Cinco preguntas incómodas sobre la constitucionalidad de la Constitución española.

Viernes 16 de diciembre de 2022

El texto, sacralizado como el origen del sistema democrático, deriva en realidad de la ley de la reforma política del franquismo y está condicionado a ello. La aprobación de la constitución española ha sido presentada tradicionalmente como el momento en que llegó la democracia a España. Pero, pasados los años, y viendo su papel, han aparecido voces críticas y se han expuesto dudas sobre su papel histórico e, incluso, sobre su legitimidad. Os presentamos los principales.

1.- ¿Cómo es que la constitución española no va ser redactada por un parlamento constituyente?

Seguramente, éste es el hecho más rotundo para cuestionar el proceso: la constitución española la redactó un parlamento que no era constituyente. En cualquier país, quienes redactan una nueva constitución son personas a las que la ciudadanía encarga esta tarea concreta, sin limitarles en ningún caso la función, dado que por definición un proceso constituyente puede cambiarlo todo. Por eso, las elecciones constituyentes se convocan de esta manera, y no como unas elecciones normales, para que todo el mundo sea consciente de las cosas que están en juego, y se acompañan de un debate sobre el modelo de constitución que los parlamentarios redactarán después. Las elecciones del 15 de junio de 1977 nunca se convocaron como unas elecciones constituyentes, con lo que después los diputados electos elaboraran una constitución es un hecho de una legitimidad más que dudosa.

2.- ¿Por qué la constitución respeta los límites marcados por el franquismo en la ley de la reforma política y, por tanto, ya nace coartada? Pero, ¿por qué no se convocaron como constituyentes las elecciones? Pues porque la convocatoria electoral se realizó a partir de la ley de la reforma política aprobada por las cortes franquistas y del subsiguiente referéndum organizado por la dictadura. Y la dependencia de aquella ley es el motivo por el que no se podía escribir una constitución de nuevo, sin más límite que la voluntad popular, como hubiera sido deseable. De modo que es en la ley de la reforma política del franquismo, y no en la constitución, donde es necesario buscar la justificación legal de los pilares centrales del nuevo régimen posfranquista, aquellos que nadie se ha atrevido a tocar nunca: la forma monárquica del estado, el imperio de la ley como fuente de la soberanía e, incluso, la composición de las cortes españolas.

3.- ¿Cómo es que el texto copia partes de la ley de la reforma política franquista?

Porque se basa. Por ejemplo, la actual constitución española afirma en el preámbulo que la voluntad del texto es «consolidar un estado de derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular». La formulación es asombrosa porque pone la ley por encima de la voluntad popular. Pero esto es exactamente lo que dice la ley de la reforma política franquista cuando afirma que la democracia se basa en «la supremacía de la ley». Sólo cambia la palabra «supremacía» por «imperio», dos conceptos perfectamente intercambiables. TEXTO ORIGINAL LEY 1/1977, DE 4 DE ENERO, PARA LA REFORMA POLÍTICA. (PUBLICADO EN BOE Nº4 DE 5 DE ENERO DE 1977, PÁGINAS 170 A 171, 2 PÁGINAS). REMITIDO A CONSULTA DE LA NACIÓN Y RATIFICADO POR MAYORÍA DE VOTOS EN EL REFERÉNDUM CELEBRADO EL DÍA QUINCE DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS EL PROYECTO DE LEY PARA LA REFORMA POLÍTICA, DE RANGO FUNDAMENTAL, QUE HABÍA SIDO APROBADO POR LAS CORTES EN SESIÓN PLENARIA DEL DIECIOCHO DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS, DISPONGO: ARTÍCULO PRIMERO UNO. LA DEMOCRACIA, EN EL ESTADO ESPAÑOL, SE BASA EN LA SUPREMACÍA DE LA LEY, EXPRESIÓN DE LA VOLUNTAD SOBERANA DEL PUEBLO. Otro ejemplo lo encontramos en la disposición transitoria primera de la ley franquista, donde se deja claro cómo se elegirán el congreso y el senado, con una minuciosidad estudiada para favorecer la sobrerrepresentación de las provincias más conservadoras. Y, en el caso del senado, para tener un instrumento explícito de bloqueo o de represión: la aplicación del artículo 155 la hizo un senado en el que el PP tenía el 46% de los escaños a pesar de haber conseguido sólo el 33% de los votos. 

