No soy sospechoso, ni de lejos, del llamado populismo punitivo, y menos, del que más se lleva ahora, que es el selectivo. Tampoco soy partidario de la teas ardientes, los ojos fuera de las órbitas, las condenas por aclamación, la fe ciega en sustitución de los hechos, ni los linchamientos promovidos por el dogmatismo impermeable a los matices. Especialmente, en los casos en que no es difícil ver, como deslizaba ayer en estas mismas líneas, un chiringuito donde llenarse la cuenta corriente y el ego. Y hasta sigo queriendo creer en la Justicia, surfeando sobre los quintales de mondongos infames que nos suministra a diario. Pero hay cosas con las que es imposible tragar y que se deben denunciar hasta dejarse la garganta. Sobre todo, cuando muestran algo que no una actuación aislada sino un patrón.
No es casualidad —y ya entro en materia— que el mismo tribunal que dulcificó la sentencia a esos cagarros cósmicos que conocemos por La Manada haya evacuado otra sentencia en que reduce a diez meses de cárcel la condena a un malnacido que intentó asfixiar y acuchillar a su pareja. La excusa es que en el último momento le perdonó la vida. O dicho con las nauseabundas palabras de sus señorías, “De manera libre y voluntaria no continuó con la reiteración o insistencia en actos dirigidos a lograr la muerte de la víctima”. Y solo les anoto uno de los varios entrecomillados lacerantes de un texto que daría para tesis de psiquiatría.
Casi con mayor espanto que esas aberraciones con membrete, he leído y escuchado a puristas que las justifican y señalan al Código Penal como responsable, como si bajo las togas no hubiera seres humanos.
¿Puristas o juristas?
Hay dos tipos de intentos de homicidio fracasados, en TODAS las jurisdicciones civilizadas europeas.
El intento en el que tiras a quien quieres matar por un barranco de cientos de metros y, por casualidad, la víctima no se mata.
El intento en el que vas a tirar a alguien por el borde y, dándote cuenta de qué estás haciendo, te retiras por tu propio pie del borde… por ejemplo, porque alguien gritó «¡no lo hagas!»
¿Queremos creer un incentivo en el que tener la posibilidad real y no matar está penado de la misma forma que hacerlo? ¿En serio? Porque de hecho, si la fiscalía no la hubiera vuelto a cagar (qué cruz) inistiendo en un único tipo penal con la máxima pena, en lugar de pedir penas subsidiarias, cuatro años podría haber conseguido fácil.
¿Y no será que la fiscalía quería exactamente eso?
Hay una tendencia general de los fiscales a pedir la Luna cuando podrían conseguir fácilmente el Everest… y cuando pueden pedir ambas cosas.
Más que una decisión consciente, se está tendiendo a presionarla para que haga esto, el todo o nada. Y, para proteger el derecho fundamental a saber de qué te acusan y, por lo tanto, defenderte, eso será nada.
Que hagan su trabajo. A veces es tan difícil, parece ser.
Para empezar, titular con «los jueces de La Mandada» ya mal. Porque ya estamos induciendo desde el minuto uno a pensar que la sentencia es machista y errónea sin que sepáis siquiera si la de La Mandada lo es, por otra parte.
En segundo lugar, cuando dan estas noticias los medios os cuentan los hechos probados y dejan que vuele vuestra imaginación en plan «Elige tu propia sentencia» cuando lo que deberían hacer es contaros qué trascendencia penal tienen esos hechos, en qué delito encajan y por qué.
Esto por no mencionar la incoherencia de validar un relato de hechos probados de un Tribunal y, acto seguido, calificar de machista la calificación jurídica hecha por ese Tribunal sobre esos mismos hechos. Diría yo que si son profesionales, lo serán en toda la sentencia.
Ya que no lo explican los medios, al grano. Resumiendo: Dentro de un proceso de separación en principio amistoso, el acusado, que tiene acreditado por los peritos forenses un trastorno adaptativo y estrés y estando medicado, acude a casa de su mujer para tratar un tema económico.
