Para una juez de Gasteiz, la matanza del 3 de marzo de 1976 es una cuita del pasado que no hay que remover. A instancias, cómo no, de la peculiar fiscalía de Araba, su señoría ha desestimado la querella de las Juntas Generales del territorio bajo una de esas argumentaciones entre la perogrullada y el encaje de bolillos que tan queridas le son al gremio de las togas y las puñetas.
En la versión corta, y aunque cupiera tipificarlos como asesinatos u homicidios, la cosa se resume en que los hechos está prescritos. Nos ha jorobado, diríamos los legos. Ya imaginábamos que era así, y es de cajón que por eso mismo, lo que se pide en la denuncia es que se califiquen los sucesos como delitos de lesa humanidad, que son los no sujetos a caducidad. Pero ahí es donde viene el jeribeque judicioso. Como quiera que la ley que introduce la figura de delito de lesa humanidad en el derecho penal español es de 2003, se concluye que no cabe aplicársela a acontecimientos anteriores a su promulgación.
Seguramente, es un razonamiento técnicamente irrefutable. Tanto como moralmente injusto y hasta mezquino. Mucho más, si tenemos en cuenta que lo que buscan esta y otras querellas no es llevar a la cárcel a los culpables de la masacre que siguen con vida, sino determinar su responsabilidad criminal en lo que el tristemente célebre policía de la grabación denominó “la paliza más grande de la Historia”. No tiene ni medio pase que 41 años después de aquella actuación policial a sangre y fuego, la versión oficial, amén de dejar marchar de rositas a quienes la ordenaron y ejecutaron, siga convirtiendo a las víctimas en verdugos.