u00eda. En s\u00edntesis, la teolog\u00eda conciliar, describe el laicado como condici\u00f3n sacramental de servicio, dimensi\u00f3n carism\u00e1tica de libertad, testimonio evangelizador en el mundo y pertenencia eclesial de corresponsabilidad, presentando la Misi\u00f3n del laico, como signo de la Iglesia en el mundo, asumiendo como suya la Iglesia en el grado que les corresponde sus funciones, por medio de los Ministerios que les sean confiados convirti\u00e9ndose en un tercer polo eclesial comprometido con la Iglesia Sacramento, con cierta autonom\u00eda aludida en Vt II GS36 respecto a las realidades temporales en el matrimonio, familia, trabajo, profesi\u00f3n, cultura, pol\u00edtica, social\u2026lugares en los que el laico realiza su vida, que puede y debe reforzarse con su involucraci\u00f3n en la acci\u00f3n misionera de la Iglesia tarea que debe hacerse no sin el suficiente conocimiento.<\/p>\n<p>En cuanto al Ministerio Pastoral, episcopal, presbiteral, se incide en su labor de servicio y diacon\u00eda, En Trento ya se trat\u00f3 la necesidad de un Ministerio diferenciado del de la Palabra y el Bautismo. Sin embargo, LG, representa el primer texto conciliar en el que el Magisterio se pronuncia sobre el Sacerdocio com\u00fan de los fieles en relaci\u00f3n expl\u00edcita con el Sacerdocio ministerial. Para evitar confusiones, conviene recordar que la palabra Sacerdocio en NT reservaba su uso para la tarea mediadora de Cristo entre Dios y la humanidad, perspectiva presente en la Carta a los Hebreos y Primera Carta de Pedro, mientras que al referirse a Ob\u00edspos, Presb\u00edteros o Di\u00e1conos, habla de Ministros, validaci\u00f3n que hace Vt II al emplear indistintamente ambas f\u00f3rmulas. Por lo referente a la Potestad Sacramental, concepto ajeno a la tradici\u00f3n jur\u00eddico-canonista del Canon de 1917 eludiendo as\u00ed sus implicaciones de poder de orden y poder de jurisdicci\u00f3n radicada en la participaci\u00f3n que Jes\u00fas hizo a los Ap\u00f3stoles de su Potestad \u2013 tema tratado en otro cap\u00edtulo \u2013 se le a\u00f1ade la novedosa formulaci\u00f3n de Comuni\u00f3n jer\u00e1rquica aplicada a los Obispos en LG y a los Presb\u00edteros en PO con la que Vt II pretend\u00eda mediar entre el Colegio episcopal y el Primado infalible de Vt I, pero como dir\u00eda Kasper, de modo algo insatisfactorio. En este orden de cosas, debe se\u00f1alarse la solemne afirmaci\u00f3n conciliar sobre el episcopado como plenitud del Sacramento del Orden LG 21, recuperando la visi\u00f3n m\u00e1s antigua del Obispo como sucesor de los Ap\u00f3stoles, de la que mana la Caridad Pastoral. Del diaconado se trata en LG29, donde se le restablece como grado ministerial y abierto a hombres casados. En cuanto al Sacerdocio femenino, Juan Pablo II en Ordinatio Sacerdotalis 1994, declar\u00f3 que la Iglesia no tiene la facultad de conferir el Sacerdocio a las mujeres.<\/p>\n<p>Las diversas condiciones de vida en la Iglesia, viene determinada en relaci\u00f3n a la condici\u00f3n Sacramental, pudi\u00e9ndose diferenciar tres formas sinodales: La corresponsabilidad de todo el Pueblo de Dios en funci\u00f3n de su Ministerio com\u00fan, la cooperaci\u00f3n presbiteral con el obispo y la Colegialidad episcopal, mas debe tenerse en cuenta que la Iglesia no es un Parlamento, ni como bien advirti\u00f3 Ratzinger ha de caer en el parlamentarismo, dado que hay un dep\u00f3sito de la Fe confiado desde Jes\u00fas a trav\u00e9s de los Ap\u00f3stoles y la cadena de Obispos.<\/p>\n<p>Ha sido preciso esperar al siglo XX para que un Concilio se ocupase de la vida Consagrada que no es una condici\u00f3n intermedia entre el clero y el laico, remiti\u00e9ndolo a las pr\u00e1cticas evang\u00e9licas de la virginidad o celibato, castidad, pobreza, vida com\u00fan fraterna, etc, que goza de la exenci\u00f3n can\u00f3nica dentro de la Comuni\u00f3n eclesial que tiene su remoto origen en el Monasterio de Bobbio que recibi\u00f3 del Papa Honorio una exenci\u00f3n al respecto, aunque es a partir de Cluny, cuando esta novedad se expande y regulariza facultando a quienes la reciben para cierta autonom\u00eda s\u00f3lo limitada bajo la tutela Papal.<\/p>\n<p>El polis\u00e9mico empleo de la expresi\u00f3n Iglesia Local en Vt II va desde la referencia a la Di\u00f3cesis, hasta las iglesias cat\u00f3licas de rito distinto a la Latina, pasando por Parroquia, Iglesia particular, etc,  Conviene entonces, hacer presentes los elementos de la Iglesia Local, cu\u00e1les son: el elemento fundamental una porci\u00f3n del Pueblo de Dios, elementos gen\u00e9ticos referidos al elemento trascendente el Esp\u00edritu Santo y los elementos visibles sacramentales el Evangelio y la eucarist\u00eda, elemento ministerial el Obispo con su presbiterio, elemento determinativo circunscrito a una zona geogr\u00e1fica. Su aportaci\u00f3n m\u00e1s novedosa, radica en reivindicar para la Iglesia Local un papel m\u00e1s activo sac\u00e1ndola de la mera delegaci\u00f3n de la Iglesia Universal que hab\u00eda venido siendo. Su territorialidad ven\u00eda siendo determinada por el territorio confiado a un Obispo, definici\u00f3n que se complica con la administraci\u00f3n castrense y sobre todo el tema de las Prelaturas personales de las que no parece muy partidario el autor.