Viernes 16 de diciembre de 2016
EL BESO DE JUDAS
La noche de entrega de los premios de los periodistas a los parlamentarios en el Hotel Palace, una periodista que va siempre de graciosa , de la Sexta le pidió a Pablo Iglesias y a Iñigo Errejón que se dieran un beso. Y sin más rodeos se lo dieron. Y ese beso, tan falso como el de Judas, lo han repetido en la Sexta hasta la saciedad. Es la política espectáculo donde vale todo, absolutamente todo. Es la mentira hecha acción política sobre cualquier otra consideración. Y no importa mentir porque aunque parezca lo contrario estos dos personajes se odian, son dos gallos en el gallinero que se disputan a picotazos su espacio, pero les interesa dar esa imagen de buen rollito.
Pero más que le hipocresía de este acto mentiroso quiero recordar que esto no es otra forma de hacer política. Esta es una mala manera de hacer política. La política es otra cosa mucho más seria. No le veo a Adolfo Suarez darse ese beso con Abril Martorell, ni a Felipe González con Alfonso Guerra, ni Almunia con Borrell, ni a Arzalluz con Garaikoetxea, ni a Aznar con Rajoy. No, no les veo. Eran gente más cabal. Y esto no es populismo, ni modernismo, ni buen uso de las redes. Esto solo es una foto mentirosa, una horterada y un acto bastante asqueroso. Eso me ha parecido.
CONSIDERACIONES TRAS LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS SOBRE EL CASO SAN ANTONIO
Recordar que en el año 2007 Alfonso Alonso era alcalde de Vitoria-Gasteiz y con el acuerdo de todos los concejales del PP en junta de gobierno, firmó el contrato de alquiler de un local para oficinas municipales en la calle San Antonio. Las cláusulas de ese contrato fueron consideradas por el Tribunal de Cuentas del Estado en sentencia de 13 de mayo de 2016 perjudiciales para las arcas municipales y altamente beneficiosas para un conocido empresario vitoriano (Gonzalo Antón). El contrato se sigue pagando a día de hoy y liga obligatoriamente al Ayuntamiento con el empresario durante 20 años mediante una cláusula de blindaje.
Consideraciones tras conocer la sentencia de 14 de diciembre de 2016:
Respeto a la resolución judicial.
Resulta sorprendente la estimación del recurso de apelación presentado por los cargos del PP, inicialmente condenados por alcance en una cantidad cercana a los 400.000 euros (13 de mayo de 2016). La sentencia de 14 de diciembre implica su absolución.
La aceptación del recurso de los miembros del PP no es lo habitual en modo alguno. De hecho, en 2016 se han resuelto en el Tribunal de Cuentas del Estado 13 recursos de apelación y éste es el primero que se estima.
La resolución del recurso fue encargada por el Tribunal de Cuentas del Estado a tres consejeros (jueces). Es muy llamativo que en un proceso que analiza la actuación pública de relevantes miembros del PP (Alfonso Alonso y Javier Maroto, entre otros) sean precisamente dos miembros del Tribunal de Cuentas del Estado nombrados a propuesta del Partido Popular los que han decidido estimar el recurso de apelación y absolver a los condenados.
La ponente de la sentencia es Margarita Mariscal de Gante, ex-ministra en el Gobierno de Jose MarÍa Aznar, y su propuesta de absolución sólo ha obtenido el respaldo del otro miembro del Tribunal designado a iniciativa del PP. En resumen hay que subrayar que el PP ha absuelto al PP.
El único consejero de la terna que no fue nombrado a propuesta del PP ha emitido un voto particular discrepante considera que:
1.- ha habido un perjuicio para las arcas municipales
2.- este perjuicio se ha producido por la actuación del entonces alcalde, Alfonso Alonso, y los concejales del PP.
3.- y que tienen responsabilidad contable, por lo que deberían restituir a los fondos públicos el perjuicio causado.
Así las cosas, los servicios jurídicos municipales están analizando si cabe presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo. En ese caso, las partes personadas en el caso (Ayuntamiento VG, por una parte, y PNV-PSE de forma conjunta, por otra) acudirán a esa vía para seguir defendiendo el interés general (aun siendo conscientes de que es probable que no tenga gran recorrido en el TS).
