35 años y chopecientos intentos después, la demarcación autonómica de Baskonia tiene Ley de Vivienda. Albriciémonos por la buena nueva que de aquí a un rato corto se traducirá en que cada quien (se dice que incluso también cada cual) que lo precise tendrá un techo bajo el que guarecerse. De acuerdo con los que han alumbrado el prodigio legislativo, será suficiente solicitarlo para recibir satisfacción inmediata. La autoridad no tendrá bemoles a llamarse andanas, porque el gran hallazgo de esta delicatesse normativa consiste en que disponer de una casa (en fino, solución habitacional) deja de ser una bella proclama utópica para convertirse en cuestión, ahí es nada, exigible ante los tribunales. Aunque la lógica y la intuición aconsejarían que tal cosa se llamase derecho objetivo, en tanto que sería reconocible en función de unos requisitos establecidos, lo cierto es que se denomina justamente al revés: subjetivo. En realidad, es una gran confesión de parte, porque al final, como siempre, la concesión de la gracia va a depender de la subjetividad, cuando no arbitrariedad, de los fulanos que revisan la documentación presentada.
Se estarán imaginando que todo esto saldrá por un pico, y resulta que no. Según los cálculos que recogen los papeles, no va más allá de 80 millones de euros al año. Es una minucia comparado con lo que se dedica a Sanidad o Educación. Si tan barato era resolver el problema de la vivienda, cae por su propio peso preguntar por qué no se ha hecho mucho antes. Ahí es donde aparece el realismo a aclarar que con esa cantidad no llega ni para empezar. Y los proponentes lo saben.
Efectivamente. Si alguien puede explicarme lo del término «subjetivo» lo agradeceré.
Y de paso que me expliquen la oportunidad de sacar ahora sin fondos y por tanto sin eficacia alguna una ley que, de hecho, veremos lo que dice el sacrosanto TS. Porque lo del derecho a una vivienda es de la constitución del año 78 y, que yo sepa, entre los promotores de la Ley se encuentra una formación que tuvo mayoría absoluta en el estado desde el 82, 86 y 89 (en este caso de facto, al ausentarse HB toda la legislatura), y relativa con apoyos en el 93, 04 y 08. Por tanto con oportunidades de sacar no sólo una ley de vivienda que desarrollara este derecho constitucional, sino también variar la Ley hipotecaria del siglo XIX, evitando los desahucios abusivos, incrementar el salario mínimo a niveles europeos, regular y evitar la especulación inmobiliaria, intervenir en el mercado de alquileres, promover las cooperativas de compradores-promotores, etc. Todo ello habría evitado no sólo la crisis que nos asiste (o se habrían paliado sus efectos) sino que casos de corrupción extendidos como la peste en casi todos los municipios, podrían haberse evitado.
Es una barbaridad del quince. Un efecto llamada y más sopa boba a una parte acomodada de la sociedad. Por que huelga decir que hay dos tipos de clases acomodadas, me siguen, no?
A muerte con la gente que necesita DE VERAS protección de la comunidad siempre que sea de modo justo, veraz y sobre todo sostenible. Esto último, la sostenibilidad es lo que esta ley suicida es lo que no tiene.
Agur Iparretik
No,pero ya no hay problema.Ahora Pedro Sanchez con la superbandera Española y su «patriotismo cívico»,o sea,el patriotismo guai por bandera,valga la redundancia,se va a preocupar de lo que realmente importa a la ciudadanía(como siempre se ha hecho desde el «patriotismo cívico» Español) y va a»erradicar»,literal,el paro y la corrupción.Con dos cojones y una bandera.Lo de la vivienda una minucia.A céntimo el kilo de demagogia todos forrados,aquí y allá.
Según el Diccionario jurídico de la UNED:
Derecho objetivo: conjunto de las normas que rigen la vida en sociedad, sancionadas por el poder público.
Derecho subjetivo: prerrogativa atribuida en su interés a un individuo, que le permite gozar de algo o de un valor, o exigir de otro una prestación.
En: Diccionario jurídico [en línea]: Derecho. [Consulta 22 de junio de 2015]
Por lo que entiendo que en derecho subjetivo se refiere a perteneciente al sujeto y no a relativo a nuestro modo de pensar o sentir.
Al post anterior le falta el enlace. Es este: http://www.uned-derecho.com/diccionario/
Gracias, M. Ahora sé más.
Luego entiendo que se usa mal el concepto de «subjetivo» para el derecho a una vivienda digna. Porque está incluido en la Constitución, que está sancionada, y es de aplicación general. No es una prerrogativa para un individuo. Lo único que falta es hacer una ley que lo desarrolle en su pleno sentido.
De nada.