<\/p>\n<p>Vt II ha revalorizado la Sinodalidad potenciando y fomentando como el S\u00ednodo diocesano, el Consejo Pastoral y Presbiteral\u2026en cuya l\u00ednea se ha expresado Pastores gregis (2003) al hablar felizmente de Circularidad entre la forma episcopal de gobierno y la comuni\u00f3n diocesana. Su importancia deviene de que el S\u00ednodo diocesal es la \u00fanica entidad que junto al Concilio ha sobrevivido a lo largo de toda la historia de la Iglesia Latina. De seguido, Vt II anima a crear Consejos Pastorales en cada Di\u00f3cesis dando cabida en ellos a cl\u00e9rigos, religiosos y laicos. En cuanto al Consejo Presbiteral, propone que el Obispo dialogue y se deje aconsejar para mayor provecho pastoral y de trabajo en la Di\u00f3cesis. Todo ello, sit\u00faa a la Iglesia Local en un marco comunal manifestado en LG23 comprensi\u00f3n que faculta a Vt II para establecer que la Iglesia Cat\u00f3lica como Comuni\u00f3n, nace de existir en la medida que se realiza en Iglesias Locales y est\u00e1 constituida por estas mismas Iglesias Locales siendo esencia de su substancia y substancia de su esencia. No obstante, ello ha suscitado un entretenido debate sobre la prioridad de la Iglesia Universal sobre las Iglesias Locales o Particulares que pivota en torno a dos grandes te\u00f3logos como son Ratzinger partidario del Universal y Kasper defensor de la realizaci\u00f3n concreta del mismo, controversia cuyo ojo del hurac\u00e1n lo tenemos centrado en en N\u00ba9 de la Carta de la Congregaci\u00f3n para la Doctrina de la Fe donde se considera a la Iglesia Universal una realidad ontol\u00f3gica temporalmente previa a cada concreta Iglesia Particular. Sin dirimir te\u00f3ricamente la cuesti\u00f3n, Vt II opt\u00f3 por la Iglesia Universal quedando as\u00ed al menos dos puntos irresueltos: la cuesti\u00f3n ling\u00fc\u00edstico-hermen\u00e9utica que presente con claridad los distintos sentidos de las acepciones manejadas y la cuesti\u00f3n de su fundamentaci\u00f3n b\u00edblico-patr\u00edstica, al modo en como se ha hecho con los dem\u00e1s conceptos echando mano de Pentecost\u00e9s Hch2, 1-13 o de Clemente Romano y el Pastor de Herbas para un m\u00e1s riguroso an\u00e1lisis textual tras el cual, es posible que saliera reforzada la posici\u00f3n de simultaneidad, pues a fin de cuentas, la Iglesia de Roma es tambi\u00e9n ella una Iglesia Local. Por otra parte, de la Parroquia se dice que es una comunidad de fieles que representa en cierto modo a la Iglesia Universal establecida por todo el mundo donde los laicos pueden trabajar en el Consejo pastoral parroquial.<\/p>\n<p>Vt II realza la sucesi\u00f3n Apost\u00f3lica episcopal-presbiteral cuya Sacramentalidad puede apreciarse tempranamente en la Tradici\u00f3n Apost\u00f3lica de Hip\u00f3lito, citado por LG21, donde se presenta la imposici\u00f3n de manos para la transmisi\u00f3n del orden episcopal, presbiteral y diaconal. As\u00ed transcurri\u00f3 hasta que en el segundo Milenio aconteci\u00f3 la separaci\u00f3n ya comentada en otros cap\u00edtulos entre Sacramentalidad y Jurisdicci\u00f3n. Vt I, pese al asunto del Primado y de la Infalibilidad, estableci\u00f3 que los Obispos gozan de la Gracia del esp\u00edritu Santo y por consiguiente son de Derecho divino por lo que el Papa no puede reivindicar para si los derechos de los Obispos, ni sustituir su derecho por el suyo, de modo que la Jurisdicci\u00f3n episcopal, no est\u00e1 absorbida por la Papal cuya mejor explicaci\u00f3n la hallamos en el relator Zinelli para quien \u201cla Potestad del sumo Pont\u00edfice, es de la misma especie que la episcopal y por esto nada nos impide que usemos el mismo vocablo para enunciar la cualidad de Jurisdicci\u00f3n que es ejercida por el Papa y por los Obispos.\u201d<\/p>\n<p>Toda la Teolog\u00eda episcopal de Vt II puede remitirse al cap\u00edtulo tercero de la LG donde se describe su Ministerio episcopal como Servicio Pastoral, fundado sacramentalmente en la Plenitud del Sacramento del Orden, ejerciendo su triple Ministerio de proclamaci\u00f3n de la palabra, celebraci\u00f3n de los Sacramentos y del gobierno Pastoral, constituyendo sacramentalmente el Colegio episcopal con el sucesor de Pedro a la cabeza, apareciendo este \u00faltimo como \u00fanico sujeto de poder supremo en la Iglesia que trasluce la apuesta de Vt II por la Colegialidad episcopal por medio de los Concilios ecum\u00e9nicos y particulares, <\/p>\n<p>El Cisma de Occidente (1378-1417) con tres Papas en Roma, Pisa, Avignon, favoreci\u00f3 las tesis conciliaristas de autores como Ragusa y Segovia tras el Concilio de Constanza (1415) planteamiento todav\u00eda inmaduro para