Hoy por hoy, no existe dentro del Colegio arbitral la categoría escolar para designar a un árbitro. Ello no es óbice para distinguir dentro de la propia actividad arbitral el registro escolar, del federado, dado que los matices y componentes que concurren en dicho ámbito nos facultan para abrir este campo dentro de nuestra esfera competencial. En otras palabras, aunque no exista la categoría de árbitro escolar, sí se da el fenómeno de la competición escolar, y por ende, hemos de distinguir un arbitraje específico para dicha competición separada, que no yuxtapuesta, al ámbito general del arbitraje.
Separada en el sentido de “distinguida” para reforzar las peculiaridades y características que han de regir el arbitraje escolar, más no yuxtapuesta al arbitraje general, pues ninguna de las decisiones que se tomen en el ámbito de la competición escolar, pueden entrar en contradicción con la norma general. En todo caso, ha de contemplarse el arbitraje escolar, bien como un complemento al arbitraje general, en el caso de ciertas normas específicas, o como un grado rebajado de la potencialidad del arbitraje general.
AGENTES QUE INTERVIENEN EN LA COMPETICIÓN ESCOLAR
En la competición escolar, inciden distintos vértices que no aparecen en el arbitraje general, y que paso a comentar:
– NIÑO/A: Desempeña la función de jugador, pero a diferencia del arbitraje general no podemos contemplar a éste, como un sujeto plenamente responsable, pues detrás de él, hay otras figuras que le tutelan, además, se ha de tener en cuenta, que el jugador escolar, está en pleno proceso de aprendizaje, tanto del juego, como de la normativa, y en consecuencia, habremos de cuidarnos mucho en no ser severos en el cumplimiento de todas las leyes, o de alguna de ellas.
– MONITOR: Detrás de los jugadores escolares, lo normal es que haya un responsable cualificado a tal efecto y con la debida titulación de monitor, cuyas funciones pueden ir desde un sencillo acompañante, hasta un entrenador, pasando por abogado defensor, delegado, capitán… Es función del monitor, representar al jugador y tramitarle la inscripción, velar por el buen hacer del árbitro, presentar las reclamaciones, supervisar que las actas lleguen a su debido destino y de forma correcta, el rellenado de las mismas, etc. Pero sobre todo, la función más destacada es la de instruir al jugador en la correcta técnica del juego y en las leyes que lo rigen. Por consiguiente, es su obligación no enviar niños y niñas al campeonato escolar, sin la debida formación en dichos conocimientos. Además el monitor, debe dar ejemplo a su alumnado y acatar las decisiones arbitrales, aun cuando éstas les sean desfavorables a sus intereses y realizar las protestas de forma argumentada y respetuosa.
– COLEGIOS: Aunque no siempre, la mayor parte de las veces, los jugadores escolares representan a colegios. Por consiguiente, el árbitro debe tener muy presente, que detrás de cualquier jugador, hay una institución, con capacidad muy superior a la que tiene un club, a la hora de tomar alguna medida disciplinaria sin que antes haya sido suficientemente confrontada con su delegado o responsable técnico del colegio, pues no sería la primera vez que se hace una montaña de un grano de arena. Por su parte, hemos, también, de ser conscientes, que el colegio tiene, no solo derecho, sino también obligación para con su jugador, como es trasmitirle todas las notificaciones oficiales, así como su debida inscripción, licencia….
– FAMILIARES: Los familiares son la figura de cara a la competición, en principio más irrelevante, en cuanto tales. Sin embargo, a la sazón, resultan los más problemáticos, pues no gozan de los conocimientos suficientes como jugador, ni como monitor ni como árbitro, y suelen intentar hacer las veces de todos ellos a un tiempo. Por ello, el árbitro nunca debe dejar pronunciarse a los padres, en ningún caso y ha de mantenerles lo más lejos posible de la partida, y de la sala de juego.
– DIPUTACIÓN: La Diputación, que es la que patrocina normalmente los encuentros escolares, y la que otorga los permisos para que los jugadores en edad escolar puedan participar en éste o en otro torneo, entrega a todos los colegios y a todas las federaciones, un manual con una normativa escolar general, y en algunos casos, algunos apartados específicos, al margen de las leyes de la federación. El árbitro de competición escolar, debe estar al tanto de ésta legislación de la Diputación para velar por ella y hacerla cumplir, no sea que un cualquiera, externo a la organización federativa, deje en evidencia carencias nuestras en este sentido.
– FEDERACIÓN: La Federación es en quien la Diputación ha delegado la dirección técnica del torneo escolar. Es éste organismo el que se ocupará de indicarnos a los árbitros, los parámetros, grados y niveles en que debamos desempeñar nuestra competencia. Es a ella a la que nos debemos en primer grado, pues es ella, la Federación la que tiene la potestad de nombrarnos y destituirnos en nuestras funciones. Nuestros informes arbitrales, es a ella, y solo a ella, a la Federación, a la que debemos entregárselos, para que use de ellos como bien juzgue oportuno.
