Sanfermines 2014, concretamente, 8.37 de la mañana del 13 de julio en la calle Estafeta. Un baboso se abalanza sobre una joven que le ha dejado bien claro que no quiere nada con él. La sobetea por todo el cuerpo e intenta besarla, mientras ella tiembla, llora, le suplica que la deje en paz y grita el nombre de su novio. Cuando llega este, que venía de correr el encierro, le larga al agresor sexual un puñetazo en la cara que le hace caer al suelo, chocando con la cabeza en el adoquinado. A consecuencia del golpe, el tipo es operado, pasa 28 días hospitalizado y más de 200 de baja.
Dos años más tarde, y cuando aún duran los ecos de otras fiestas de Iruña empañadas por numerosos ataques a mujeres, llega la llamada Justicia a dictar sentencia y, en el mismo viaje, a mostrarnos el mecanismo del sonajero. Para el agresor sexual, al que deja en simple abusador, y le aplica la atenuante de embriaguez, una condena de un año —que seguramente no llegará a cumplir— y una ridícula indemnización a la víctima de 3.000 euros. Pero eso es solo la avanzadilla de la ola de estupor, rabia y asco que provoca la otra parte de la decisión judicial. Al novio de la joven le caen nueve meses de prisión, y se le obliga a indemnizar con 91.500 euros al que estaba forzando a la mujer y con otros 60.430 a la Sanidad navarra por los gastos de atención al tipejo. Como fulero argumento, los de la toga sostienen que había otras alternativas al puñetazo. Ténganlo en cuenta por si se ven en la tesitura de la joven o de su novio. La Audiencia Provincial de Navarra les viene a decir que impedir la agresión les puede salir muy caro.
Pegarle bien, sin que te vean
En este caso yo creo que uno de los aspectos fundamentales a tener en cuenta, aparte de otros como los de proporcionalidad, etc, es el de la «independencia» del poder judicial o la «responsabilidad» de jueces y magistrados.
No me refiero al enfoque con el que se suele abordar normalmente el debate sobre la independencia judicial que es el relativo a la no interferencia del poder político (vamos, la separación de poderes de Montesquieu de toda la vida) en lo que creo que hay mucho que hablar y en lo que muchos coincidimos en que en españa es un desastre; eso es muy importante pero creo que es otro tema.
Me refiero a cuál debe ser el grado de autonomía del juzgador y cuál debe ser su responsabilidad en los casos en los que incurra en flagrantes disparates.
Sobre el papel parece lógico pensar que el juzgador debe sentirse libre y autónomo en su función sin miedo a ser sancionado en caso de que sus fallos no gusten en otras instancias, ya que eso condicionaría su labor.
Pero creo que en la práctica esa libertad lleva a que sean bastante numerosas las sentencias que son absolutamente infumables y que parecen responder más a la ideología o a al afán de protagonismo, postureo o similar del juez que al sentido común en la aplicación de la ley.
Es cierto que el Juez, en teoría, debe ser un aplicador de la ley en sentido técnico; el sentido de la ley, sus objetivos, sus consecuencias…los marca el legislador. A menudo se reprochan al Juez sentencias que con la ley en la mano el juez, si hace bien su trabajo, no tiene más remedio que dictar.
Pero otras veces la ley deja mucho margen a la discrecionalidad y es ahí donde debe entrar el sentido común; el propio sistema contempla lo que llama principios generales del derecho que no son otra cosa que aplicar el sentido común a los casos reales y que sirven como «muleta»
para aquellos casos en los la interpretación estricta de la literalidad de ley puede derivar en despropósitos mayúsculos.
No conozco los pormenores del caso, ni las argumentaciones del fiscal, acusaciones, defensa…pero me da la impresión que que es uno de esos casos en los que con la ley en la mano en un sentido literal estricto el juzgador puede defender su sentencia pero que esa misma ley, interpretada con arreglo al sentido común y a su espíritu, da perfecta cobertura a una sentencia totalmente distinta.
Y que ha decidido la discrecionalidad del juez, y no me explico lo que le ha hecho aplicarla en el sentido en que lo ha hecho.
No sé qué posibilidades de recurso hay.
Si no las hay…aunque no soy para nada amigo de la figura del indulto por parte del Gobierno, creo que ya que existe esta figura, este puede ser un paso apropiado para aplicarla.
Y mi duda es también si ante esto cabe una intervención del Consejo del Poder Judicial contra el Juez o Tribunal sentenciador; algún tipo de sanción o inhabilitación o similar y con qué base o si eso atentaría contra su independencia.