una Iglesia que ante la disyuntiva de una bicefalia Concilio-Papa, sucumbi\u00f3, como ya se ha apuntado en cap\u00edtulos anteriores, al monarquismo de autores como Torquemada pese a que desde el siglo IV, los Concilios particulares, provinciales o nacionales fueron indispensables para el buen gobierno sinodal de sus respectivas Iglesias, Tradici\u00f3n conciliar a la que vuelve su mirada Vt II en cuyo marco Pablo VI en su Eclesiae Sanctae establece las Conferencias episcopales all\u00ed donde no existen a\u00fan, medida que si bien de probada utilidad, no estuvo exenta de cierta controversia entre los partidarios de ver en ellas simple Derecho eclesi\u00e1stico con Ratzinger a la cabeza postura que comparto y cuantos defend\u00edan que adem\u00e1s gozaban de Derecho Divino como Congar, Rahner\u2026en torno a su capacidad, potestad, naturaleza, colegialidad\u2026que fue continuamente matizada hasta que Juan Pablo II en Apostolos suos (1988) fij\u00f3 y sobre todo limit\u00f3 su naturaleza teol\u00f3gica y jur\u00eddica siempre que se den cuatro normas: para que tengan car\u00e1cter de Magisterio aut\u00e9ntico han de participar de unanimidad; S\u00f3lo reunida en sesi\u00f3n plenaria est\u00e1 capacitada para la emisi\u00f3n de declaraciones doctrinales; Cualquier otra intervenci\u00f3n deber\u00e1 ser aprobada por el Consejo permanente de la Conferencia; Y sus estatutos conforme a todo ello, han de ser sometidas a la supervisi\u00f3n y aprobaci\u00f3n de la Santa Sede. Con el mismo esp\u00edritu, Pablo VI en CD instituy\u00f3 el S\u00ednodo de los Obispos cuya funci\u00f3n es asistir al Papa en su principal tarea, cuya bien acogida se ha traducido en la celebraci\u00f3n desde entonces de m\u00e1s de una veintena de S\u00ednodos que actualizan la advertencia de Ratzinger al finalizar Vt II de no sustituir la monarqu\u00eda por un parlamento sin respetar las eclesiae en la Eclesia haciendo efectiva la Colegialidad. Mas como quiera que Vt II, refiriese los obispos m\u00e1s a la Iglesia Universal que a las locales que presid\u00edan, es deseable en virtud de la simultaneidad y la complementariedad que esta carencia se subsane, en clave pericor\u00e9tica.<\/p>\n<p>Tras la afirmaci\u00f3n de la prioridad de la Iglesia Universal en el Documento para la Doctrina de la Fe  \u201cLa noci\u00f3n de comuni\u00f3n\u00bb (1990) dos documentos papales \u00abApostolos suos\u00bb 98 y \u00abPastores gregis\u00bb 03 hablan de tareas de obispos no ligados a parroquias, tareas que no son citadas en el Directorio ministerial de los Obispos.\u00bbApostolorum sucesores\u00bb 04 que permite la posibilidad de dos clases de Obispos, local y no local, planteamiento cuyos puntos eclesiol\u00f3gicos relevantes ser\u00edan :La problem\u00e1tica de los Obispos titulares o sin sede residencial, es abordada con la novedad de que, a diferencia de Trento y Vt II donde tambi\u00e9n se trat\u00f3 el asunto, desde el 98 tal circunstancia se contempla no como excepcional, sino como algo normal; El retorno a la escisi\u00f3n entre orden y jurisdicci\u00f3n, pasar\u00eda por alto los esfuerzos realizados en Vt II por superar la escisi\u00f3n provocada por Inocencio III cuando acepto dar cabida a dicha figura; \u00bfCu\u00e1les son sus fnciones? Aunque el autor declara que Vt II responde con claridad &#8211; creo yo entender que negativamente &#8211; yo no tengo claro que responda claro. Tanto es as\u00ed, que el propio autor deja abierto el debate. Creo entender que, aunque se est\u00e1 avanzando en esta direcci\u00f3n, no es una opci\u00f3n leg\u00edtima. En cuanto a la propuesta de doble episcopado: Uno de Derecho Divino, otro de Derecho Eclesi\u00e1stico, el autor recela de dos propuestas ligadas entre s\u00ed: la de Rodr\u00edguez que plantea diferenciar dos clases de Iglesias particulares, las de Derecho Divino que son las Di\u00f3cesis y de otro las eclesi\u00e1sticas, y la propuesta de Villar de establecer un Obispo de derecho Divino y otro eclesi\u00e1stico, que dar\u00edan cabida a las Prelaturas personales, por carecer a su juicio de suficiente fundamentaci\u00f3n teol\u00f3gico-hist\u00f3rica.<\/p>\n<p>En el esp\u00edritu de Vt II \u00abUt unun sint\u00bb95 presenta el Ministerio Petrino al servicio de la Unidad cristiana. No obstante, se reconoce que pese a su importancia para el Catolicismo, como bien apuntara Pablo VI, es el mayor obst\u00e1culo para el Ecumenismo, pues como el propio autor indica, el amplio consenso en torno a la relevancia principal de Pedro, no basta para tratar de la cuesti\u00f3n del Misterio Petrino. En consecuencia, hemos de acudir a la Tradici\u00f3n exeg\u00e9tica para hallar tres textos que avalan la continuidad entre la acci\u00f3n de Jes\u00fas y la de Pedro, Mt 16, 16-19 tras la confesi\u00f3n esi\u00e1nica Jes\u00fas le confiere una misi\u00f3n antes de partir para Jerusal\u00e9n pieza en la que aparece la expresi\u00f3n de \u201cRoca\u201d  con tres interpretaciones que siguen vigentes