Hechos y Derechos históricos

Jueves 4 de julio de 2013

Por: [Enlace roto.] *

611.13Al decir de la prensa, que doy por bien informada, la pieza donde ha tropezado la factura del Estatuto catalán es, tras la polémica en torno al concepto de Nación, hoy ya en vías de pacificación, la mención de los Derechos Históricos. No crea el lector que lo más grave está en la cuantía de la financiación, en el volumen de las competencias o en la configuración de las instituciones, sino en su «principio y fundamento», cuyo encendido debate muestra dos extremos: uno, la inclinación de los españoles todos, a un lado y el otro del Ebro, por cuestiones en apariencia inútiles; y otro, la importancia que en política pueden tener las categorías e incluso las palabras, cuando, cargadas de afectos, se convierten en símbolos.

Para unos, los Derechos Históricos son un título competencial que sirve para blindar determinadas competencias, y parece que a los otros lo que incomoda no es el blindaje, sino la invocación de tales títulos. ¿Por qué? Porque consideran que al ser pretendidamente previos a la Constitución, son anticonstitucionales. Yo propongo al lector las siguientes siete tesis y le invito a meditar si no convendría manejar hábilmente los símbolos para reconducir y concordar los afectos en lugar de utilizarlos como armas arrojadizas. ¡Hasta la libido metafísica puede sublimarse en buena técnica!

Primero, la invocación de los Derechos Históricos no puede ser anticonstitucional, porque el concepto se recoge en la Disposición Adicional Primera de la Constitución y se reitera en importantes elementos del llamado bloque de constitucionalidad, especialmente en el Estatuto de Autonomía del País Vasco de 1979 y el Amejoramiento del Fuero navarro de 1983, y ha sido ya una categoría utilizada con frecuencia y fecundidad por el legislador ordinario, la jurisprudencia, la doctrina legal del Consejo de Estado y la doctrina científica. Gusten o no los Derechos Históricos, ni el jurista atento al derecho positivo ni el político leal a la Constitución pueden escandalizarse de su mención.

Segundo, los Derechos Históricos preexisten (más lógica que cronológicamente) a la Constitución que, al decir de la citada Adicional, los «ampara y respeta». Sólo se ampara y respeta lo anterior y exterior. Y, según dice jurista tan autorizado y poco sospechoso como Muñoz Machado, una Adicional, según su propio nombre indica, adiciona algo al resto de la Constitución, so pena de ser tautológica y vacía. ¿Cabría predicar tal cosa de una disposición de la Constitución cuyo carácter plenamente normativo afirmamos todos los días?

Tercero, la expresión es correcta. Se trata de verdaderos derechos, pero su análogo no es el derecho subjetivo en el que se distinguen sujetos activo y pasivo, objeto y contenido. Son derechos existenciales cuyo análogo son los derechos de la personalidad (v.gr., el derecho sobre el propio cuerpo), que no expresan, como es el caso de los derechos subjetivos, una situación de poder concreto de un sujeto sobre una realidad, sino la irradiación jurídicamente relevante de una identidad de la que nadie, ni uno mismo, sin dejar de existir, puede disponer.

Y el adjetivo «históricos», aparte de permitir una confluencia entre sensibilidades diferentes, expresa su carácter fáctico, anterior a cualquier creación normativa y, en consecuencia, indisponible por ella. Esto es su condición originaria como corresponde a las identidades nacionales, fundamento y no creación de las normas.

En los trabajos constituyentes se planteó la disyuntiva sobre qué fundamentaba a qué: ¿España a la Constitución o la Constitución a España? Y la definitiva opción constitucional no dejó lugar a dudas. Es la magnitud intensiva de España la que fundamenta la Constitución (art. 2 CE) y no a la inversa. España no se inventó en 1978. Análogamente, las identidades nacionales que en España hay no son creaciones normativas como pueden serlo el Tribunal de Cuentas o la Comunidad Autónoma de Madrid, sino que preexistieron a la norma y contribuyeron a fundamentarla. ¿Alguien puede pretender seriamente que Cataluña sea una creación constitucional y no que es su personalidad secular y su correspondiente derecho a ser lo que fundamenta su autogobierno que la Constitución no hace sino reconocer? El hecho antecede al derecho.