– ÁRBITRO: El árbitro de la competición escolar, ha de tener presente todos los aspectos referidos anteriormente, y buscar un equilibrio de todos los agentes que participan. Por consiguiente, lo primero que ha de hacer el árbitro, es velar por la buena marcha técnica del torneo, por el cumplimiento de la normativa escolar de Diputación y las leyes de la FIDE.
PROPIEDADES DEL ARBITRAJE ESCOLAR
Ya he adelantado más arriba, que cuanto se diga del arbitraje escolar, no puede entrar en contradicción con la norma general. Así pues, todo cuanto diga a continuación
se supone ya del árbitro, sólo que en éste caso lo remitimos a la competición escolar.
– IMPARCIALIDAD: Todos los agentes arriba mencionados, deben percibir del árbitro una total e impecable imparcialidad. Por ello no recomendamos que se dedique al arbitraje escolar en ámbitos elevados, monitores muy conocidos, dado que ello generaría una comprensiva desconfianza hacia su persona, independientemente de su pulcra actuación.
– LABOR DE JUEZ: El árbitro debe hacer cumplir las leyes que le han sido dadas si bien, con la consabida coletilla de interpretarla según los casos. En este sentido, el árbitro tendrá como leyes, las de la FIDE, que regulan el juego técnico, las de Diputación, que regulan la competición escolar, y las que se escriban y publiciten matizando las anteriores, para cada caso concreto, todas ellas en grado de complementariedad desdeñando aquellas que entren en contradicción.
– LABOR DE NOTARIO: El árbitro dará fé de que cuanto consta en la documentación que entrega a la Federación ha sucedido tal y como ordena la legislación vigente, y como se refleja en las actas, pues a fin de cuentas, él personifica en la competición los intereses de la Federación y de la propia Diputación.
– LABOR COMUNICATIVA: El árbitro debe hacer las veces de comunicador, de cuanto sea relevante para la buena marcha de sus funciones. A este respecto, conviene que antes del comienzo de cualquier competición, reúna a los delegados para recordarles la normativa vigente o cualquier excepción a la norma general, para que a su vez, éstos se la den a conocer a sus jugadores. También es preciso tener presente, que ante cualquier dificultad o imprevisto, la mejor herramienta para evitar males mayores o innecesarios, es la buena comunicación de cuanto sucede a los delegados, obviamente con la debida discreción y evitando alarmismos.
– LABOR PEDAGÓGICA: Muchas veces nos encontramos con jugadores que aún están aprendiendo todos los recovecos del ajedrez. En buena lógica, no se le puede pedir el mismo conocimiento de las leyes, a un benjamín, que a un cadete, ni a un monitor que empieza, que a uno que lleva varios años en la competición escolar. Por consiguiente, el árbitro habrá de distinguir a quién le aplica la ley con severidad, de a quién le llama la atención, y otras medidas que tengan por objeto, no el castigo sino la pedagogía para futuras competiciones.
– LABOR DE PSICÓLOGO: El árbitro no debe olvidar que está trabajando con el segmento más delicado de cuantos hay en la competición, pues nos enfrentamos a padres inexpertos que desean, comprensivamente, que su hijo gane, a monitores no suficientemente experimentados que desean que su discípulo gane, a colegios que desean ser campeones, y a niños y niñas que de por si ya desean ganar, y que a veces, sucumben ante tanta presión. Por tanto, el árbitro cuando se dirija a los escolares, debe hacerlo con el mayor tacto posible, teniendo muy en cuenta, que si ya los jugadores están nerviosos por la competición misma, los jugadores escolares lo están aún muchísimo más debido a todo lo anterior.
– AUTORIDAD: El árbitro en la competición es la máxima autoridad. Pero la autoridad debe ir acompañada de asentimiento y respeto. Ciertamente, por ser árbitro, en principio ya se es la autoridad, pero de ahí a que se lo reconozcan los demás, va un trecho muy grande. Para que dicho trecho sea más estrecho, es importante, que el árbitro no vacile externamente, no cambie de opinión continuamente, mantenga su criterio, aunque por dentro nade en un mar de dudas, se debata en un sinfín de matices, etc. Si no desea que esto le ocurra a menudo, mientras la experiencia no le dote de dicha facultad, el mejor antídoto es saberse bien el reglamento, por una parte, y por otra no expresarse inmediatamente despues de que te hagan una reclamación, sino tomándose el tiempo suficiente y a solas, para emitir un determinado fallo.
LEGISLACIÓN DE LA COMPETICIÓN ESCOLAR
Al margen de lo que cada temporada nos remitan la Diputación y la Federación, con su normativa e indicaciones respectivas, el arbitraje escolar debe manejarse en una gradación pedagógica según edades, niveles de conocimientos, y su relevancia deportiva.
– POR EDADES: Se supone que las categorías por edades, responden en su mayoría a los niveles de conocimiento adquiridos por el grueso de cuantos concurren bajo dicha categoría. En consecuencia el nivel de exigencia en benjamines será muy inferior al requerido en cadetes, y establecerá el mínimo de la competición escolar cuando se trate de las fases previas de dicha categoría. Los mínimos de la categoría benjamín en las competiciones clasificatorias, será el siguiente:
o Darse la mano al comenzar y finalizar la partida.
o Pieza tocada, pieza movida.
o Pieza soltada, pieza dejada.
o Noción de ahogado.