hoy para dar sentido a la expresi\u00f3n de Jes\u00fas: la Oriental y m\u00e1s antigua que la remite a la paradigm\u00e1tica confesi\u00f3n de fe profesada por Pedro; la de Cristo, de corte agustiniana donde Cristo es la piedra fundante y la m\u00e1s decisiva para la iglesia; Y Pedro, mayoritaria entre los Protestantes;  tambi\u00e9n, pero con otros matices, entre ortodoxos y cat\u00f3licos que le contemplan como primer obispo con sus implicaciones episcopales y pontificias. Y \u201cLas llaves del Reino de los cielos\u201d y \u201cEl poder de atar y desatar\u201d binomio \u00e9ste \u00faltimo que los primeros Padres remitieron al bautismo, mientra posteriormente fueron ligados a la penitencia y perd\u00f3n. por su parte los Protestantes lo refieren a la capacidad de predicar e interpretar el Evangelio, rechazada por Trento. La eclesiolog\u00eda actual remite ambas expresiones a la clave de Comuni\u00f3n con Dios y con la Iglesia. Lc 22, 32 despu\u00e9s de la ultima cena cuando zanja la discusi\u00f3n sobre su sucesi\u00f3n identificando a Pedro como tal; Y Jn 21, 15-17 en la \u00faltima aparici\u00f3n de Jes\u00fas, cuando una vez Pedro responde tres veces afirmativamente que le ama, le conf\u00eda por tres veces el reba\u00f1o, completan y se complementan en esta radicaci\u00f3n textual del Ministerio Petrino, pues, mientras Lc subraya el distinto modo en como se puede fallar a Jes\u00fas, y el modo en como conjugarlo, Jn destaca las tres confesiones de amor. Como puede observarse, en estos documentos, nada habla en contra y si mucho a favor: del acontecer en la etapa final, al hablar en futuro, confiar acciones pastorales, re\u00fane todos los ingredientes para instaurar un proceso sucesorio, como yo mismo aprecio. Mientras los protestantes s\u00f3lo aceptan que en estos textos s\u00f3lo se refieren a Pedro y los Ortodoxos creen que se extienden a los ap\u00f3stoles, la Fe Cat\u00f3lica lo remite a Pedro y sus sucesores, cosa que subraya Vt I donde se aprecia que Mt, 16 es el texto principal, posici\u00f3n que tambi\u00e9n comparto.<\/p>\n<p>Vaticano I culmin\u00f3 un milenio iniciado con la Reforma Gregoriana, donde confluyeron ideas de Soberan\u00eda indivisible o Primado de jurisdicci\u00f3n, apareciendo como necesaria la Infalibilidad papal. El pr\u00f3logo de \u00abPastor aeternas\u00bb presenta la unidad como su finalidad; En su primer cap\u00edtulo parte de los textos Mt, Lc, y Jn citados en el precedente; En el segundo trata la continuidad y perpetuidad de la tarea Petrina; Y en el tercero, describe el Primado de Jurisdicci\u00f3n, como Potestad inmediata, ordinaria,  verdaderamente episcopal, plena y suprema, noci\u00f3n nacida en Cipriano quien le confiere sentido de Unidad. Pero Nicea habla en plural, refiri\u00e9ndose a distintas sedes Roma, Antioquia y Alejandr\u00eda.  El origen ha de situarse en Col I; \u201cJurisdicci\u00f3n\u201d seis veces empleada la expresi\u00f3n en PA para esclarecer que el Primado no se limita a la Fe y costumbres, tambi\u00e9n es extensivo a disciplina y gobierno de la Iglesia.  M\u00e1s adelante en MC 43, ser\u00e1 separada del Orden. El concepto de Jurisdicci\u00f3n ligado al Papa, surge en Triunfo, para quien Papado, es nombre de Jurisdicci\u00f3n. Graciano, no distingue Potestades, aunque posteriormente ambas se distanciaron hasta asimilarse una perspectiva civilista societaria en Vt I. Vt II optar\u00eda por obviarla al hablar del Papado. En cuanto a la Potestad plena y suprema, Vt I la define como aquella que s\u00f3lo puede limitarse por Derecho natural y Divino. Es lo m\u00e1s unido al Primado de jurisdicci\u00f3n. as\u00ed reivindica la primac\u00eda externa sobre los dem\u00e1s Estados y la interna sobre el Conciliarismo y la Reforma. La f\u00f3rmula de Bernardo de Claraval se consagr\u00f3 en el Concilio de Lyon, matiz\u00e1ndose en Florencia en deferencia a los dem\u00e1s Patriarcas, trayendo consigo interpretaciones Occidentales relacionadas con la Tradici\u00f3n y Orientales con la Comuni\u00f3n. Mientras la Potestad inmediata y ordinaria ha de entenderse, como ejercida sin necesidad de mediaci\u00f3n, en Lateranense IV, la minor\u00eda conciliar logr\u00f3 que dicha potestad, no socavaba la autoridad episcopal; Adem\u00e1s, se agreg\u00f3 la advertencia de Gregorio Magno quien postulo \u00abmi honor es la fuerza de mis hermanos\u00bb en rechazo a ser investido Papa Universal, reflexi\u00f3n alabada por Lutero y Sto. Tom\u00e1s. En Vt II se relega la expresi\u00f3n a una cita de Vt I en documento poco relevante. Por \u00faltimo, tenemos la Potestad verdaderamente episcopal remitente a la Potestad Papal, la misma del Obispo. Ahora bien, con la proclamaci\u00f3n del Primado de Jurisdicci\u00f3n, Vt I rechaza el Galicanismo y Conciliarismo que influ\u00edan sobre los Obispos que a su vez limitaban al Papa en un contexto de p\u00e9rdida de poder terrenal por los Estados Pontificios menguantes. Igualmente en su pr\u00f3logo, queda