Cuarto, la Adicional Primera es aplicable a Cataluña, aunque el catalanismo moderno haya recurrido tardíamente a la invocación de los Derechos Históricos (Vd. discurso de Pujol ante el Parlamento catalán el 11 de febrero de 1987). Ello es claro si se atiende a la interpretación de la citada Adicional Primera en su inmediato contexto. A saber, la Transitoria Segunda y el art. 149, 1, 8ª de la propia Constitución. Así lo hizo el Consejo de Estado en reiterados dictámenes de los años 1987 y 1993.

Quinto. Los Derechos Históricos no son un título competencial autónomo y, en consecuencia, no sirven para reclamar competencias concretas, pero sí sirven para expresar el carácter originario del autogobierno. El caso de Navarra, cuyo Amejoramiento del Fuero insiste una y otra vez en dicho carácter originario sin que por ello el Estado haya entrado en crisis, es paradigmático al efecto.

Sexto. Y del carácter originario del autogobierno de un cuerpo político (nacional en el caso de Cataluña, según dicen los parlamentarios elegidos por el 82% de los votantes), resulta la relación pactada con el Estado, algo que también reitera el Amejoramiento foral navarro, sin daño para nadie.

El pacto supone que el autogobierno resultante de los Derechos Históricos no puede ser modificado unilateralmente por el Estado o, lo que es lo mismo a efectos prácticos, unilateralmente interpretado por vía legislativa o jurisprudencial. Pero, en correspondencia, tampoco puede ser unilateralmente modificado por la otra parte, es decir, en este caso por Cataluña. Lo pactado es, para quienes pactan, límite y garantía a la vez. ¿No supone eso mayor estabilidad y seguridad para todos? ¿No debiera ser todo el Estatuto de Cataluña, como pacto de Estado, actualización de los Derechos Históricos?

Séptimo. Y llegamos a la cuestión en apariencia temible de la soberanía, término lleno de pico y garras. El jurista que se pretenda útil y el político que quiera resolver de verdad problemas, no ha de asustarse ante el vocablo ni ahuyentarlo como hace el primitivo ante las fieras, sino tratar de domesticarlo. Si la soberanía es la competencia sobre la propia competencia, cuando tal competencia ha de ejercerse de consuno por quienes han pactado, la soberanía es cosoberanía. Un concepto que afirmamos, sin rebozo, cuando de la Unión Europea se trata.

Si el lector tiene in mente algo, por dramático, irreductible al pacto y, en último término, al derecho, debe recordar lo que afirmaba Leon Duguit, maestro del realismo jurídico: «¿Soberanía? Nunca me he sentado a cenar con semejante cosa».

*Miguel Herrero de Miñón es miembro de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas.

El País (08 de agosto de 2005)

 

Los agujeros negros del Siglo XX Español

Miércoles 3 de julio de 2013

Reclaman a Defensa que desclasifique 10.000 papeles sobre la Guerra Civil, la Segunda Guerra Mundial y la dictadura

Preston, Viñas y un centenar de historiadores, acusan a Morenés y piden transparencia

¿Le gustaría que los historiadores de la Guerra Civil le explicaran a fondo los desembarcos nazis en el Protectorado español de Marruecos, los campos de concentración, los batallones de soldados trabajadores (esclavos del franquismo), las deserciones, los sabotajes o la evolución de la armada republicana y la nacional?

¿Le interesaría conocer los incidentes ocurridos en aguas españolas con barcos de guerra ingleses, alemanes e italianos durante la Segunda Guerra Mundial y qué ocurrió con sus náufragos? ¿Querría saber en profundidad la política de armamento durante la dictadura, los planes de defensa en tiempos de la Guerra Fría o los detalles de la traumática guerra del Ifni? Pues no puede. No puede ni el simple ciudadano, y tampoco pueden los mejores historiadores del siglo XX español.

Por increíble que parezca en comparación con las políticas de otros países respecto a sus archivos militares, como en Estados Unidos, donde los secretos disponen de plazos de caducidad, 77 años después del estallido de la guerra española hay miles y miles de documentos datados entre 1936 y 1968 (la cifra total no la sabemos) que siguen inaccesibles a la opinión pública pese a que su desclasificación no constituiría ya ningún riesgo para la seguridad del Estado. Más de un centenar de prestigiosos historiadores y documentalistas como Paul Preston, Ángel Viñas o Francisco Espinosa, y algunos juristas como Carlos Jiménez Villarejo, reclaman al Gobierno del PP de Mariano Rajoy que ponga en práctica su compromiso de palabra con la “transparencia” y permita el acceso público a unos 10.000 documentos militares ahora declarados como secretos, confidenciales, reservados y muy reservados, que abarcan la Guerra Civil, la Segunda Guerra Mundial y buena parte de la dictadura franquista. Dicen que dado el tiempo transcurrido y su interés, ya no hay justificación alguna para que sigan ocultos.