Ambos se enzarzan en una discusión y en un momento dado él va a la cocina, coge un cuchillo e intenta agredirla. En el forcejeo le causa una herida superficial que no requiere tratamiento médico más allá de un apósito, caen al suelo y él suelta el cuchillo quedándose sobre ella.
Con una mano sujeta su brazo derecho y con la otra intenta estrangularla. En ese momento, cuando se da cuenta de que ella está asfixiándose y que le está haciendo daño, la suelta libre y voluntariamente cesando así la conducta delictiva. Le pide perdón y se marcha de la casa.
El siguiente paso en Derecho es calificar jurídicamente los hechos. Lo que aquí tenemos es una inicial tentativa de homicidio, los jueces lo reconocen en la sentencia. No hace falta ser jurista para entender que intentar estrangular a alguien es una tentativa de matarla.
Ahora bien, lo que no os explican es que para que una conducta se castigue como tentativa el sujeto tiene que hacer todo lo posible para conseguir el resultado y que el no-resultado sea fruto de causas ajenas a su voluntad, por ejemplo: que intervenga un tercero.
Aquí es ÉL, en mitad del delito quien se da cuenta de lo que está haciendo, recapacita y sale de él cesar en su conducta. Es decir, pudiendo haber consumado el delito, elige no hacerlo. A esto se le llama desistimiento de la tentativa (art. 16.2 del Código Penal).
A efectos penales, el que desiste de la tentativa libre y voluntariamente evitando por sí mismo la producción del daño queda exento de responsabilidad criminal. Y aquí es donde se os hace la cabeza un lío, pero esto es seguir la doctrina de cualquier país civilizado.
No se puede castigar a alguien por matar a una persona si no la ha matado. ¿Entendemos esto? No se puede castigar a alguien que ha perdido el norte por recuperarlo a tiempo. ¿Entendemos que no me puedes castigar por intentar matarte si finalmente no intento matarte?
Pues eso es lo que ha pasado aquí. El Derecho no te castiga si recapacitas e impides la producción del daño que intentabas producir. Tan simple como eso.
Esto no obsta a que se le castigue por los actos que sí ha ejecutado que sean a su vez constitutivos de otro delito…
…y es por esto que se le condena por maltrato ocasional, es decir, la herida que le hizo y el daño psicológico, agravado por suceder en el domicilio conyugal, utilizando un arma y en presencia de menores.
A su vez, se aplica un atenuante porque las periciales psicológicas acreditan que se encontraba en un estado mental que reducía moderadamente su capacidad para discernir entre el bien y el mal. Y por lo tanto, se castiga por este delito con una pena proporcional a lo ocurrido.
Es más, de entre toda la horquilla de cantidad de pena que podía haber impuesto el Tribunal, ha impuesto la más alta posible. Y esto os sabe a poco porque entendéis que es tan criminal una persona que comete un delito como la que se arrepiente y no lo hace…
Tratar todo por el mismo rasero es injusto. En Derecho hay que tratar lo igual como igual y lo desigual como desigual. Y lo tratáis como igual porque os equivocáis poniendo el foco en el sufrimiento de la vícima. Craso error. El culpable debe ser castigado por su conducta.
No es lo mismo el daño causado, que el dolor causado. Independientemente del sufrimiento que a ti cause una acción, lo que se castiga es que quien comete un delito a través de ti ataca y daña a toda la sociedad y esta no puede castigar un delito que no se ha cometido. Fin.
Señor Basajaun
1. Para empezar… Ya que escribe este brutal alegato a favor del maltrato, estaría bien que lo hiciera con nombre y apellido rales y comprobables, y no con seudónimo.