clarificado el humus en el que se expresa el Dogma, cu\u00e1l es, el de no separarse de la Tradici\u00f3n, ni entrar en conflicto con los derechos de los Obispos o el Colegio episcopal. Sin embargo, fragu\u00f3 la interpretaci\u00f3n negativa de Bismark quien desde entonces tuvo a los Obispos por meros delegados del Papa. Con todo, los relatores de Vt I insistieron en la Complementariedad del Primado y la Colegialidad, por lo que cualquier pretensi\u00f3n maximalista o centralista del mismo est\u00e1 fuera de Vt I. En cuanto a la articulaci\u00f3n entre el Primado y el Colegio, PA no ofrece respuesta, por lo que Vt II lo convertir\u00eda en uno de sus temas centrales pues, como dir\u00eda Ratzinger, en Vt I no s\u00f3lo se conden\u00f3 el episcopalismo que tambi\u00e9n el Papismo, dado que, en Vt I la Infalibilidad acontece si y s\u00f3lo si, el Papa se pronuncia ex c\u00e1tedra, para toda la Iglesia, sobre asuntos de Fe y costumbres. En consecuencia, conviene atender que, aunque el parecer de los Obispos no es necesidad absoluta, su oportunidad es relativamente necesaria, lo que explicar\u00eda la escasez de las definiciones infalibles del Papa en que las tres condiciones han concurrido, a saber. en la bula \u00abUnam sanctam\u00bb donde Bonifacio VIII sirvi\u00e9ndose de una cita de Sto Tom\u00e1s afirma la salvaci\u00f3n de todos  indistintamente de c\u00f3mo se refieran al Papa; La Constituci\u00f3n \u00abBenedictus deus\u00bb de Benedicto XII; La definici\u00f3n de la Inmaculada Concepci\u00f3n de P\u00edo IX y de la Asunci\u00f3n de Mar\u00eda a cargo de P\u00edo XII. Autores como H. K\u00fcng y Hasler han dudado de la validez de Vt I apuntando la extremada importancia del contexto hist\u00f3rico en que se aprob\u00f3, que explicar\u00eda a un en\u00e9rgico P\u00edo IX diciendo \u00abLa tradici\u00f3n soy yo. Yo soy la Iglesia\u00bb en respuesta al Cardenal Guidi quien limit\u00f3 la Infalibilidad papal s\u00f3lo si recababa el Consejo episcopal de la Iglesia Universal. De Vt I a Vt II el Papado se convierte en se\u00f1a de identidad confesional. El ejercicio del Primado cristaliz\u00f3 en varios Concordatos, el Magisterio social de Le\u00f3n XIII, la Reforma de la Curia romana y especialmente el Canon del 17. Vt II opera una reorientaci\u00f3n incidiendo en la sacramentalidad y colegialidad episcopal rehuyendo el concepto de Jurisdicci\u00f3n que s\u00f3lo aparece junto al Obispo. Sorprendentemente, el C\u00f3digo 1983, lo recupera, porque como apreciara Kasper, Vt II no resolvi\u00f3 la cuesti\u00f3n satisfactoriamente. En la Enc\u00edclica Ut Unam Sint, Juan Pablo II invit\u00f3 a un di\u00e1logo paciente y fraternal para hallar el modo de ejercer el Ministerio de Amor y Fe en pos de un sincero Ecumenismo por todas las comunidades cristianas, apetecido. En palabras de Tillard, con esta Enc\u00edclica el catolicismo ha abrazado plenamente la Eclesiolog\u00eda de Comuni\u00f3n. En cuanto a la cara expresi\u00f3n \u201cPrimus inter pares\u201d para los ortodoxos tambi\u00e9n abrazada por Vt II, por te\u00f3logos anglicanos y otras confesiones, parece abrirse paso. El \u00faltimo d\u00eda de Vt II Pablo VI y  Atenagoras I abolieron las excomuniones mutuas. Mas, pese a los distintos esfuerzos ecum\u00e9nicos, para los cristianos, el Papado sigue siendo problem\u00e1tico. La CpdF (1998) destaca la diferencia entre Naturaleza inmudable del Primado y modalidades propias del ejercicio de una Iglesia peregrina que media en un debate donde se aprecian intentos de interpretaci\u00f3n moderado literalista de Vt I,  una postura m\u00e1s reformista que conjuga Vt I y Vt II y otra que pretende ser m\u00e1s radical, a partir del \u00faltimo Concilio. Vt II antes de tratar la Infalibilidad de la ense\u00f1anza, aborda la Infalibilidad en el creer. La Fe, es instinto sobrenatural del Don divino, testimonio vivo de ella misma. Con todo, el avance espiritual que supone, deja problemas abiertos c\u00f3mo la autoridad de los laicos en la iglesia, el valor de la religiosidad popular, etc. Vt II se vali\u00f3 de la Jerarqu\u00eda de verdades para rechazar clasificaciones anteriores presentando la siguiente tipolog\u00eda: Magisterio solemne o extraordinario referido a Verdades Reveladas en la Escrituras o en la Tradici\u00f3n y recogidas e el Credo. Tienen el calificativo de Dogmas; Magisterio universal ordinario definitivo, contiene verdades presentadas como definitivas concernientes a la Fe y norma moral, pero no reveladas aunque si est\u00e1n vinculadas necesariamente de forma hist\u00f3rica en los hechos dogm\u00e1ticos o acontecimientos necesarios para la custodia o predicaci\u00f3n, elecci\u00f3n del Papa, celebraci\u00f3n de Concilio&#8230;y la l\u00f3gica que radica en las verdades presupuestas o consecuencias necesarias de la Revelaci\u00f3n, como las verdades filos\u00f3ficas o las indicaciones recogidas en catecismo. Es Magisterio centrado en verdades cat\u00f3licas; Magisterio aut\u00e9ntico ordinario no definitivo que recoge verdades cat\u00f3licas no definitivas que requieren m\u00e1s que Fe cl\u00e1sica, un asentimiento religioso del esp\u00edritu.