4.- ¿La constitución española se redactó libremente o fue tutelada por el ejército?

Ésta es otra de las cuestiones incómodas sobre la constitución española. Ya hemos visto que no fue redactada por un congreso constituyente y que, por eso mismo, se vio coartada desde el principio. Pero, además, durante todo el proceso de redacción del texto, la interferencia de los militares fue evidente. Se sabe que el título de la actual constitución española que consagra la “indisoluble unidad de la patria” fue redactado en un cuartel militar y lo enviaron dentro de un sobre en el congreso con la indicación de que lo incorporaran al texto. Pero ésta no fue la única intromisión del ejército franquista. Existe una, aún más grave aún, que cuarenta años después explica el discurso del 3 de octubre de Felipe VI. Es la definición del papel del rey español. Aparentemente, según la constitución española, el rey no desempeña ningún papel. Pero, como explicó Herrero de Miñón, si se combinan los artículos 62.h, 61 y 8 de la constitución española, se ve claramente que el rey es «el maestro del estado de excepción» porque «en caso de una grave crisis constitucional” puede incluso “recurrir al ejército para hacer frente a cualquier intento de subversión”. El rey, pues, no es un árbitro sino, por el contrario, la garantía final de la pervivencia de los grandes límites marcados por el régimen franquista en la democracia española. Y basta con recordar el comunicado del Consejo Superior del Ejército de 12 de abril de 1977, el famoso comunicado que protestaba por la legalización del Partido Comunista de España (PCE), para saber la lista concreta de estos límites: la unidad de España, la monarquía proclamada por Franco.

5.- ¿Por qué se establece un mecanismo de reforma que, en realidad, impide su reforma?

El círculo de la dependencia de la constitución española respecto a la ley de la reforma política del franquismo se cierra con la imposibilidad práctica de reformar la propia constitución si la derecha de raíz franquista no lo quiere. Los requisitos para realizar un cambio constitucional son tan enormes y difíciles que una parte de la clase política tiene en sus manos impedir cualquier reforma que no hubiera sido dibujada en los años setenta. El famoso “atado y bien atado” está exactamente aquí.

Nombre del comentarista: Sony

4 comentarios en «Cinco preguntas incómodas sobre la constitucionalidad de la Constitución española.»

  1. Pues muy sencillo por que la famosa transicion lo consintio, y cuando murio franco no se instauro la republica, que era lo que correspondia y se permitio que el franquismo, y se permite, continue. y no te olvides que no hay peor piojo que el resucitado

  2. Ahora no vale lamentarse, todo esto dirigido en su día por la derecha que había vivido y medrado bajo el paraguas del dictador y por el ejército mentalmente franquista, se llevo a fin con la aprobación de partidos que ahora lo reniegan.
    Está oposición se debería de haber hecho cuando se redacto la constitución y no haber apoyado, para luego lamentarnos.

  3. Al respecto de la intervención del Ejército en la elaboración de la Constitucion, poniendo vetos y límites, léase el libro de Herrero de Miñon, Memorias de Estío, donde cuenta la visita habitual de un motorista a la comisión redactora

  4. ´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´´El Partido Popular, sigue siendo el partido político más corrupto de Europa occidental.
    ¿»El Partido Popular, se aleja de la democracia europeista-occidental (PDECAT, PNV) y, se acerca a la democracia neofranquista-africanista (Vox)»?.
    El Reino español solo puede ser gobernado por PP/Vox, es decir, corrupción (Gürtel), incompetencia (Sierra de la Culebra), neofranquismo (Valle de los Caídos).
    ¿Toda la Transición, la Constitución, la Justicia es pura falsedad en boca del PP?.
    «Euskadi Nazioko EAJk, ideologia demokratiko europar-mendebaldekoa du».
    «El Partido Conservador del Reino Unido tiene ideología democrática europea-occidental».
    «El Partido Nacionalista Frisio de la Nación de Frisia tiene ideología democrática europea occidental».
    «El Partido Liberal de la Nación de Gibraltar tiene ideologia democrática europea occidental»
    «Gora euskal Nazioa eta Gernikako Estatutoa»!.
    ¡»Viva el Reino español y la Constitución»!.
    «Gora EAJ»!. «EAJ herria zurekin»!.

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