Voto para las mujeres: papeletas con género

ASIER MADARIETA JUARISTI

EN nuestra sociedad actual gozamos de una serie de derechos de los que nos creemos dotados desde siglos, cuando no desde milenios atrás. Sin embargo, algunos de esos derechos de los que disponemos tienen todavía un corto recorrido, cortísimo, si hemos de compararlo con la Historia de la humanidad.

El derecho de la mujer al voto es uno de esos casos: la pionera, Nueva Zelanda, en 1893; o Noruega, que lo había aprobado en 1913, muestran que la aprobación del voto femenino es un caso de este siglo pasado, de apenas hace 100 años.

En el Estado español, las mujeres votaron por primera vez en abril de 1933, si bien estas elecciones solo afectaron a un pequeño número de municipios, en concreto unos 2.500, en los que debía elegirse a los miembros del consistorio una vez se había modificado la ley electoral. Es por ello que tiende a considerarse que en el Estado español el voto femenino de forma generalizada no se ejerció hasta el 19 de noviembre de 1933.

En cuanto a las mujeres vascas, salvo en el caso de Araba, en alguno de cuyos municipios también se había votado en abril, el derecho se ejerció de forma generalizada el 5 de noviembre de 1933, cuando pudieron votar por vez primera en parte de los territorios vascos del sur de los Pirineos. Este martes se cumplirán 80 años de esta efeméride.

«puñalada a la República» El reconocimiento del derecho al voto femenino en el Estado español se va a dar en el contexto de la 2ª República. Esto no quiere decir que anteriormente no hubiera intentos e incluso avances hacia el voto femenino, pero estos fueron de poca entidad y siempre muy mediatizados por un mayoritario funcionamiento machista de la política que llevaba a Cánovas del Castillo a afirmar: «Contentémonos los varones por haber regido el mundo por tantos siglos, sin otras que cortísimas excepciones de reinas, y con frecuencia desdichadas por cierto».

La dictadura de Primo de Rivera posibilitó el voto para viudas y solteras que acreditaran ser cabezas de familia, pero la efectividad de esta medida fue más bien nula. Se avanzó más tarde en la posibilidad de que las mujeres fueran elegibles pero no electoras. De este modo accedieron al poder algunas concejalas, como por ejemplo, Rene Castellón en Bilbao en 1926, o Concha Pérez y Carmen Resines en Donostia, en 1928.

Es cierto también que las reivindicaciones femeninas en cuestiones de derecho a voto estuvieron en un segundo orden de prioridades, frente a las reivindicaciones sociales y el cuestionamiento de la separación rígida entre la esfera privada y la pública que sufrían las mujeres y que tan desafortunadas consecuencias traía, principalmente, la invisibilidad pública de la mujer. Quizá por esto, las asociaciones como la decana conservadora Asociación Nacional de Mujeres de España, creada en 1918, o la organización femenina de la UGT, apenas movilizaron al ámbito femenino, a diferencia de lo que sucedía en otros países europeos.

En este contexto republicano es donde se resolverá finalmente a nivel del Estado español el debate del voto femenino, pero lo hará también con dificultades, incluso a pesar de las mayorías políticas de izquierda imperantes.

En concreto en las Cortes constituyentes de 1931, de un total de 465 diputados sólo tres eran mujeres: Victoria Kent, del Partido Radical Socialista; Clara Campoamor, del Partido Republicano Radical; y Margarita Nelken, del Partido Socialista. Las dos primeras protagonizarían los debates en las sesiones de las Cortes que discutieron el derecho a voto para la mujer. En estos debates, mientras Clara Campoamor defendía sin ambages el voto para la mujer, sin embargo, Victoria Kent, también desde postulados progresistas, se oponía al mismo, pidiendo su aplazamiento por no considerar a las mujeres en ese momento suficientemente maduras e independientes para huir de los corsés conservadores, sobre todo impuestos por la Iglesia católica mayoritaria. «No es el momento de otorgar el voto a la mujer española. (…) es necesario aplazar el voto femenino», decía la diputada en su intervención del 30 de septiembre de 1931.

Otros diputados, como el gallego catedrático de patología de la Universidad de Madrid y diputado por la Federación Republicana Gallega Roberto Novoa Santos, afirmaban: «¿Por qué hemos de conceder a la mujer los mismos títulos y los mismos derechos políticos que al hombre? (…) La mujer es toda pasión, toda figura de emoción, es toda sensibilidad; no es, en cambio, reflexión, no es espíritu crítico, no es ponderación», por lo que abogaba porque la mujer «fuese siempre elegible por los hombres; pero en cambio, que la mujer no fuese electora».

Mientras los partidos de centro y derecha veían con buenos ojos la generalización del voto femenino, los partidos de izquierda se mostraban pesimistas ante los resultados de la incorporación de las nuevas electoras. La mayoría de los republicanos de izquierdas del País Vasco votaron en contra. No así los socialistas, quienes, si bien con fuertes divisiones internas, votaron a favor cumpliendo el compromiso que habían adquirido con la Internacional de Mujeres Socialistas. Valga como ejemplo de estas divisiones la postura de la agrupación socialista de Bilbao, que por boca de uno de sus más significativos dirigentes, Indalecio Prieto, consideró la aprobación de este derecho como «una puñalada trapera a la República».