<\/p>\n<p>La tipolog\u00eda documentaria magisterial del Papa es rica y variada en sus formas, estilos y contenidos: en primer lugar tenemos la Enc\u00edclica: Documento papal por excelencia. Es una carta circular que carece de definiciones dogm\u00e1ticas. Recoge el Magisterio del Papa. Suele utilizarse para aclarar puntos concernientes a la Fe; La Carta Decretal, es un Documento solemne usado, por ejemplo, en la canonizaci\u00f3n de santos; La Constituci\u00f3n Apost\u00f3lica, tambi\u00e9n es un Documento solemne, reservado para asuntos importantes de toda la Iglesia o de una Iglesia en particular; Pero la Carta Apost\u00f3lica, sin la solemnidad anterior se usa igualmente para asuntos importantes; El conocido como Motu proprio, consiste en una Carta Apost\u00f3lica nacida por expreso deseo del Pont\u00edfice, de ah\u00ed su denominaci\u00f3n; La Exhortaci\u00f3n Apost\u00f3lica es un pronunciamiento tras los distintos S\u00ednodos de Obispos; La Bula Apost\u00f3lica, son documentos lacrados con el sello del Papa y firmados como Servus servorum Dei y suelen usarse para nombramiento de Obispos; El Breve, es un documento firmado con el nombre del Papa; Los Documentos de la Curia son decretos, declaraciones, etc; En cuanto al g\u00e9nero y forma de los pronunciamientos magisteriales, seg\u00fan la CpdF son tres, a saber: el expositivo ilustrativo propio de enc\u00edclicas, el exhortativo orientativo propio de pastorales, y el declarativo asertivo propio para tratar asuntos primordiales de Fe.<br \/>\nEl Magisterio y Teolog\u00eda en el Pueblo de Dios, requiere que la Teolog\u00eda aporte su perspectiva cient\u00edfica su esfuerzo intelectual investigador al testimonio de Fe ofrecido por el Magisterio. Debe evitarse la Magisteriolog\u00eda lectura superficial de ense\u00f1anzas recogidas en el Dazinger. Las interpelaciones que suscitan ciertas intervenciones del Magisterio presentan una revisi\u00f3n del ejercicio del ministerio Petrino: por ejemplo en UUS se invita a reflexionar sobre el modo en que puede ejercerse el ministerio Petrno de modo m\u00e1s abierto y flexible, pero, sin renunciar a la esencia de su misi\u00f3n, cuyos cuatro ejes de la esencia del Ministerio Petrino, consistir\u00edan en un Ministerio episcopal en virtud de ser Obispo de Roma; Un Ministerio de Comuni\u00f3n para ser todos uno en la unidad de la Fe y de la Iglesia; Un Ministerio colegial pues unido al episcopal tiene primac\u00eda suprema sobre la Iglesia; Y un Ministerio primacial presidiendo la comuni\u00f3n universa de la Iglesia. Por lo que respecta a la presencia f\u00edsica de Pedro en Roma, son varios los autores que sit\u00faan a Pedro en Roma; Seguramente all\u00ed muri\u00f3 m\u00e1rtir aunque no se tiene constancia de su llegada y estancia. Su calidad de Ap\u00f3stol, le separa de la serie iniciada por Lino como Obispo de Roma. De ah\u00ed que se hable de C\u00e1tedra Petrina. De ello depende en parte la Rom\u00e1nitas, que hasta el V expresaba la Iglesia local de Roma. Con el devenir de los siglos, fue adquiriendo primero valor de Patriarcado de Occidente y luego tras la conquista del Islam pas\u00f3 a designar m\u00e1s cosas ya apuntadas por Ockham: Iglesia universal, del Papa, de Occidente, de Roma, Latina&#8230;A colaci\u00f3n estar\u00eda la cuesti\u00f3n del t\u00edtulo de Patriarca de Occidente que hoy en d\u00eda se ve como anacr\u00f3nico dado que Occidente ha dejado de significar un tema geogr\u00e1fico y ha pasado a designar algo cultural; adem\u00e1s la vocaci\u00f3n universal de la iglesia no puede soportarlo por m\u00e1s tiempo. No obstante, de cara a entender su identidad hist\u00f3rica, quiz\u00e1 mejor que su supresi\u00f3n fuera sustituir Occidental por Latina. De todo ello, puede depender el ejercicio de su Magisterio, porque la praxis del Papado fue muy anterior a su formulaci\u00f3n en Vt I y V II En virtud e ello, Ratzinger propone que ortodoxos y cat\u00f3licos se retrotraigan al primer milenio de la Iglesia y se reconozcan mutuamente, idea recogida por otros pensadores para poderse hacer por ejemplo en el anglicanismo. En esta direcci\u00f3n se encaminan varias iniciativas y propuestas:<\/p>\n<p>Una primera propuesta sobre el ejercicio del Ministerio Petrino, consistir\u00eda en entender su acci\u00f3n como \u00faltima instancia sobre cuestiones como el Principio de subsidariedad que tem\u00eda Pio XII pudiera rebajar el Principio de autoridad, o el Principio de Comuni\u00f3n, que es el marco adecuado del ejercicio del Ministerio Petrino por el que apuesta un nutrido grupo de autores; Tambi\u00e9n se propone un ordo comunionis primates, en base al Principio de Comuni\u00f3n, su ordenamiento favorecer\u00eda la visualizaci\u00f3n de su propio car\u00e1cter sin reducirse su responsabilidad \u00fancia en la Iglesia; As\u00ed se