El historiador Francisco Espinosa Maestre, uno de los promotores junto a Manuel Álvaro Dueñas y Mirta Núñez Díaz-Balart de la iniciativa a la que se han adherido colegas de toda España, explica que la socialista Carme Chacón, cuando era ministra de Defensa, promovió la primera desclasificación masiva de documentos castrenses antiguos y solicitó para ello una revisión exhaustiva para determinar cuáles podían salir a la luz. Los propios militares, dice el historiador desde su casa de Sevilla, señalaron en un informe a la ministra las secciones documentales que ya no entrañaba riesgo divulgar.

Pero ocurrió que al entrar el Gobierno de Rodríguez Zapatero en funciones en otoño de 2011, Chacón no elevó al Consejo de Ministros su propuesta para cancelar la condición secreta de esos papeles, o, si lo hizo, esta propuesta no fue aprobada. La propuesta de desclasificación masiva, dice Espinosa, pasó a manos de Pedro Morenés al asumir el mando el PP, pero éste la ha ‘congelado’. Espinosa cuenta que se enteraron de la iniciativa de Chacón ‘a posteriori’, a raíz de un artículo del periodista Antonio Rodríguez, que en la revista ‘Tiempo’ informó el 15 de febrero de 2012 del plan que la ministra (que habría recibido el informe en octubre de 2011, ya en funciones) había pasado a su sucesor. La revista divulgó el anexo que habría manejado la ministra con la relación de archivos militares, contenido genérico de los documentos, grado de secreto y hasta qué año se podrían desclasificar (hasta 1939, 1940, 1968 o sin límite posterior, según los casos). Son papeles que custodian el Estado Mayor de la Defensa, el Ejército de Tierra, el Ejército del Aire y la Armada.

Silencio administrativo

Al comprobar que pasaba el tiempo y la apertura no se producía, los historiadores iniciaron una batalla jurídica con el Ministerio de Defensa, ya en manos el PP, para reclamarle copia de la propuesta de Chacón y el informe que venía con el anexo, que era lo único que se había filtrado. Defensa, en un escrito del pasado 14 de diciembre de su subdirector general de Recursos e Información Administrativa, negó la mayor y les respondió que no les iba a dar copia alguna porque la propuesta de la exministra, simplemente, no existe.

Los historiadores volvieron a la carga con la ayuda de la abogada Eva Moraga, especialista en acceso público a la información, y presentaron un recurso de alzada, que el Ministerio desestimó en un escrito de su secretario general técnico, David Santos Sánchez, fechado el pasado 5 de enero, en el que les recordaba que, en todo caso, al margen de la ‘inexistencia’ de la propuesta de Chacón, la información histórica aludida es “documentación excluida del derecho de acceso a archivos y registros”.

Una batalla perdida. Pero la ‘guerra’ sigue. Les queda a este grupo de historiadores la opción de presentar un concurso recurso administrativo para lograr abrir los ‘búnkeres’ documentales de Defensa, pero Espinosa explica que de momento prefieren pedir el apoyo de los partidos y de la opinión pública y renunciar a abrir un pleito. La experiencia les dice que se ‘castiga’ a los que recurren a esa vía: si pierden el caso, les pueden condenar a pagar costas muy cuantiosas, lo que desincentiva la lucha judicial por la transparencia de la Administración, lamenta el promotor de la campaña.

¿Son estos ’10.000 papeles’ los últimos secretos de la Guerra Civil, del rol de España en la Segunda Guerra Mundial o de las Fuerzas Armadas bajo el franquismo? “No”, responde, “no son los últimos. Hay otros reductos, además de documentos desaparecidos. El Archivo General Militar es accesible desde mediados de los años 90, pero al ver lo que hay te das cuenta de lo que falta, de lo que alguien quitó. En el Alto Estado Mayor hay fondos sin abrir. Y lo más grave es que no sabemos lo que hay. En España no hay transparencia informativa. Hay una oscuridad enorme”.