2. Para seguir, son los jueces de La Manada. El titular es correcto del todo. (Obvio todo lo que yo mismo escribo sobre lo que pienso del populismo punitivo, blablabla)
3. Item más. Hasta las mismísimas de expresiones como «Os cuentan». Muchos somos mayorcitos, sabemos sumar dos y dos, y nos sobran diosecitos que nos vienen a abrir los ojos, máxime, si al que cabe aplicar «os cuentan» es al que utiliza la puñetera letanía de superioridad moral repleta hasta las cartolas de superioridad moral estomagante.
4. De hecho, es usted el que viene a ver si suena la flauta y nuestra imaginación vuela… hacia donde usted quiere, que es hacia la justicificación de los malos tratos bajo la premisa «algo habrá hecho», con ingredientes del pelo «además, al final no le hizo nada», «estaba un poco alterado» o «no pudo evitar saltar porque le había provocado». Yo también he leido la sentencia, y no hay nada de eso. O bueno, sí, lo hay en la descripción de los hechos con palabras que no describen sino valoran actitudes.
5. De lo anterior viene que lo de «léete la sentencia» (los antivacunas también suele decir que tenemos que leer a los requeteexpertos, al igual que los que aseguran que la tierra es plana) da especialmente grimilla en este caso. Porque es cuando la lees cuando te encabronas de verdad al ver el desparpajo con el que unos tipos muy bien pagados con una función un poco más delicada que repartir cocacolas son capaces de evacuar semejanta mojón jurídico (sí, también se lo dirán personas que seguramente sabrán lo que usted o hasta más) y, sobre todo, esa retahíla de iniquidades. ¿Machistas? Que no, que no es solo eso. Eso va contra contra el género humano, no solo contra la mujer.
6. He puesto 6 porque ya el 5 se me había quedado pequeño. Quitando la mierda verborreica y justificativa, los hechos probados de esa sentencia son que un tipo intentó matar por dos procedimientos distintos a una mujer en presencia de sus hijos menores en un episodio largo y lleno de tensión. Y eso a sus señorías les parece que es una chufa porque el tipo demostró ser un hombre de verdad y, aunque seguramente tenía motivos para cargñarsela, le perdonó la vida. Como tironcete de orejas, le ponen diez meses de cárcel… y porque les obliga el artículo ese de las pelotas.
7. Todo eso con lo que nos ha «deleitado», por cierto, ya está dicho por determinados tuiteros del ámbito jurídico (o sea, judicioso) de sesgo ideológico muy, digamos, constitucionalista, a los que estoy por leer algún día algo parecido a una muestra de rechazo a la violencia hacia las mujeres.
8. No doy crédito.
9. Sigo sin darlo.
10. Tengo una trayectoria, rastreable en este mismo blog, sobre lo que pienso de la delicadísima cuestión. Y creo que queda claro que estoy bastante lejos de determinados dogmatismos barateros a beneficio de ego y bolsillo.
11. A quienes vayan a contestar a este comomentarista les pido contención y que eviten los descalificativos gruesos. Me gustaría poder publicar los comentarios.
Gracias, AJ.
Basajaun, pero si es un hilo de Panterita (@Panteritaaa), una de los jueces enmascarados de Twitter, errata incluida: «La Manada», no «La Mandada».
Buenas, este mismo año en Malagra, muy hombre que agredió con un cuchillo a otro y dañó también a la madre de la víctima, tuvo una sentencia de 2 años… bien salvando las distancias de este caso, he de decir que el mayor maltrato es el psicológico, dicho por todos los entendid@s y víctimas; así en este caso hay 3 víctimas de ese maltratos, además de la mujer como agredida.
Considero que no se ha valorado toda la escena de violencia que en este caso se produjo y además siendo a la baja la que ha salido (igual había que premiarle porque al final se contuvo, ironía)
Una rectificación: @Panteritaaa no es jueza. Se lo ha aclarado a una persona tan equivocada como yo. La confusión es comprensible porque hablaba en su nombre.