presentar\u00eda el Ministerio Petrino desde una colegialidad estructurada; De hecho, Vt II dio preferencia a la Colegialidad episcopal, con el nombramiento de Obispos pero que, al no ser de su esencia, ha generado mayor inquietud. Para el Arzobispo Quinn, en virtud de Vt II en dicha elecci\u00f3n deber\u00eda tener mayor peso la opini\u00f3n de los obispos de la zona, sus iglesias, la conferencia episcopal a parte del Obispo de roma. urge un replanteamiento serio. Por eso, el Colegio Cardenalicio, dada su peculiaridad, no tiene por qu\u00e9 ponerse en relaci\u00f3n con el episcopal. Su funci\u00f3n m\u00e1s relevante, es la elecci\u00f3n del Papa. Tras Vt II surgieron voces que llamaban a trasladar dicha funci\u00f3n a los Obispos, pero ya parece insuficiente. En cuanto a La Curia Romana, conjunto de organismos al servicio del Papa, no es un \u00f3rgano intermedio entre el Papa y los obispos. Tras Vt II se han operado dos reformas de la Curia, en el 76 por Pablo VI y en el 88 por Juan Pablo II pero pese a los avances en su internacionalidad e incorporaci\u00f3n de laicos, no parece digerir del todo la colegialidad episcopal; Por lo que respecta a las nuevas instituciones de colegialidad de Vt II, las Conferencias Episcopales y S\u00ednodos de Obispos, buscan desarrollar una Colegialidad consecuente y conforme al Derecho Can\u00f3nico armonizando la verticalidad jer\u00e1rquica y la horizontalidad episcopal. As\u00ed, en este orden de cosas, aparece un Nuevo ritual de inicio al Magisterio Petrino tras Vt II d\u00f3nde se ha operado un notable cambio en la toma de posesi\u00f3n por parte del Papa, de un modelo medieval regio simbolizado por la Tiara a otro m\u00e1s espiritual basado en al Mitra.<\/p>\n<p>Con la Reforma Gregoriana la noci\u00f3n de Iglesia se hace jur\u00eddica. Pero es m\u00e1s adelante cuando en las distintas controversias medievales aparece la idea de Iglesia como \u201cSociedad\u201d. Fue en el XIX cuando se le a\u00f1ade lo de  \u201cPerfecta\u201d, noci\u00f3n de la que es tributaria el Canon de Derecho Can\u00f3nico de  1917 heredera a su vez del modernismo ilustrado a este respecto, que a la postre trajo consigo un exceso de civilismo, en detrimento del plano sacramental necesario, como ya se apunt\u00f3 en otros cap\u00edtulos. Est\u00e9 aspecto negativo de la deriva societaria eclesial, todav\u00eda se padece en al actualidad, por ejemplo, en el influjo societario en el Canon de Derecho Can\u00f3nico de 1983, es un serio impedimento para la consecuci\u00f3n y recepci\u00f3n postconciliar de la Eclesiolog\u00eda de Comuni\u00f3n. Sirva como bot\u00f3n de muestra, que el fiel no se define por su perspectiva eclesiol\u00f3gica, sino desde la categor\u00eda jur\u00eddica de persona f\u00edsica&#8230;Para mitigar esta angosta perspectiva, Juan Pablo II en la Constituci\u00f3n Apost\u00f3lica de 1983 apostilla que el Canon de Derecho Can\u00f3nico de 1983 ha de contextualizarse e interpretarse en clave conciliar. Ello no es \u00f3bice para que la Iglesia reconocida como sociedad haga uso debido de las prerrogativas propias de toda sociedad humana dentro del marco que le corresponde, y como quiera que hoy por hoy, la Santa sede, en calidad de estado reconocido que es, realiza acuerdos bilaterales en forma de Concordatos y nombra Nuncios, especie de embajadores y posee nunciaturas, es de suyo que en su quehacer mundano, le sobrevengan los problemas igualmente correspondientes a dicha actuaci\u00f3n\u2026inevitable.<\/p>\n<p>Pero la Iglesia es una sociedad Sinodal. En sus inicios la expresi\u00f3n \u201cS\u00ednodo\u201d se\u00f1alaba el viaje en com\u00fan de los hermanos y de la Iglesia en su conjunto. Tras Eusebio pas\u00f3 a designar las asambleas eclesiales y poco a poco acab\u00f3 designando a la de los Obispos hasta el mismo Vt II donde la sinodalidad es m\u00e1s que la Colegialidad; De hecho, desde el Concilio, su realidad se ha potenciado por  medio de la obligatoriedad de Consejos presbiterales, Conferencias episcopales&#8230;con lo que se ha fortalecido la eclesiolog\u00eda de Comuni\u00f3n. En la misma direcci\u00f3n puede decirse han ido otras medidas de esp\u00edritu democrata-liberal, como las apreciadas en LG en Sensus Fidei, donde se pone de manifiesto el papel activo de todo bautizado. Ahora bien, como dice Lehnann, su participaci\u00f3n no es como en la pol\u00edtica, dado que el poder viene de arriba. En cualquier caso, cada cual desde su sitio ha de contribuir en la misi\u00f3n confiada por Jes\u00fas a su Iglesia dentro de un orden, pero sin prescindir del senso y consenso de nadie. Por supuesto, el esp\u00edritu sinodal ha de guiarse por Principios fundamentales de su ejercicio partiendo de la igualdad y unidad de todos los bautizados, todos llamados al Sacerdocio com\u00fan asistido por el ministerial, con la inestimable corresponsabilidad laica, aconsejando y acompa\u00f1ados por el Esp\u00edritu Santo. Dicha sinodalidad se observa por doquier en la ya