Espinosa Maestre, en nombre de sus colegas, insiste en pedir a Defensa que les abra sus archivos. “Que nos diga al menos qué están manteniendo en secreto. Se debería aplicar la Ley del Patrimonio Histórico Español de 1985 [incluido el patrimonio documental y bibliográfico], que establece el libre acceso a los documentos transcurridos 50 años. Por lo menos los que llegan hasta el año 1962. Pero el Gobierno aplica la Ley de Secretos Oficiales, que data del franquismo, de 1968″.

Sostiene que desclasificar esos papeles no costaría dinero ni esfuerzo porque “el trabajo ya está hecho” de la época de Chacón, cuando “se gastaron un dinero en revisar esa masa documental y extraer lo que se puede desclasificar”. Y reclama al Gobierno que aproveche la Ley de Transparencia que está preparando y democratice el acceso a información histórica cuyo secreto ya carece de razón. Si no, seguirán a la carga. “Nos toman por gilipollas”, se queja.

Ahí hay una mina

Pero como no lo son, los historiadores tienen en la cabeza lo que se esconde en el ‘búnker’. El anexo que supuestamente manejó la exministra Chacón con la relación somera de los papeles militares secretos que se podrían ya divulgar, en general los anteriores a 1968, indica sugerentes contenidos. “Es un material de primer orden”, subraya Francisco Espinosa, aunque precisa que su valor no lo pueden determinar hasta que sabuesos de la Historia como él le puedan meter el diente. Por ejemplo, el Cuartel General del Estado Mayor de la Defensa, en Madrid, guarda, según el listado, “proyectos y programas para la construcción de armamento, materiales y equipamiento de las Fuerzas Armadas” o “Planes de contingencia para hacer frente a posibles amenazas para la Defensa Nacional”.

En el Ejército de Tierra, su Archivo General Militar de Madrid conserva documentos de la Guerra Civil ahora secretos, como el “bando declarando estado de guerra”, o sobre “justicia militar, descripciones geográficas y topográficas, detención de extranjeros, censura”. Su Archivo General Militar de Ávila oculta datos sobre “campos de concentración, batallones de soldados trabajadores, arrestos, denuncias, deserciones, sospechosos, sabotajes”, además de movimientos de tropas, entre otros temas secretos.

El Archivo Intermedio Militar Sur, en Sevilla, mantiene fuera del alcance público papeles de la guerra como sentencias de tribunales castrenses u órdenes militares. El Archivo Intermedio Militar de Baleares es una mina para conocer la “rebelión militar” y el “espionaje” entre 1936 y 1939. Su homólogo de Ceuta alberga en la sombra información histórica sobre “convenios y tratados con Francia y Marruecos, desembarcos alemanes, gastos de armamento” o “protegidos y agentes franceses”.

Además de los centros mencionados, hay más documentos susceptibles de desclasificación del Ejército de Tierra en el Archivo Intermedio Militar Pirenaico, el Archivo Intermedio Militar Noroeste y el Archivo Intermedio Militar de Canarias. Por parte de la Armada, en el Archivo General de la Marina, el Archivo Central del Cuartel General, los archivos navales de El Ferrol, San Fernando, Cartagena y Canarias, y en el Archivo General de la Administración. Y por parte del Ejército del Aire, los secretos que podrían caducar se guardan en el Archivo Histórico del Ejército del Aire y el Archivo Intermedio del Cuartel General del Ejército del Aire. La opacidad del Estado mantiene aún el siglo XX español lleno de agujeros negros. Aquí están.

Tres mandamientos de la mafia

Martes 2 de julio de 2013

Vi en un reportaje de la televisión sobre el Capo mafioso Colombo cosas sobre la mafia que me llamaron la atención.

Colombo debió ser un tipo que aprovechó el malestar de los emigrantes italianos en Estados Unidos para utilizar como tapadera sus reivindicaciones y seguir en su doble papel de Capo de la mafia y de respetable líder ítalo norteamericano.

Durante el transcurso del reportaje salieron varios expertos sobre la mafia y uno de ellos comentó tres de las diez condiciones que hacían falta para ser miembro de la misma.

1) El primer mandamiento de la Mafia es la lealtad a la Familia, a la propia y a la de la organización. Lealtad rabiosa e incondicional.

2) No puedes llegar a Capo sin haber matado o haber ordenado matar a alguien que molestaba.

3) La mafia pide que no se llame la atención sobre tu persona. Discreción absoluta. Cosa Nostra, no Cosa tuya y menos Cosa Pública.

Me quedé con estos tres mandamientos y con las ganas de conocer los restantes. Me sonaban algunas cosas a partidos políticos.