Finalmente, tras una primera votación en comisión, el 1 de octubre de 1931, y otro intento de aplazamiento del voto femenino formulado por Victoria Kent, que se rechazó por un escaso margen de 4 votos, el 9 de diciembre de 1931 el Congreso de los Diputados aprobaba la Constitución que reconocía a las mujeres el derecho a ejercer el voto, todo ello gracias, sobre todo, a la ausencia en la Cámara de los diputados de tendencia conservadora que, meses antes, habían anunciado su boicot al legislativo por el tratamiento que la Constitución prestaba a las órdenes religiosas católicas.

El voto de las vascas Ante la nueva situación, los partidos políticos vascos mostraron la necesidad de aglutinar mecanismos para favorecer la participación de las mujeres en los diferentes partidos políticos si bien desde esferas y con competencias muy diversas.

Como decíamos anteriormente, las mujeres vascas de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa tuvieron oportunidad de votar por vez primera y de forma masiva el 5 de noviembre de 1933. Ese día amaneció lloviendo y no fue nada propicio para ejercer el voto y animar a hacerlo. Sin embargo, los partidos políticos vascos se movilizaron para que el referéndum por el Estatuto Vasco tuviera el mayor apoyo posible. Algunas de las personas que acudieron a votar, especialmente las mujeres, recordarían durante mucho tiempo el coche que las vino a buscar para facilitar el ejercicio a voto. Para muchas de estas mujeres del ámbito rural, este acontecimiento supondría el bautismo de voto y también su bautismo automovilístico.

El PNV, uno de los partidos mayoritarios, había apoyado el sufragio femenino, viendo en él una bolsa para la captación de votos. Pero hemos de añadir también que esta primera decisión táctica, por así llamarla, fue producto de una serie de cambios que el propio PNV conocería durante los años 20 y sobre todo durante la época de la República. En concreto, y en cuanto a la presencia femenina dentro de este partido, obedece a la eclosión de Emakume Abertzale Batza, que significó para el PNV responder a una nueva capa de la sociedad con sus propias inquietudes y reivindicaciones, aunque estas se hicieran desde el más absoluto de los respetos a la situación y legalidad del propio partido. De este modo, es de destacar entre otras la figura de Julia Fernández Zabaleta, creadora e impulsora de EAB en Navarra quien, en palabras de Ana Urkiza, «creía que el problema no radicaba en el feminismo, sino en la dignidad de la mujer. Tenía claro que las mujeres eran capaces de hacer los mismos trabajos que hacían los hombres, y además sostenía que podía estudiar e incluso llegar a desarrollar labores intelectuales; por tanto, llegaba a la conclusión de que también podía participar en la política». Ya en su primer discurso, que pronunció bajo el título Emakumien etorkizuna en el año 1924, Julia Fernández defendió todo este ideario.

En el caso de Acción Nacionalista Vasca, escisión del PNV creada en 1930 y con cierta presencia en los ámbitos más urbanos del entorno de Bilbao, la presencia de mujeres no fue relevante por cuanto muchas de ellas, atraídas por el ideal nacionalista, se integraron en EAB, una organización con mayor potencial e implantación en el territorio vasco.

Otra asociación en avance durante estos años fue la Asociación de Margaritas, referenciada en la Comunión Tradicionalista, de ideología carlista. Se trataba de una organización con cada vez menor implantación en el Estado español, pero que en los territorios vascos de este lado de la muga resurgió con fuerza en la década de los años treinta.

Entre los partidos de ideología de izquierda, el Partido Comunista tenía entre sus filas a la conocida Dolores Ibarruri, claramente favorable al voto femenino (de hecho era la única vasca que figuraba como candidata en las elecciones de 1931 aunque no lograra el acta de diputada) y que intentó atraer a las mujeres a través incluso de la creación de diversos grupos satélite, como por ejemplo Mujeres Antifascistas, semejantes a los que destacábamos en la Comunión tradicionalista y el PNV, pero cuyo éxito fue muy relativo.

Finalmente, el bloque republicano socialista, vivió las elecciones y el derecho del voto a la mujer como un elemento de fuerte división interna y ello se trasladó también a esta parte de Euskal Herria, como lo muestra el ejemplo de la agrupación socialista de Bilbao antes expuesto. Una vez aprobado el voto femenino, ante el temor de que dicho voto fuera mayoritariamente hacia las entidades católicas ya creadas anteriormente, por ejemplo la potente Acción Católica, o el voto nacionalista, estos grupos crearon asociaciones como la Unión Femenina Republicana o Fraternidad de Mujeres Modernas pero apenas tuvieron mayor eco.

En cuanto a las consecuencias del voto femenino en estas primeras elecciones en las que la mujer pudo acudir a votar, la repercusión fue mínima por cuanto los resultados del referéndum del Estatuto fueron mayoritariamente favorables a este, por lo que no es posible deducir la incidencia de dicho voto femenino. En las siguientes elecciones a las que las vascas tuvieron que acudir, en concreto el 19 de noviembre, eran cuatro las candidatas existentes, si bien ninguna de ellas accedió al escaño. Finalmente, no sería hasta 1936, cuando dos mujeres vascas obtuvieron acta de diputadas: la vizcaina Dolores Ibarruri y la navarra Julia Álvarez Resano, si bien elegidas por Oviedo y Madrid, respectivamente.

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