dilatada historia eclesial que siempre se ha dotado de \u00f3rganos consultivos que incorporan adem\u00e1s del consejo, la participaci\u00f3n, el di\u00e1logo, la colaboraci\u00f3n&#8230;por lo que no se trata de a\u00f1adir m\u00e1s cantidad de instituciones que redunden en los que ya hay, sino en que los que ya hay, funcionen mejor, porque de su Misi\u00f3n y diacon\u00eda, est\u00e1 en juego la imagen de la Iglesia como camino de Salvaci\u00f3n, en su triple dimensi\u00f3n teol\u00f3gica recogidas en LG a saber: la de purificar, elevar y llevar la Gracia a toda la humanidad. As\u00ed se puede observar una evoluci\u00f3n eclesiol\u00f3gica que ir\u00eda de las misiones a la misi\u00f3n de la Iglesia; Y es que Jes\u00fas confi\u00f3 a la Iglesia una Misi\u00f3n que apela e interpela al mundo y la humanidad con la que ha de tratar en el advenimiento hist\u00f3rico y en la praxis. Esta Misi\u00f3n para Gadium et Spes, est\u00e1 en relaci\u00f3n con una realidad aut\u00f3noma pero en relaci\u00f3n a su vez con el creador. Es novedosa su apelaci\u00f3n a que debe interpretarse el signo de los tiempos. Aunque en tiempos posteriores se advirtiera que estos, ya no eran los mismos que durante el Concilio Vt II. Por su parte, en el decreto sobre las misiones Ad Gentes, establece que la Iglesia peregrina es por naturaleza misionera, tarea primordial de la Comuni\u00f3n eclesial. Adem\u00e1s en la Exhortaci\u00f3n apost\u00f3lica Evangeli Nuntiandi se define la evangelizaci\u00f3n como el anuncio de Cristo a quienes no le conocen por medio de la catequesis y los sacramentos en dos momentos de testimonio y anuncio claro de su mensaje. En ella se cita por vez primera la secularizaci\u00f3n como muestra de la autonom\u00eda de las cosas temporales. Y en la Enc\u00edclica Redemptoris Missio, se relanza la misi\u00f3n de la Iglesia. Para ello, se observan tres topolog\u00edas de cristianismo actual, la actividad pastoral all\u00ed donde hay asentadas comunidades, nueva evangelizaci\u00f3n en lugares anteriormente cristianos y misi\u00f3n ad gentes donde no tienen noticia de Cristo que trae el reino de Dios.<\/p>\n<p>Todo apunta a una regeneraci\u00f3n Eclesial que se encamina hacia una nueva catolicidad que recoge su globalidad solidar\u00eda y abierta a una nueva sensibilidad al dolor de la entera humanidad, necesitada como nunca de Fe esperanza y caridad. Por ello, para finalizar, convendr\u00eda atender seriamente la observaci\u00f3n de Lubac, quien coment\u00f3 que, antes de contemplar el Misterio, mejor har\u00edamos en observar su paradoja, idea asumida en Vt II que percibe a la Iglesia Santa y pecadora guiada por el Esp\u00edritu Santo.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>LA IGLESIA COMO SACRAMENTO EN LA PERSPECTIVA DE PIET NINOT Vaticano II, reaccion\u00f3 contra la desafecci\u00f3n espiritual contenida en la expresi\u00f3n \u201cCreer sin pertenecer\u201d presentando una Eclesiolog\u00eda novedosa de corte Comunal-Sacramental que incide en el hecho de que nada de lo humano permanece si no se institucionaliza: Inicialmente forjada en la cotidianidad eclesial sin otro &hellip; <a href=\"https:\/\/blogs.deia.eus\/inutilmanual\/2011\/09\/25\/la-iglesia-como-sacramento-en-la-perspectiva-de-piet-ninot\/\" class=\"more-link\">Sigue leyendo <span class=\"screen-reader-text\">La Iglesia como Sacramento en la perspectiva de Piet Ninot<\/span><\/a><!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>\n","protected":false},"author":16,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[155,433],"tags":[326,99669,4452],"class_list":["post-1591","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-general","category-religion","tag-iglesia","tag-religion","tag-teologia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/inutilmanual\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1591","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/inutilmanual\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/inutilmanual\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/inutilmanual\/wp-json\/wp\/v2\/users\/16"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/inutilmanual\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1591"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/inutilmanual\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1591\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1596,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/inutilmanual\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1591\/revisions\/1596"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/inutilmanual\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1591"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/inutilmanual\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1591"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deia.eus\/inutilmanual\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1591"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}