Para los alevines, aparte del mínimo establecido a los benjamines, en las competiciones de clasificación, se les puede exigir también:
o Captura al paso.
o Correcta normativa del enroque.
o Correcta coronación.
Para los infantiles, aparte de las siete normas requeridas en los capítulos benjamín y alevín, para las fases clasificatorias, sería oportuno incorporar la siguiente medida:
o Correcta anotación de las partidas.
Para los cadetes, aparte de los ocho puntos anotados de benjamín, alevín e infantil, para los torneos de clasificación sería recomendable
o Correcto uso y manejo del reloj.
– POR RELEVANCIA DEPORTIVA:
Para los torneos de clasificación ya hemos hablado en el apartado anterior y no conviene redundar en el asunto.
Para las fases finales, sería conveniente aumentar la exigencia en cada una de las categorías, de modo que en cada una de sus finales rigiese lo que es básico en la siguiente. En otras palabras que en la final benjamín, regiría los siete puntos del alevín; en la final alevín, regirían los ocho puntos del infantil; en infantil, regiría los nueve puntos de cadete y en todas ellas, la interpretación del árbitro debería inclinarse más hacia el cumplimiento de la normativa FIDE que hacia la comprensión de la categoría en que se encuentra, si lo juzga oportuno.
ELEMENTOS DE LA COMPETICIÓN ESCOLAR
El árbitro debe velar por los distintos asuntos y personas que concurren en la competición, que paso a explicitar:
– SALA DE JUEGO: No es función del árbitro, en principio, poner los juegos, mesas, sillas y relojes, pero sí es obligación suya informar al director del torneo, de cómo quiere que se dispongan las mesas, las sillas y los relojes, así como si desea dedicar un espacio para el público, una sala de análisis, la mesa arbitral, la información, etc. Recomendamos al árbitro las siguientes indicaciones:
o Si la sala no es muy espaciosa, no dedicar sitio alguno a público ni a padres, impidiendo la entrada a todo aquel que no esté facultado como delegado.
o No se permitirá entrar en la sala ni se atenderán reclamaciones que no provengan de un delegado de la sala.
o Por consiguiente habrá de haber en cada sala un delegado no adscrito a zona alguna que atenderá a cuantos jugadores lo soliciten por no tener delegado.
– SOBRE DELEGADOS: Ya hemos descrito las funciones de los delegados, como capitán, como abogado defensor, como niñero, etc. pero el árbitro ha de velar por el buen comportamiento de los propios delegados, así les indicará que deben cumplir sus funciones, hacer respetar las leyes del ajedrez, no contestar de malos modos las decisiones arbitrales delante de sus alumnos, ayudar en el cumplimiento de las normas de la sala, y desempeñar su labor siempre desde detrás de su jugador, para evitar suspicacias. Por supuesto, les ha de recordar en todo momento, que si no reclaman los niños, ellos no pueden intervenir en la partida bajo ningún concepto. El niño reclama al árbitro, el árbitro atiende al jugador, y entonces y sólo entonces, el delegado puede intervenir para realizar ulteriores reclamaciones.
– SOBRE EL SISTEMA DE JUEGO: Se recomienda que el número de rondas no excedan en benjamines 4 rondas por día. En alevines, 3 rondas por día. Igualmente, se recomienda, por el bien del ajedrez federativo y escolar, que según vaya aumentando la seriedad, el número de rondas disminuya por jornada. En cuanto a sistemas de competición propiamente dichos, recomiendo:
o Liga para competiciones con no más de 12 jugadores.
o Copa, para no menos de 16 jugadores.
o Mundial, para no menos de 8 jugadores.
o Suizos, para no menos de 20 jugadores.
– SOBRE SISTEMAS DE DESEMPATE:
Los sistemas de desempate que usamos habitualmente, son completamente desconocidos para la mayor parte de padres, jugadores y colegios, por ello, conviene ser prácticos en este asunto y escoger el más fácil y sencillo para la comprensión de todos:
Para equipos: el resultado particular, el número de victorias, el holandés, etc.
Para jugadores: el resultado particular, el acumulativo, el número de victorias, etc.
– MATERIALES: El árbitro debe ser el primer responsable de los materiales de arbitraje e interesarse por aquellos elementos cuyo desconocimiento pudiera perjudicarle en la buena labor arbitral. Así pues, el árbitro debe estar familiarizado con las actas, planillas, relojes, piezas, letreros informativos, txartelas acreditativas, programas informáticos y cuantos elementos crea conveniente de cara a su buena labor arbitral.
– PRESENCIA ARBITRAL: El árbitro habrá de tener una presencia impecable en todos los órdenes externos e internos, como son vestimenta, limpieza, puntualidad, continua presencia en la sala de juego, prontitud en la atención de los jugadores, portar sus propias herramientas de trabajo como son leyes, manuales, portátiles, etc.